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  • ES ETICO NO COBRAR LA CONULTA...?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.

 #228749  por Taneyev
 
Es inevitable. La gente que necesita asesoramiento recorre la web y cuando
encuentra este portal, supone que lo van a atender. Lo que la mayoría
hacemos es darle alguna idea sobre el encuadre jurídico del problema, y
aconsejarle que consulte con un colega.

 #229442  por andrea1982
 
Parece que algunos se sintieron tocados en previsional con el tema de responder consultas jajaajajaja!!!

 #232547  por 123justicia
 
andrea1982 escribió:Parece que algunos se sintieron tocados en previsional con el tema de responder consultas jajaajajaja!!!
no hay que confundir la informacion sobre un tema, que siempre es general, con la consulta en particular al profesional , ya que siempre hay muchos aspectos a tener en cuenta, imposibles de responder en el foro.-

 #232812  por sergiosky
 
yo no estaria tan seguro en decir que este foro fue creado solo para abogados solamente, a mi particularmente no me molesta que entre gente que tenga una duda juridica o que le haya pasado algo en su caso, por mas que sea un particular. si lo puedo ayudar lo hago, y si no se directamente no contesto la pregunta, se lo dejo a otro colega. estoy seguro que si entro en un portal de escribanos o contadores y digo que soy abogado y que tengo una duda por una cuestion tributaria o de una escritura, etc no creo que me digan "aca solo ayudamos o asesoramos a contadores o a escribanos", me pareceria de muy mal gusto si me dicen eso porque estamos hablando de una ayuda on line, no estamos entre nuestras horas de trabajo porque sino que hacemos aca? obviamente me tienen que aclarar que lo mejor es que vea a un contador o un escribano pero ¿por que no orientarme mas o menos en lo que me sucede?. aca me parece que se confunde el tema de brindar consultas a un particular con el tema del asesoramiento gratuito o no cobrar las consultas, que me parece increible aun que se lo relacione con la etica, son todos casos apartes donde no hay relacion. por empezar este es un portal donde nosotros nos ayudamos porque muchos somos jovenes, estudiantes, sin experiencias etc y bueno... es normal que tengamos una duda y consultemos aca para ver las opiniones de los demas colegas. pero asi como la opinion la pide un colega tambien la puede pedir un particular, no veo nada de malo en eso o que tengamos que discriminar quien es el que nos hace la consulta, como si fuesemos una elite. el tipo puede ser rata, desconfiado, lo que quieran... pero mal no lo veo que entre para ver que otras opciones tiene ante su caso. en este caso no se le puede reprochar al colega que brinda asesoramiento cuando nosotros no quisimos, como si estuviese asesorando gratuitamente cuando el trabajo del abogado se presume oneroso. distinto es el caso de aquel particular que nos pide nuestra opinion "porque no confia en su abogado" ahi ya esta mal porque no estamos metiendo en el trabajo de un colega y al final terminamos confundiendo al particular, en este caso concreto creo que no hay que contestar la pregunta que nos hace sino directamente que lo arregle con su abogado, y que si no le tiene confianza pues que se busque otro. yo he contestado preguntas de particulares y siempre le aconsejo que de todas maneras consulte con un abogado de su zona, es mas... yo ni le pregunto si es particular o abogado o estudiante, veo la pregunta y si la se la contesto sin importar en calidad de que la hace.
en conclusion: para mi brindar una respuesta a un particular, solo porque sea un particular y no un abogado o un estudiante, no esta mal. y a ver si la cortamos con la falta de etica en no cobrar consulta.
es solo una opinion.
 #261038  por Veronica
 
Me enganché tarde y lo sé... pero me pareció interesante compartir con los colegas (y con los que no son colegas también, porque yo hasta hace poco era estudiante!!) jurisprudencia del Tribunal de Disciplina del Colegio de Abogados de Capital respecto de las consultas gratuitas.
El primer sumario corresponde al caso de una abogada que imprimió folletos en los que anunciaba la gratuidad de la consulta en casos de pesificación... el Colegio tomó conocimiento y dijo:

"La publicidad de servicios profesionales en la que se destaca la gratuidad de las consultas infringe las disposiciones contenidas en los arts. 10 inc. e) y art. 44 inc. f) de la ley 23.187 y art. 10 inc. f) del Código de Etica puesto que la actividad de los abogados se presume onerosa..." (CNACAF Sala I 16/11/89)"
Tribunal de Disciplina - Sala II - Causa 17.888 del 27/10/05 - "B., A., s/conducta"

