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 #102526  por luhen
 
el modelo que tengo es larguiiiiiisimo, tiene 60 paginas, el que lo necesite que me mande un mail, lo respondo con el archivo.-
saludos
lucila
 #102572  por Natiprin
 
alguien tendra un modelo de cesion de derechos hereditarios?

Gracias!!

Nati

 #102599  por estmitre
 
Alguien tiene un modelo de escrito penal dónde se solicita se designe depositario judicial de un automotor?Gracias.-

 #103821  por sergiosky
 
sería bueno que tambien adjuntemos contestaciones de demanda, asi agilizamos nuestros medios de defensa.
ya colaboraré porque recien veo el post y es tarde.

 #103851  por sabri79
 
sergiosky escribió:sería bueno que tambien adjuntemos contestaciones de demanda, asi agilizamos nuestros medios de defensa.
ya colaboraré porque recien veo el post y es tarde.
es una buena idea! cuando tenga algo lo subo al post
Hay que ponerse las pilas!!!!!!

 #104033  por sergiosky
 
necesitan ejecutar un pagaré? aqui tienen.


PROMUEVE DEMANDA EJECUTIVA
SOLICITA EMBARGO

Sr. Juez:
.............., Abogado, Mat. ............, con mi propio patrocinio, constituyendo domicilio procesal en calle ............, ciudad, a V.S. me presento y digo:

I – PERSONERÍA:
Que tal como consta en copia que adjunto a la presente del Poder General para juicios, labrado por Escritura Pública Nº ...., pasada por ante el Escribano ............, Titular del Registro Notarial Nº ..... de esta ciudad de ........, que declaro bajo juramento se encuentra vigente en todos sus términos, soy apoderado de la firma ........... con domicilio en calle ..............ciudad de .........., Provincia de .........., por lo que en tal carácter solicito se me tenga por su legitimo representante.-

II – OBJETO:
Que en merito del poder aludido y cumpliendo con expresas instrucciones de mi mandante, vengo en legal tiempo y forma a promover demanda ejecutiva en contra de ............, DNI Nº .........., con domicilio real en ..........., de esta ciudad de........, por el cobro de la suma de PESOS DOS ......... ($ ........-), con mas los intereses correspondientes hasta su total y efectivo pago, con mas costas y costos del proceso los cuales derivan exclusivamente de su incumplimiento.-

III – HECHOS:
El instrumento base de la presente acción es un pagaré sin protesto suscripto por el demandado a favor de mi poderdante, con fecha de vencimiento el ........, por la suma de PESOS ......... ($ .........-). Operado el vencimiento del mismo y ante el incumplimiento de la obligación asumida por el demandado, se le intimó extrajudicialmente de pago en reiteradas oportunidades sin obtener respuesta alguna, lo cual ha dado lugar a la presente ejecución.-

IV - PRUEBAS:
A – Documental:
· Copia del Poder General para juicios.-
· Original de Pagaré sin protesto suscripto por el demandado que deberá reservarse en secretaría, y copia para ser agregada al expediente.-

B – Pericial Caligráfica Subsidiaria:
En forma supletoria y para el hipotético caso de desconocimiento de las firmas insertas en el pagaré, dejo desde ya ofrecida la correspondiente pericial caligráfica, a fin que determine si las firmas inserta en el titulo que se acompaña es de puño y letra del demandado.-

V – DERECHO:
Fundo la presente acción en el derecho que le asiste a mi mandante conforme lo dispuesto por los Arts. 520, 523 inc. 5, sgtes. y cctes. del C.P.C.C de la Provincia de .........., y en la Legislación Nacional Cambiaria Decreto-Ley Nº 5965/63.-

LIBRE MANDAMIENTO:
Solicito se libre mandamiento de intimación de pago y embargo al demandado, reclamando el capital con mas lo que V.S. presupueste provisoriamente para gastos y costas.-
En el mismo acto deberá citarse de remate a los fines de que oponga excepciones.-

VI – PETITORIO:
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
· Me tenga por presentado por parte, con domicilio procesal constituido, por acreditada personería en merito a la copia del Poder que adjunto.-
· Por acompañada documental detallada en punto IV, agregándose al expediente las copias simples que se acompañan y ordenándose reservar en secretaría los originales de las mismas, y por ofrecida Pericial Caligráfica subsidiaria.-
· Por promovida formal demanda ejecutiva en contra de .............-
· Téngase por ofrecida prueba y ordene su producción.-
· Libre mandamiento de intimación de pago y embargo ejecutivo.-
· Oportunamente dicte sentencia haciendo lugar a la presente demanda en todos sus términos hasta que se haga al acreedor íntegro pago del capital reclamado, intereses que correspondan, gastos y costas.-


