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 #355771  por micalori
 
poorlaw escribió:La idea es modificar, aunque sea en algo, la calidad o cantidad probatoria entre la instrucción y el momento posterior al 338, sea por aparición de alguna prueba nueva (mediante instrucción suplementaria), o por menor cuantía de pruebas sobreviniente (mediante declaración de alguna nulidad). Así, tendríamos las "nuevas pruebas" (o las "nuevas faltas de ellas") del que habla el 341 y convencer al tribunal de que hay que evitar dispendio jurisdiccional y respetar la celeridad de los procedimientos.
Brillante Poorlaw, es una idea para guardar!!
 #355984  por PenalistaCBA
 
Colega...los procesos penales son como las guerras... se pueden perder algunas batallas... pero lo importante es saber ganar la guerra... 8)

Para que captes la dinámica del proceso penal, a groso modo lo vamos a dividir en dos partes...

A)- la primera, que sería la etapa de la investigación penal preparatoria: Es la que ya has pasado.. :cry: ... se supone que en esa oportunidad es donde debes de armarte hasta los dientes para la gran batalla, y es allí en donde empezas a deplegar todas las tácticas que encierra la estrategia defensiva que has escogido...Ahora bien, en casos como el que comentas de homicidio culposo... raras veces la instrucción sobresee en dicha oportunidad, ya que en esta primera etapa se valora no sólo la existencia material del hecho, sino también la participación penalmente responsable del imputado en el mismo...pero esa valoración se basa en un supuesto de probabilidad y no certeza, que es propia ya del debate oral... Y es por esa razón (y para alivio tuyo) que existiendo un morto que no parla :lol: , es obvio que debe haber necesariamente un autor material del mismo :cry:. Y lo que juega mucho en estos casos de muerte imprudente en el tráfico viario, es la valoración de la responsabilidad en el hecho, que se desarrolla en esta etapa de una forma como decirte muy ligth a mi gusto... :twisted: ... Y es por ello que casi siempre tendrás la elevación a juicio de dichas causas...salvo claro está que salte a todas luces la propia auto-puesta en peligro (de muerte) de la propia víctima como causal inmediato del suceso... ahí si la fiscalía sobresee en esta primera oportunidad, ejemplo: El suicida que se tira de improvisto frente a un vehículo que viene circulando por la autopista... es obvio que en este caso -de escritorio- es imposible que se achaque responsabilidad penal alguna al conductor... :shock:

B)- La segunda parte, sería la audiencia oral o debate propiamente dicho: Es Allí donde te juegas la gran guerra... 8) .... En dicha oportunidad, luego de que te notifiquen de la integración del tribunal, etc., te notificarán del momento procesal oportuno para ofrecer prueba para el debate; será allí donde empezarás a ensamblar tus tácticas y estrategias desplegadas a fin de ganar la guerra, y será de la mano de los elementos probatorios que solicitarás al excmo. se incorpore al debate.... :twisted:. Y es en esta precisa oportunidad, donde puedes enmendar o corregir, las falencias probatorias que vienen arrastrados de la instrucción. O en su defecto, hacerla surgir (como cual conejo de la galera) del mismo debate mediante un testimonio...Tené en cuenta que en materia penal, con creatividad, hasta que no dicten sentencia, casi todo se puede enderezar... :P

Ahora bien colega, todo lo que hagas dentro del proceso debe obedecer a una estrategía lógica pre-definida, la cual debe necesariamente encontrar sustento en el material probatorio que legalmente fue incorporado a autos; y ten muy en cuenta que si NO PRODUCÍS PRUEBA QUE MEJORE TU POSICIÓN PROCESAL, de nada te valdrá hacer meras críticas a lo instruído por el Ministerio Público Fiscal, ya que por más que la constituciones digan que "SOS INOCENTE HASTA QUE SE DEMUESTRE LO CONTRARIO", la práxis judicial penal dice que si estas imputado rige la máxima "SI NO DEMOSTRAS ACABADAMENTE LOS EXTREMOS FÁCTICOS DE TU POSTURA EXCULPATORIA, SERÁS PROCESADO COMO UN VERDADERO CULPABLE"... AGUANTE LUIGI FERRAJOLI !!!!!!!... :lol:

P/D: Voy a decirte merafóricamente lo que le digo a colegas amigos que por ahí se ven envueltos en un drama procesal como el que planteas... Hacé de cuenta que has salido en tu primera cita con una hermosa dama un viernes por la noche... en el trascunso de la noche te pasaste especulando si debías avanzarla mucho o poco... pero por tanto especular... se te fué la noche... y cuando te das cuenta de eso ella te dice que desea volver a su cálido hogar....vos al escuchar eso te arrepentís y te queres cortar las venas para no decir otra cosa...la llevas totalmente amargado a su casa...y como premio consuelo tratas de robarle un beso cuando la dejas... :cry: ...
Pues bien amigo...ya pasó el viernes... hoy es sábado... empieza tu nueva oportunidad... que vas a hacer???... :twisted:

P/D 2: Ehhh....si ya perdes esta oportunidad...srá mejor que te la cortesss!!!!....jejeje... :lol:
 #356264  por N A T A L I A
 
Hola Naty:

La verdad, tenés razón. Pero es el código que existe, y a él nos sometemos en lo inmediato. Mi intención no es discutir la doctrina del código, sino buscar una aplicación práctica del mismo. Pobre, al consultante se le pasó el plazo para deducir oposición a la elevación fiscal, ergo, no podrá oponerse a la elevación a juicio, porque el juez de garantías lo remitirá por simple decreto (art. 337). Si resolviere sobre la oposición presentada fuera de término, estaría apartándose de su competencia.

Perdón, pero lo mío es "mecánica ligera", trato de que las cosas funcione aunque sea con un alambre

Te mando un gran beso.
Claro Poor, en realidad es tal cuál como vos decís, es el procedimiento que hay, más allá de las miles de críticas al respecto y es lo que el forista necesitaba.
Pero viste como es esto, hay veces que tengo una leve tendencia a la incontinencia (verbal, se sobreentiende) :lol:
Como vos resaltas no va a poder oponerse a la elevación porque se le pasó el plazo. Me retracto del planteo, por mi expuesto, al respecto.
Una cosa ES LO QUE HAY y otra cosa la que querríamos que haya.
En este caso tu "mecánica ligera" es lo que se necesitaba. :lol:

Besos