El siguiente caso fue el de un abogado que enviaba una carta publicitaria ofreciendo asesoramiento sin cargo. El pronunciamiento del Tribunal dice: "El aviso profesional que ofrece consultas gratis, viola lo establecido en el art. 10 inc. e) y art. 44 inc. f) de la ley 23.187 así como el art. 10 inc. f) del Código de Etica ya que en principio la actividad profesional como regla general se presume onerosa" (TD Sala III causa 13350 del 20/5/02).
El Tribunal resuelve la aplicación de la sanción llamado de atención y para la graduación de la pena se toma en cuenta conforme surge del art. 26 inc. c) punto 2° del Código de Etica, la falta de antecedentes de sanciones aplicadas por este Tribunal, al letrado.
Tribunal de Disciplina - Sala I - Causa 19751 del 9/2/06 - "A. K, E. G. s/conducta

Por lo tanto, y si bien el Colegio lo encuadra principalmente en los casos de publicidad, la autoridad de aplicación del Código de Ética estima que constituye una falta ética que se sanciona, en principio, con un llamado de atención para aquellos casos en los que la inconducta es realizada por un letrado que nunca ha sido sancionado. Si no se puede ofrecer, no es descabellado concluir que tampoco se puede hacer, no?
Para más datos, en la charla informativa que brinda el CPACF a los nuevos matriculados, se deja perfectamente claro - a fuerza de repetirlo un millón de veces en una hora y media - que el Colegio "invita" a que siempre se cobre la consulta. Invitación que viene a ser como cuando éramos chicos y nuestros padres nos decían "Hacéme un favor... quedáte quieto antes de que te reacomode las ideas".... o sea, la primera no es una invitación que pueda declinarse y la segunda frase no tiene mucho que ver con hacer favores en el sentido coloquial del término, no sé si me explico.... :P
En mi opinión, y esto depende mucho de la forma de trabajar de cada colega, la consulta debe cobrarse. Yo personalmente me tomo mucho tiempo para escuchar la inquietud o el planteo del cliente, solicito documentación, la analizo en relación a la legislación aplicable y luego entrego un informe escrito a aquellos que deciden no poner el caso en mis manos. A quienes sí optan por hacer uso de mis servicios profesionales, no les entrego el informe y - generalmente - les aclaro que la consulta no se abona en ese momento, pero les será facturada cuando deban abonar los honorarios que correspondan. Por supuesto que si lo desean, les entrego un informe final con el detalle de la gestión. Además de entregar todo por escrito, yo firmo y pongo el sello en toda la documentación que entrego porque es mi forma de hacerle saber al cliente que respaldo con mi carrera cada consulta, lo cual en definitiva siempre es así, y porque creo que infunde mucha confianza. También es un riesgo poner las cosas por escrito (si lo sabremos nosotros!!) y es por eso que pongo mucho cuidado en la elaboración de cada informe y en la evacuación de cada pregunta.
En suma, para mí "consulta" implica por lo menos dos reuniones con el cliente, mínimamente plantear el caso desde lo jurídico con el debido soporte fáctico y elaborar el informe, por eso siempre la cobro, con la sola excepción de aquellos casos en los que decido no hacerlo por razones de parentesco directo o cuando elijo trabajar pro bono porque me parece que es por una buena causa. Salvo eso, pase por caja.
Además, creo que si el profesional quiere seguir ejerciendo debe cuidar su matrícula y su carrera, parte de eso es evitar ser sancionado por el Colegio al que pertenece. Yo personalmente no quiero ser sancionada nunca y - me guste o no - para eso tengo que hacer lo que el Colegio dice o resignarme a vivir con el miedo de que en cualquier momento me caiga una denuncia.
Opinión personal aparte, espero que la jurisprudencia citada sirva de referencia y aporte algo a la discusión.
Saludos para todos!!!
 #262308  por mantuleasa
 
:mrgreen: ACASO EN ESTE FORO NO ESTAMOS EVACUANDONOS CONSULTAS DE MANERA GRATUITA???
O ACASO EL PLOMERO NO LE COBRA AL PLOMERO?
EL CERRAJERO AL CERRAJERO??
MENOS ARGUMENTO FUERA DE LA REALIDAD. NADIE PAGA UNA CONSULTA. NADIE PREGUNTA, SALVO HONRADAS EXCEPCIONES CUANTO SALE LA CONSULTA.-
Y EN 21 AÑOS DE PROFESION, CREO QUE 5 PERSONAS HABRANB PREGUNTADO CUANTO ES.
SALUDOS
 #262586  por SOL DE OTOí‘O
 