PROVEER DE CONFORMIDAD
SERÁ JUSTICIA

 #104039  por sergiosky
 
aqui les dejo un prepara via ejecutiva

PREPARA VIA EJECUTIVA.
Señor JUEZ:
T........R................., por derecho propio, con domicilio real en..............................y constituyendo el domicilio proesal en ................................conjuntamente con el letrado que me patrocina Dr....................................t................. f...............CPACF., a V.S. me presento y digo:
I) Objeto.- Dado que el documento acmpañado no trae por sí solo ejecución, vengo a solicitar la preparación de la vía ejecutiva para demandar al SR..................... con domicilio real en...................................................., y a estos efectos solicito que se cite al mismo en los términos del art. 526 CPCC por el plazo de cinco días para que comparezca personalmente al Juzgado a reconocer la firma que se le atribuye, bajo apercibimiento de tenerse por reconocido el documento en caso de no comparecer sin justa causa o no contestar categóricamente.
II) Petitorio.-
1) Se me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio legal indicado.
2) Se cite al Sr......................................en los términos del art. 526 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de ley.
3) Oportunamente, se tenga por preparada la vía ejecutiva.

Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.


por si quieren iniciar un apremio a favor de la Municipalidad:


DEDUCEN DEMANDA DE APREMIO

Señor Juez:
Dr. ........... Mat. ........, abogado, con el patrocinio letrado del Dr.............., Abogado, Mat. Nº .........., constituyendo domicilio en .........ciudad, ante V.S. ocurrimos y decimos:

I - PERSONERÍA
Que conforme se acredita con las copias simples del Poder General para Juicios, que en este acto se acompaña, el Sr. Intendente de la ciudad .............. nos ha conferido mandato suficiente para actuar en nombre y representación de la Municipalidad de ..........., con domicilio en ............., solicitando en consecuencia, se nos tenga desde ya como su legítimo representante, acordándosele la participación legal.-

II - OBJETO
En tal carácter, y habiendo recibido expresas instrucciones de mi mandante, vengo en tiempo y forma a deducir formal demanda de APREMIO en contra de ............ y/o quien corresponda con domicilio en Calle ............., ciudad, por el cobro de la suma de Pesos ................, ( $ ..........- ) con más sus intereses, gastos y costas, solicitando desde ya que en su oportunidad dicte sentencia haciendo lugar a la demanda en todas sus partes, con costas.-

III - HECHOS
Que conforme surge de los títulos que en este acto se acompañan la demandada adeuda al MUNICIPIO el importe reclamado en concepto de TASA POR SERVICIOS PUBLICOS que gravan la Finca N° ...... y que más detalladamente se especifica en el mismo, según los Registros Municipales y de conformidad a lo preceptuado en el Art. 54, siguientes y concordantes del Código Tributario Municipal.-
Que la liquidación que adjuntamos constituye Título Ejecutivo, conforme lo dispuesto en el referido texto legal, Código Tributario Provincial y demás legislación vigente, siendo aplicable al presente el trámite previsto en el Art. 604 del C.P.C., revistiendo éstas las formalidades exigidas por el Código Tributario Provincial y Municipal respectivamente.-

IV.- MANDAMIENTO
Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 531 y concordantes del C.P.C. solicitamos a V.S. libre mandamiento a los fines de que requiera a la demandada el inmediato pago del importe adeudado con más lo que V.S. fije provisoriamente, constituya domicilio dentro del radio del Juzgado y deduzca las excepciones legítimas que tuviere, bajo apercibimiento de rebeldía y de nombrar en su representación al Defensor Oficial, y en su defecto se trabe embargo sobre bienes de la misma en cantidad suficiente para cubrir dichas sumas designando depositario judicial de los mismos.-
Que el mismo deberá ser diligenciado en el domicilio sito en Calle ........... de ésta ciudad, haciéndose constar que se encuentran autorizados a participar en su diligenciamiento los suscriptos y/o quienes éstos designen con facultades para denunciar nuevo domicilio, como así también que el Sr. Oficial de Justicia se encuentra autorizado para hacer uso de la fuerza pública, allanar domicilios, secuestrar bienes, designar depositario judicial y disponer todas las medidas necesarias al lleno de su cometido.-

V – DERECHO
Fundamos la petición de nuestro mandante, en lo dispuesto en el Art. 604 del C.P.C., 108, sig. y conc. de la Ley .......-

VI – PRUEBA
DOCUMENTAL: Se acompaña la siguiente prueba documental:
A – 1 Certificados de deuda, de 5 fojas
B – Copia de mandato.
SUBSIDIARIA: Para el caso de desconocimiento de la documental mencionada en el punto “A”, se deja ofrecida desde ya la correspondiente prueba pericial contable.

