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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #440647  por veral
 
si la mujer tiene aportes monotributo desde 05/2008 hasta la actualidad, no podes aplicar art 3 porque no hay ningun por cese, ojo!
 #441585  por anamaria83
 
Pafur, te planteo cómo lo haría yo:

ACLARACION: si tiene aportes desde el 2008, ya no se pueden tomar años por DDJJ. Por lo tanto, en este caso, al estar en actividad hoy pagando monotributo, no se puede aplicar art 3.

1. Situación de revista original: 05/2008-09/2009 monotributo, 1 año y 5 meses

2. Situación de revista ampliada: comprar desde 09/1967 hasta 09/1993, 26 años y 1 mes

3. Exceso de edad (al 15/10/2009), 1 mes

4. Hasta acá reune 27 años 7 meses

5. Lo que queda lo comprás como sdm $20+$23, 2 años y 5 meses. Los podés comprar en cualquier lado desde 04/2000 hasta 04/2008 q empieza conmono, ya que pagues donde pagues no vas a poder aplicar art 3. Por ejemplo, podés comprar desde 04/2000 hasta 08/2002.

Ahí creo q estaría. Cualquier duda, estoy. Perdón por no haber respondido antes.

Suerte!! *suerte*
 #441988  por pafur4
 
Me quedo una duda..esta señora tiene que dejar de pagar el monotributo o simplemente una vez que le sale la jnubilacion puede seguir pagando como monotributo jubilado, no es cierto?
 #460776  por pafur4
 
anamaria83 te hago una nueva consulta: a parte de la documentacion que hay que llevar del sicam, con los pagos que se hicieron por SDM hay que llevar algun formulario especial donde figuren los pagos me habian comentado de una sabana de aportes o un formulario especial de afip. Puede ser?
Gracias y saludos!!
 #460914  por anamaria83
 
Hola pafur. No, no es necesario que lleves nada de sdm. Sólo asegurate que los aportes figuren en sipa antes de presentar el trámite. Saludos!
 #467751  por pafur4
 
Hola anamaria 83.!!!Te vuelvo a molestar nuevamente porque me surgio una duda en una de las jubilaciones que estoy haciendo. Cuando esta señora paga los pagos de SDM, me fijo si aparecen en sistema y si estan bien salvo que imputaron dos veces el mes 02/2002 y falta el 02/2001. Como se puede hacer un cambio de imputacion? y una vez que lo haga ya puedo mandar el Sicam por internet asi paga la primera cuota? o sin mandarlo puede pagar la primera cuota por formulario 799?
Gracias uevamente y saludos!!
 #468500  por anamaria83
 
Pafur, es posible hacer un cambio de imputación en AFIP pero demora un tiempito. En tu caso te recomiendo que vuelvas a pagar el mes q no tuvieron en cuenta y listo! Para pagar la 1º cuota sí o sí tenés que enviar el plan porque de ahí sale el f 799. Saludos!!
 #501920  por pafur4
 
Hola anamria 83, te cuenta que una de las jubilaciones que presente la señora ya cobra en marzo. Muchas gracias pero con la otra no tuve la misma suerte y es por eso que te consulto como esta señora es extranjera pero vino al pais cuando tenia 3 años le hicieron mal el documento diciendo que llego en el 74 cuando en realidad llego en el 52, entonces me piden una constancia de migraciones o pasaporte para acreditar la fecha de ingreso al pais, en ese entonces ella solo tiene el pasaporte con el sello cuando llego aca que figura con el nombre del padre y ella como hija, esta legible eso servira para presentar en el Anses?....y la otra consulta es que me anularon la liquidacion porque yo la hice a la fecha que ya cumplia con los treinta años de aporte pero como ella es monotributista me dijeron que faltaban imputar los monotributos diciendome que presente la liquidacion hasta el mes que liquido si es febrero febrero y asi...es esto correcto?
Bueno como siempre muchas gracias por la ayuda.

Saludos

pafur
 #502882  por anamaria83
 
pafur4 escribió:Hola anamria 83, te cuenta que una de las jubilaciones que presente la señora ya cobra en marzo. Muchas gracias pero con la otra no tuve la misma suerte y es por eso que te consulto como esta señora es extranjera pero vino al pais cuando tenia 3 años le hicieron mal el documento diciendo que llego en el 74 cuando en realidad llego en el 52, entonces me piden una constancia de migraciones o pasaporte para acreditar la fecha de ingreso al pais, en ese entonces ella solo tiene el pasaporte con el sello cuando llego aca que figura con el nombre del padre y ella como hija, esta legible eso servira para presentar en el Anses?.... supongo que con eso va a estar bien. Primero hacé ADP, sí? y la otra consulta es que me anularon la liquidacion porque yo la hice a la fecha que ya cumplia con los treinta años de aporte pero como ella es monotributista me dijeron que faltaban imputar los monotributos diciendome que presente la liquidacion hasta el mes que liquido si es febrero febrero y asi...es esto correcto? Debe ser porque tenía pagos de monotributo a la fecha de presentación que no estaban en la liquidación que hiciste... no me quedó muy clara la consulta
Bueno como siempre muchas gracias por la ayuda.