Para evitar evacuar la consulta y que luego te digan muchas gracias, otro día se lo acerco, en este momento no traje plata yo he puesto un portarretrato donde dice "TODAS LAS CONSULTAS ORALES Y ESCRITAS DEBERAN SER ABONADAS (ART. 9 APAR II LEY 8904)"
Tal mal no me va, por lo menos ya saben y soy yo quien decido a quien cobrarle o no
 #262624  por 123justicia
 
en estas epoca de tanta informacion paradogicamente y sin dudarlo la consulta hay que cobrarla.-
ya que no existen dos consultas iguales, se trata de " personas" que consultan sobre temas particulares, y no simplemente de la interpretacion de una ley, es un caso concreto.- :|
ahora habra abogados que no cobran su consulta, pero el consultante se sentira mejor si le cobran.-
las consultas gratis nunca sirven.- :|
 #263788  por DAL
 
El otro día el presidente de nuestro Colegio, conto en una charla que cuando va en taxi, y lo reconocen, inevitablemtne todos los taxistas le dicen . . . . Ah, doctor, le puedo hacer una consultita . . . . me pasa esto me dijeron esto, que hago????? Y el dentro de todo les cuenta, que vayan a un abogado, el consultorio gratuito y demás, a veces los orienta, cuando son pavadas. Uno incluso le pidio que le explique todo un tema sobre reglamento de transito, la derecha y demás, en la jurisprudencia. Todo lo cual, nuestro presi se explayo. El taxista lo tuvo a preguntas todo el viaje. Y cuando llegó a destino, el taxista le dice "ahhhh que bien. Muchas gracias. Son X pesos." exactamente lo que marcaba el parquímetro, por supuesto!!!!!!! Ni se le ocurrió al taxista decirle "dejelo" "le hago un descuento" ni nada por el estilo. Y reflexiona el abogado que eso es porque el taxita tiene muy claro que el taxi es SU TRABAJO y que la tarifa que marca el parquimetro es el precio del servicio y se tiene que pagar. Que por supuesto a el no le preocupó la plata, pero que esta actitud es la que reina.
A mi tambien me paso varias veces cuadno pido ir a tribunales donde invariablemente me dicen "ahhhhhh sos abogada . . . .y a que te dedicás??? te puedo hacer una preguntita????" Y al llegar a destino ni redondearte por falta de monedas!!!!!!
 #263795  por feli07
 
DAL escribió:El otro día el presidente de nuestro Colegio, conto en una charla que cuando va en taxi, y lo reconocen, inevitablemtne todos los taxistas le dicen . . . . Ah, doctor, le puedo hacer una consultita . . . . me pasa esto me dijeron esto, que hago????? Y el dentro de todo les cuenta, que vayan a un abogado, el consultorio gratuito y demás, a veces los orienta, cuando son pavadas. Uno incluso le pidio que le explique todo un tema sobre reglamento de transito, la derecha y demás, en la jurisprudencia. Todo lo cual, nuestro presi se explayo. El taxista lo tuvo a preguntas todo el viaje. Y cuando llegó a destino, el taxista le dice "ahhhh que bien. Muchas gracias. Son X pesos." exactamente lo que marcaba el parquímetro, por supuesto!!!!!!! Ni se le ocurrió al taxista decirle "dejelo" "le hago un descuento" ni nada por el estilo. Y reflexiona el abogado que eso es porque el taxita tiene muy claro que el taxi es SU TRABAJO y que la tarifa que marca el parquimetro es el precio del servicio y se tiene que pagar. Que por supuesto a el no le preocupó la plata, pero que esta actitud es la que reina.
A mi tambien me paso varias veces cuadno pido ir a tribunales donde invariablemente me dicen "ahhhhhh sos abogada . . . .y a que te dedicás??? te puedo hacer una preguntita????" Y al llegar a destino ni redondearte por falta de monedas!!!!!!

Jajaja! Es tal cual!
Hace algunos años había un remisero que me tenía loca...que una "preguntita" de esto, que una "preguntita" de aquello...Todos los días que me llevaba hasta la oficina era una pregunta jurídica diferente, y para peor yo ODIO hablar cuando viajo!
Hasta que un día me hizo una "consultita" y riéndose me dijo: total no me vas a cobrar, no? A lo que yo, harta, le respondí: No! Pero si vos no me cobrás el viaje!! :twisted:
Santo remedio, nunca más me preguntó nada y pude disrutar de mis viajes diarios en silencio
:mrgreen:
 #263852  por Moniluj
 