VII – POR TODO LO EXPUESTO A V.S. PEDIMOS:
1) Nos tenga por presentados, por parte, a mérito de la copia de mandato adjuntado, y por constituido domicilio legal y denunciado el de mi mandante.-
2) Tenga por iniciada formal demanda de APREMIO en contra de .............. y/o quien corresponda con domicilio en Calle ............l, ciudad, por el cobro de la suma de Pesos ..............., ( $ .........- ), con más sus intereses, gastos y costas del proceso.-
3) Por acompañada la documental.-
4) Se libre mandamiento en la forma y fines solicitados.-
5) Oportunamente haga lugar a la demanda en todas sus partes, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto se haga a nuestro mandante, íntegro pago de la suma reclamada, con más sus intereses, gastos y costas.-

SERÁ JUSTICIA

 #104069  por sergiosky
 
aqui les dejo una guarda:

SOLICITA GUARDA PROVISORIA

Sr. Juez:
.............., DNI Nº ............, y ............., DNI Nº ............, ambos por derecho propio y con domicilio real en calle ............, de esta ciudad, bajo el patrocinio letrado del Dr. .............., Mat. Nº ........., constituyendo domicilio a los efectos legales en calle ............, ciudad, comparece ante V.S. y respetuosamente dice:

I- Objeto:
Que vengo por la presente a solicitar a S.S. nos otorgue la Guarda Judicial Provisoria de nuestra nieta, .............., DNI Nº ..........., nacida el ........... de ......, tal como se acredita con Acta de Nacimiento que acompañamos, hija de ..........., DNI Nº .........., que se encuentra domiciliada en nuestra vivienda.-

II – Hechos:
Dicha solicitud se basa en que nuestra hija es menor de edad y no tiene medios alguno para solventar los gastos de crianza, vestimenta y educación de nuestra nieta, y con mas razón aun si ser ayudada por el padre de la nena que prácticamente eludió toda responsabilidad en el mantenimiento de las necesidades mínimas y básicas abandonando a nuestra hija al enterarse del embarazo, en la Partida de Nacimiento de Mariela vemos que el padre no la reconoció.-
........, al no trabajar carece de todo ingreso que pueda hacer frente a los gastos de mantenimiento de su pequeña hija y de los beneficios que pueda brindar una obra social, es por ello que solicitamos la guarda para que nuestra nieta este protegida por la obra social de su abuelo y también de todos los beneficios que por ley correspondan.-
Informo a V.S. que actualmente me desempeño laboralmente en ......, en la categoría de .........., percibiendo una remuneración mensual normalmente de........, monto que considero suficiente a los fines de darle todo lo necesario a ....... para su normal desarrollo físico, psíquico y espiritual, así mismo acompaño fotocopia del recibo de sueldo.-
Por lo tanto, la Guarda Provisoria facultaría a nuestra nieta a gestionar y/o percibir los beneficios sociales que por ley correspondan, fundado en que tanto ella como ....... se encuentran a nuestro cargo.-

III– Derecho:
Se efectúa la presente atento a la Resolución SSS 14/02 y Resolución 1289/02 publicada en el Boletín Oficial Nº 30.048 1º sección de fecha 16 de Diciembre de 2002.-

IV- Pruebas:
1) documental: Acompaño la siguiente documentación en copia:
a) Fotocopia de DNI de ..........; ...........; ............; y de .............-
b) Fotocopia del Certificado de Nacimiento de la menor y de ...........-
c) Recibo de sueldo de ...........-

V- Petitum:
Por lo expuesto a S.S. solicitamos:
1) Nos tenga por presentado por parte en el carácter invocado, por constituido domicilio a los efectos procesales y denunciado el real.-
2) Por solicitada la Guarda Judicial Provisoria.-
3) Tenga por acompañada la documentación que adjuntamos.-
4) Oportunamente haga lugar a lo peticionado.-



Será Justicia


por ultimo les dejo un daños y perjuicio por accidente de trabajo bastante completo:

INICIA DEMANDA DE DAÑOS Y PERJUICIOS

Señora Juez:


