BUEN DIA COLEGAS, LES PLANTEO DOS CASOS QUE ME LLEGAN, PARA QUIEN PUEDA BRINDARME SU OPINION Y/O COLABORACIÓN:
A) EL PRIMER CASO ES EL DE UNA DOCENTE DE LA PROV. DE BS AS. QUE SE JUBILA POR CAJA IPS, A TRAVES DEL SISTEMA DE JUBILACION EJECUTIVA. TENIENDO DOS CARGOS TRABAJADOS EN FORMA PARALELA, Y EN EL ITEM CARGO DE MAYOR JERARQUIA CONSIGNA SOLO UNO DE ELLOS, CREYENDO QUE EL SISTEMA LE TOMARIA LO PARALELO, NO FUE ASI Y ADEMAS LE OTORGARON (PORQUE YA TIENE RESOLUCIÓN DEFINITIVA) SOLO EL 70 % CUANDO CORRESPONDIA EL 75. VOY A INICIAR RECLAMO QUE ES LO QUE CORRESPONDE DE ACUERDO A LO QUE HE PODIDO CONSULTAR HASTA EL MOMENTO. IPS DICE QUE EL RECLAMO ES JUSTAMENTE PARA SERVICIOS RECONCIDOS Y YA PRESTADOS ANTES DEL CESE (EN EL CASO, FUERON EN EL HISTORIAL LABORAL GENERAL PERO NO EN EL ITEM 3 DE CARGO MAYOR JERARQUIA; Y ADEMAS ES LA VIA QUE ME PERMITE INTRODUCIR AMBOS PUNTOS, TAMBIEN EL DEL PORCENTAJE JUBILATORIO. CREO QUE ESTOY BIEN ENCAMINADA PERO, ESCUCHO OPINIONES. SE QUE HAY PLAZOS PARA RECLAMAR, EN EL CASO YA ESTAN VENCIDOS PERO YO HE HECHO OTROS A TRAVÉS DE GESTORES Y ME LO HACEN IGUAL, NO SE POR QUÉ ENTONCES ESTA EL PLAZO EN LA LEY.
A PARTE Y SOBRE EL MISMO TEMA, ME PUEDEN BRINDAR INFO PARA LEER DE JUBILACIONES Y PENSIONES IPS, ANSES, ME LLEGAN ALGUNOS CASOS DOCENTE QUE NO ME ANIMO PORQUE NO SE A DONDE RECURRIR PARA SABER ESTAS MAÑITAS DE IPS Y DEMAS, VEO QUE NO TODO ESTA EN NORMATIVA Y NADA DE LO QUE HAY TE AYUDA BIEN A HACER UNA JUBI DOCENTE. EJ: TENGO PRESENTE, EL ESTATUTO (TIENE POCO) LA LEY DE JUBI DE IPS (ES MUY GENERAL) Y TAMBIEN LA LEY DE RECIPROCIDAD DE CAJAS PARA CUANDO TIENEN SERVICIOS EN NACION PERO SE QUE CADA SERVICIO ES MUY DISTINTO, ALGUNOS SON DOCENTES, OTROS ADMNUSTRATIVOS, ETC. ETC. EN FIN NO ENCUENTRO NORMATIVA ORDENADA O COMPLETA....MANOLITA SI ME PODES ORIENTAR TE AGRADEZCO.-
B) EL OTRO CASO ES DE UNA DOCENTE JUBILADA DE IPS POR AUTOMATICA, INSCRIPTA A MONOTRIBUTO ALGUNOS VARIOS AÑOS (AUN NO ME TRAJO DATOS PRECISOS, PERO POR AHORA CONSULTO MAS QUE NADA OTRA COSA), CREO QUE ALGO DE 13 O MAS, LUEGO SIGUE INSCRIPTA PERO SIN PAGAR APORTES (ESO SERIA AUOTONOMOS???) PORQUE YA LOS TENIA EN SU TRABAJO DOCENTE; Y LUEGO LO DA DE BAJA DEFINITIVAMENTE SE VE QUE EL SISTEMA ESTUVO ALGUN TIEMPO MAS, Y NO TENIA BAJA DEFINITIVA DE SU REGISTRO EN ANSES. SUCEDE QUE SALE SU RESOLUCION DEFINITIVA D IPS, DENEGANDOLE SU BENEFICIO PORQUE LE CORRESPONDIA LA JUBILACION DE ANSES. DEJANDO DE LADO LA JUSTICIA DE LA DECISION (QUE YA A LA SRA. NO LE INTERESA RECLAMAR AÑOS SOBRE ALGO QUE, SEGUN LEI LA JUSTICIA NO SUELE DAR LA RAZON, Y ES UNA SRA DE AVANZADA EDAD Y SOLO QUIERE YA COBRAR AUNQUE SEA ALGUN BENEFICIO; QUE ENCIMA LE GENERARON DEUDA Y LUEGO LE EMPEZARAN A DESCONTAR), ACA HAY DOS COSAS, PEDIMOS EL RECO DE SERVICIOS A IPS (A TRAVÉS DE GESTOR) PARA PODER TRAMITAR LA JUBILACION DE ANSES, HACE YA CASI COSA DE UN AÑO Y NO SALE (DEBIERA ESTAR LISTO YA NO? SI TRABAJARON TODA SU JUBILACION ENTONCES SOLO SERIA COPIA Y FIRMA PRACTICAMENTE, QUE ME ACONSEJAN? PRONTO DESPACHO? INTIMO POR CD, AUN NO SIENDO LA QUE TIENE EL PODER ANTE IPS? YO LE ENVIARIA DESDE ACA UNA CD Y CREO ACELERARIAN (ESTAMOS A MAS DE 300 KM DE DONDE ESTA LA CENTRA IPS). LUEGO, TENGO QUE TRAMITAR LA JUBI DE ANSES QUE A MI ENTENDER NO SERA TAN MALA O BAJA PORQUE EL TRABAJO DOCENTE ES CONSIDERADO INSALUBRE Y SU ULTIMO TIEMPO FUE TODO DOCENTE Y CON MUCHOS AÑOS.PERO NO TENGO IDEA DE LAS JUBIS DE ANSES, TRAMITE, DOCUMENTACION Y CALCULOS, ETC. POR ESO TODO DATO QUE ME BRINDEN SE LOS AGRADEZCO, SOBRE TODO QUE LEER, AGUN INSTRUCTIVO PRACTICO QUE TENGAN.
ACLARO QUE NO HAGO HABITUALMENTE PREVISIONAL, PERO ME ES NECESARIO, ESTOY COMENZANDO Y EN MI PUEBLO HAY QUE HACER UN POCO DE TODO, POR ESO MIS CONSULTAS Y, A VECES CON LEER NO ALCANZA NI NOS DA LA SEGURIDAD SUFICIENTE; A VECES NI CONSULTANDO A LAS OFICINAS RESPECTIVAS (QUIE NOSOTROS LAS TENEMOS MUUUUY LEJOS, ACA CON SUERTE DELEGACIONES DE DELEGACIONES)
DESDE YA MUCHAS GRACIAS....PERIQUITA UNA GENIA Y MUY COLABORADORA!!
SALUDOS!!