Mucha suerte y saluditos!
Saludos

pafur
 #517322  por pafur4
 
BUENOS DIAS!!! TENGO ALGUNAS CONSULTAS PARA HACER:
PRIMERA:

UNA MUJER VIUDA CUYO MARIDO APORTO 20 AÑOS EN RELACION DE DEPENENCIA Y RECIBE UNA JUBILACION POR AMA DE CASA, TIENE DOS HIJOS DISCAPACITADOS PUEDE OBTENER UNA PENSION POR EL MARIDO SI TERMINA POR COMPLETAR LOS 30 AÑOS DE APORTE?

SEGUNDA:
LAS CUOTAS DEL SICAM, DE LA MORATORIA SE PUEDEN ADELANTAR POR OTRO MEDIO O LAS SESENTA CUOTAS SE DESCUENTAN SI O SI DEL HABER JUBILATORIO.?

MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION!!
 #692098  por pupina02
 
HOLA, ALGUIEN SABE SI LA NUEVA NORMATIVA DE AUTONOMOS MODIFICA EN ALGO LAS SITUACIONES EN QUE APARTE DE LA 24476 SE AGREGA SDM???
 #692328  por VCZECHOWICZ
 
ESTIMADOS COLEGAS:

YO NO QUIERO QUE TOMEN MAL LO QUE LES VOY A DECIR, PERO ES UNA ACLARACION PORQUE CREO QUE HAY CORRESPONDE.
ESTUVE MIRANDO CON ATENCION A ESTE POST, Y PRACTICAMENTE O MEJOR DICHO LE ESTAN AYUDANDO A REALIZAR UNA O MEJOR DICHO MAS DE UNA JUBILACION DE UNA PERSONA, PERO DETALLES COMO DEL ART 19 ETC. ETC.
EN MI CASO NADIE ME ENSEÑO NADA, YO TUVE QUE APRENDER LO QUE ME DIERON EN LA FACULTAD Y DESPUES LEYENDO Y TOMANDO CURSOS DE ESPECIALIZACION QUE LO PAGUE CON MI DINERO NO FUERON GRATIS.
YO NO ENTIENDO A COLEGAS COMO AYUDAN A PERSONAS QUE NO SABEMOS QUIENES SON, HAY MUCHAS PERSONAS QUE SE CREEN LLAMARSE COLEGAS Y EN REALIDAD SON SIMPLES BENEFICIARIOS O HIJA/OS DE BENEFICIARIOS, ME PARECE QUE NO CORRESPONDE, OJO SABIENDO QUE EN LAS JUBILACIONES O PENSIONES EL TITULAR NO NECESITA UN ABOGADO, NO ES LO MISMO EN UN JUICIO QUE SI O SI LO DEBE PREGUNTAR UN ABOGADO PORQUE SIN PATROCINIO NO PUEDE PRESENTAR NADA LA PERSONA.
COLEGAS, YO SE Y SOY EL PRIMERO EN AYUDAR E INCLUSO PREGUNTO EN ESTE FORO SOBRE DUDAS CONCRETAS O RESOLUCIONES NUEVAS O CIRCULARES, PERO NO LE HAGAMOS EL TRABAJO A OTRAS PERSONAS SIN COBRAR ALGO POR NUESTRO SERVICIOS.
POR FAVOR NO LO MAL INTERPRETEN, ES UNA SIMPLE ACLARACION.
GRACIAS, DARIO.
 #692453  por arielruiz86
 
Quizas tengas algo de razon, pero te aseguro que la mayoria de lo foristas que leen o aportan algo no lo hacen con el fin de resolver solo un caso concreto como decis, de seguro que estan en esto de previsional o se estan iniciando de forma profesional (con o sin titulo) y aca digamos aprenden un poco mas, abrá excepciones, pero es dificil me parece que alguien que nunca hizo algo de previsión logre con solo consultar en el foro resolver bien y adecuadamente la jubilacion del familiar. Y si vos me preguntas a mi porque colaboro y escribo a algunos foristas consultantes es porque recuerdo que cuando me inicie en lo de previsional descubri a traves de este medio varias cosas que me retribuyeron y que creo que nadie me lo hubiese enseñado en al menos en la ciudad donde estoy, tal vez por una cuestion de competencia o no se, entonces lo menos que hago ahora es compensar o devolver la retribución que me dio en su momento este foro, y estoy muy agradecido por ello. Y como siempre decimos en el foro, si lo participantes no tienen una idea basica de previsión jamas y por mil veces que le expliques van a aprender a hacerlo bien del todo.