Hola! mi consulta es parecida
Tras la muerte del causante (no tiene bienes), se declaran herederos sus padres adoptivos, excluyendo al hijo extramatrimonial del cujus; luego se logra se declare único heredero al hijo.
A su vez los abuelos tienen una S.A. Constituida por ambos cónyuges y hermanos del difunto.
Me interesa saber si cabe alguna acción en favor del hijo del causante, cabe el derecho de representación en caso de fallecimiento de sus abuelos?
Gracias
Tras la muerte del causante (no tiene bienes), se declaran herederos sus padres adoptivos, excluyendo al hijo extramatrimonial del cujus; luego se logra se declare único heredero al hijo.
A su vez los abuelos tienen una S.A. Constituida por ambos cónyuges y hermanos del difunto.
Me interesa saber si cabe alguna acción en favor del hijo del causante, cabe el derecho de representación en caso de fallecimiento de sus abuelos?
Gracias
