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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #356417  por pablo28
 
esta bien lo dicho por los estimados DAL y MORGAN, el tema que al estar registrado el trabajador, las comunicaciones deben ser fahacientes, alos efectos de la prueba, es decir este señor tendría q intimar para q le aclaren su situación laboral, mas intimar a que abonen el tiempo en negro, multan de la 24013 (si es que corresponen )o en su caso 25323
saludos
 #356794  por DAL
 
Ya esta fehacientemente documentado que esta despedido. El empleador se lo dice en la carta.
Entonces esta despedido SIN CAUSA y SIN PREAVISO, por lo que ya es indiscutible que le corresponden estas indemnizaciones (antiguedad y sustitutiva). Ahora bien, por que periodo, anterior, posterior, etc. eso, es lo que está por verse acá!