adessoma escribió:ErnestoRodolfo: En el caso tuyo, cuándo sufrió la contingencia tu cliente?
En 2016. No tiene ningún tipo de justificativo el Juzgado para reclamarme el agotamiento de la vía administrativa.
adessoma escribió:ErnestoRodolfo: En el caso tuyo, cuándo sufrió la contingencia tu cliente?
ErnestoRodolfo escribió:En 2016. No tiene ningún tipo de justificativo el Juzgado para reclamarme el agotamiento de la vía administrativa.Totalmente de acuerdo. Quieren aplicar la nueva ley a una contingencia ocurrida momentos en que no estaba vigente la nueva ley.
adessoma escribió:Entonces lo tenés bien encaminado. Si querés buscame por mi apellido en Google y mandame un mail así paso un speech que yo puse.Dale, te escribo, gracias.
Tengo tres presentadas igual que vos (luego del DNU y antes de la nueva ley). Una anduvo bien, pero las otras dos aun no salieron los proveidos.
Saludos.
polibran escribió:Hola!Yo coincido que la CSJN esta vez va a fallar con el Gobierno, pero me complica demasiado litigar en Pcia. así que no me queda otra. Conciliaremos lo que podamos y esperaremos un milagro.
Yo estoy como muchos de ustedes, inicie demandas despues del decreto pidiendo la incosntitucionalidad del mismo, aunque haciendo hincapié mas en el modo que en el fondo de la cuestión. Aun no se expiden los juzgados, tanto el 14, el 20 y tengo algunos sin designar.
Ciertamente estoy confundida sobre las expectativas que nos esperan, hace 10 años hago ART, casi desde el inicio, y ahora tengo la certeza que la CSJN va a dictar por su constitucionalidad, o sea que un primer proveído lo obtendremos recien casi a fin de año, porque lo que sea que dicten sera apleado por actora o ART segun si es constitucional o no, luego que resuelva Camara, y quiza la CSJN, no es negocio.
Dado que aun tengo algunos sin meter, que sucedieron en Pcia, queria preguntarles si ustedes consideran que la Pcia de Bs As no adhirió, se podría presentar allí las demandas como antes??
Gracias!!
polibran escribió:Hola!igualmente supongo que las ART "buenas", van a conciliar , para no arriesgarse a pagar los honorarios de camara y corte... ahora olvidense que Provincia, Galeno o Federacion van a ir a ultima instancia
Yo estoy como muchos de ustedes, inicie demandas despues del decreto pidiendo la incosntitucionalidad del mismo, aunque haciendo hincapié mas en el modo que en el fondo de la cuestión. Aun no se expiden los juzgados, tanto el 14, el 20 y tengo algunos sin designar.
Ciertamente estoy confundida sobre las expectativas que nos esperan, hace 10 años hago ART, casi desde el inicio, y ahora tengo la certeza que la CSJN va a dictar por su constitucionalidad, o sea que un primer proveído lo obtendremos recien casi a fin de año, porque lo que sea que dicten sera apleado por actora o ART segun si es constitucional o no, luego que resuelva Camara, y quiza la CSJN, no es negocio.
Dado que aun tengo algunos sin meter, que sucedieron en Pcia, queria preguntarles si ustedes consideran que la Pcia de Bs As no adhirió, se podría presentar allí las demandas como antes??
Gracias!!
polibran escribió:Hola!El problema de esto es que en Provincia no alcanza con que la ART haya reconocido el siniestro, sino que hay que probar el accidente además.
Yo estoy como muchos de ustedes, inicie demandas despues del decreto pidiendo la incosntitucionalidad del mismo, aunque haciendo hincapié mas en el modo que en el fondo de la cuestión. Aun no se expiden los juzgados, tanto el 14, el 20 y tengo algunos sin designar.
Ciertamente estoy confundida sobre las expectativas que nos esperan, hace 10 años hago ART, casi desde el inicio, y ahora tengo la certeza que la CSJN va a dictar por su constitucionalidad, o sea que un primer proveído lo obtendremos recien casi a fin de año, porque lo que sea que dicten sera apleado por actora o ART segun si es constitucional o no, luego que resuelva Camara, y quiza la CSJN, no es negocio.
Dado que aun tengo algunos sin meter, que sucedieron en Pcia, queria preguntarles si ustedes consideran que la Pcia de Bs As no adhirió, se podría presentar allí las demandas como antes??
Gracias!!
Rega escribió:http://www.iprofesional.com/legales
La Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires emitieron pronunciamientos favorables a las modificaciones a la ley que regula el tratamiento de los casos de accidentes laborales en los que deben intervenir las Comisiones Médicas (CCMM) y la entidad de los profesionales porteños aseguró que se respetan los principios constitucionales.
"Las modificaciones respetan los principios constitucionales de bilateralidad, debido proceso y defensa en juicio", expresó el Colegio de Abogados en una nota declaración enviada al Superintendente de Riesgos del Trabajo, Gustavo Morón, en la que la institución se pronuncia "a favor de la constitucionalidad de las reformas".
En relación al reciente llamado a concurso para integrar Comisiones Médicas en distintas provincias, la UART expresó que "el llamado a concurso forma parte del proceso de readecuación de las CCMM, acorde al compromiso de la SRT/PEN con la puesta en marcha de la Reforma, plasmada en la Ley 27.348. Desde las ART también estamos trabajando a tono con ello. Para nosotros es prioritario: facilitar al trabajador la tramitación de su caso acorde a las nuevas normas y la celeridad en los pagos que correspondan", expresó la UART a través de un comunicado.
La entidad que agrupa a los profesionales del derecho de la Ciudad de Buenos Aires consideró que "la nueva normativa resulta respetuosa de los principios constitucionales y acorde a la jurisprudencia en la materia elaborada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
El Colegio de Abogados porteños resaltó que la nueva Ley 27.348 "corrige las objeciones constitucionales que en su oportunidad fueron formularon contra el procedimiento anterior, y tiene como uno de sus principales objetivos morigerar la inaudita conflictividad judicial, brindando a las partes una nueva herramienta procedimental ágil, rápida y efectiva para la percepción de las prestaciones del sistema en tiempos más razonables".
Además señaló que "se respetan los principios de bilateralidad, debido proceso y defensa en juicio, incluyendo el patrocinio legal obligatorio para los trabajadores y el suficiente control judicial".
WTF???? Raaaaro.