A mí me pasó hace muy poco con un albañil, como estaba trabajando en mi futura oficina, se "permitía" hacer preguntas (laborales, porque antes trabajaba en relación de dependencia) a cada rato, hasta venía a mi casa!!! Un día lo va a visitar un amigo de él a la obra, y le dice: TE AVISO QUE FULANO (UN ABOGADO) TE ESPERA A LAS 6...!!!! Trac, me calenté mal y le digo: Me volviste loca haciéndome preguntas hace un mes y ahora le das el laburo a otro... que bien! Vos me cobraste cada ladrillo que pegaste y creíste que yo laburo de abogada por hobby... muy bien, los zócalos van por las consultas. Y fueron por las consultas. Incluso el mármol que va en la puerta... De todos modos, no pienso volver a contratarlo, no me pareció ético ese proceder. A este le saqué algo, pero casi todo el mundo hace lo mismo, se evacúan consultas y luego le dan el trabajo a otro...
 #267673  por valgarcia73
 
Hola a todos, tengo hace poco mi estudio y el problema más difícil de dilucidar es si COBRAR O NO COBRAR LA CONSULTA? Como decía otra forista la gente de por hecho que las consultas SON GRATIS, se sorprenden si uno intenta cobrarlas, pero por experiencia propia puedo decir que aquellos a quienes por diferentes motivos no cobré consulta no volvieron más, por supuesto que ahora la cobro avisando de entrada, muchos se van, lo cual me hace dudar de si habré perdido un posible caso, pero después pienso, si realmente necesitan consultar, si tienen algún tema que solucionar, VAN A PAGAR LA CONSULTA.
Así que a cobrar!
Saludos
 #267690  por 123justicia
 
..no chicos consultas en taxis y remises... o en la calle. no.. se le da la tarjeta y se le dice, solicita un turno, cuando llama se le informa el costo de la consulta.- :| que nunca debe ser bajo.- en mi opinion.-
 #270359  por Montesquieu
 
En el caso de una persona sin recursos economicos, tenemos la obligacion, no de atenderla, pero si dirigirla a las oficinas correspondientes del Colegio de Abogados de nuestra departamental; lo que abria que ver es si es legitimo atender a alguien sin recursos, sin cobrar en caso de que el colegio de abogados no cumpla la funcion que deberia cumplir.
CAPÍTULO II

FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y DEBERES DE LOS COLEGIOS

ARTICULO 19°: (Texto Ley 12.277) Los Colegios de Abogados Departamentales, tendrán las siguientes funciones:

1 - El gobierno de la matrícula de los abogados y de los procuradores.
2 - La defensa y asistencia jurídica de las personas que carezcan de recursos.
CAPÍTULO III
DE LA DEFENSA DE LOS POBRES

ARTICULO 22°: (Texto LEY 12.277) Cada Colegio Departamental establecerá en su sede un consultorio jurídico gratuito para personas carentes de recursos y asegurará la asistencia gratuita en las localidades del respectivo departamento que por el número de habitantes y su importancia así lo justifiquen, de acuerdo con el reglamento que al efecto se dicte. La consultoría y asistencia jurídica gratuita son carga pública.

ARTICULO 23°: (Texto LEY 12.277) En el consultorio jurídico gratuito, así como en la asistencia de los carentes de recursos ante los tribunales, podrá admitirse como practicantes a los estudiantes de derecho que lo soliciten en el número, modo y condiciones que establezca el Consejo Directivo de cada Colegio Departamental. No obstante lo expresado, en todos los casos, los practicantes serán conducidos por un matriculado que será el responsable directo de su actuación.

Y ademas no se se habra alguna ley especifica.
CAPÍTULO XII
OBLIGACIONES DEL ABOGADO

ARTICULO 59°: (Texto Ley 12.277) Son obligaciones de los abogados y procuradores:

1 - Prestar su asistencia profesional como colaborador del Juez y al servicio de la justicia. La inobservancia de esta regla podrá dar lugar a la formación de causa disciplinaria.

2 - Patrocinar o representar a los declarados pobres en los casos que la ley determine y atender el consultorio gratuito del Colegio en la forma que establezca el reglamento interno.
Igual si tiene certificado de pobreza, o se lo hace sacar para patrocinarlo/representarlo.
ARTÍCULO 125°: En los casos en que los procuradores o abogados asuman voluntaria o espontáneamente el apoderamiento o patrocinio del que litiga con carta de pobreza, ya por no haber éste usado de la franquicia del artículo 114 o por haber sido denegado el nombramiento pedido, los Jueces y Tribunales podrán condenarlos solidariamente en todo o en parte, al pago de las costas, cuando el pleito fuese perdido en su mayor parte o totalmente y se declarase a la demanda temeraria o maliciosa.
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