..........., con el patrocinio letrado del Dr. ..........., constituyendo todos ellos Domicilio a todos los efectos procesales en Calle ........ de esta ciudad, por ante V.S. ocurren y respetuosamente dice:
1.-PERSONERIA
Que el Sr. ........ , L.E. ......., con domicilio real en ......., de esta ciudad, ha otorgado Carta Poder a favor de los Dres. ..........., la cuál se acompañará en el plazo previsto en el art. 48 del Cód. Procesal Civil, solicitando se tenga por su legitimo mandatario judicial.-
2.- OBJETO
Que siguiendo expresas instrucciones de su conferente viene a entablar formal demanda por daños y perjuicios derivados de la relación laboral en contra de ..........., con domicilio social en ........., persiguiendo el cobro de la suma de $ .........(pesos ......), y/o a lo que en más o en menos resulte de la prueba a rendirse o del prudente arbitrio judicial, con más intereses, gastos y costas, todo ello en virtud de las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se exponen.-
3.-HECHOS
Cuenta su mandante que ingreso a laborar en relación de dependencia para la demandada en .....de ...., con la categoría de Oficial, según el convenio que rige para la industria de la construcción.-
Lo cierto es que el actor trabajó para ......, hasta el mes de ...... del año ....., según la carta documento acompañada en su oportunidad.-
Durante la relación laboral, el actor cumplió con el débito laboral con total buena fe y diligencia, tanto es así que nunca fue sancionado.-
La accionada es una empresa que se dedica a la elaboración de .......; por tanto el débito laboral debía cumplirse a la intemperie, incluso durante los días lluviosos, debido esto a las exigencias de la producción.-
Su instituyente, entre otras tareas, hacia los terminados de ....., para lo cual cumplía la jornada trabajando ..........., lo cual originaba los micro traumatismos que ocasionaron la lesione en su columna vertebral, y de las que da cuenta el certificado medico acompañado.-
También debido a las demandas de producción, el actor debía ayudar en el despacho de camiones, para lo cual se trepaba a los mismos y cuando las grúas se acercaban, el con algún compañero acomodaban la carga, la que pesaba entre 4000 y 15000 Kg.; si bien la misma estaba pendiente de la grúa, debido a su escasa movilidad, demandaba gran esfuerzo físico, para un correcto acomodamiento dentro del camión.-
El actor al ingresar en relación de dependencia debió sortear un exhaustivo examen médico preocupacional, donde la patronal constató la plena capacidad laborativa, la cual después de la actividad viciosa se ve reducida en su totalidad, tal como dan cuenta los certificados médicos acompañados.-
Merece especial consideración el ambiente donde el actor cumplía con sus obligaciones laborales; el mismo estaba contaminado de ruidos, los que provenían de ......... y demás maquinaria pesada, y también de partículas de cemento suspendidas en el aire.-
En ese ambiente, el actor sufrió una notoria disminución auditiva, tal como consta en la audiometria adjuntada.-
Y las partículas de cemento suspendidas en el aire afectaron de forma notoria su aparato respiratorio; lo cierto es que después de ......años de trabajo, el actor tiene afectados ambos pulmones.-
Que es por todo ello que su mandante inicia la presente acción judicial tendiente al cobro de las correspondientes indemnizaciones por las afecciones contraídas accidente de trabajo.-
4.- MONTO DEMANDADO:
Atendiendo al sentido de reparación integral del daño que permite la vía judicialmente elegida, se ha estimado el daño en base a las siguientes pautas:

Edad del actor: ..... años
Tiempo de vida útil: ..... años
Remuneración mensual legal: $ .......-
Porcentaje de incapacidad: ......%, es decir que pasado el 66%, se deber tomar como el 100%.-
En base a estos parámetros se calcula una indemnización por los daños y perjuicios sufridos por la actora: en concepto de daño material, la suma de $ ........ y por daño moral, el 20% del rubro anterior, es decir que: ......., lo cual totaliza la suma de $ ..............-
Esta parte deja constancia que no renuncia a mayor cantidad que pudiera resultar de la prueba a rendirse o del prudente arbitrio judicial, toda vez que la pretensión surge de los elementos actuales proporcionados por el mandante.-

5.- INTEGRACION DE LA REPARACION:
Es necesario señalar que conforme la doctrina aplicable y lo ordenado por la Carta Magna, toda persona humana tiene una intransferible y propia dignidad y un valor insustituible en lo subjetivo, pero resarcible en lo jurídico.-

El daño está representado por la pérdida de la capacidad laboral de su mandante, quién ha visto seriamente disminuido debido a la afección columnaria, las patologías pulmonar, a lo que se agrega la disminución auditiva.-
A ello se suma el perjuicio derivado de la imposibilidad de continuar trabajando en las mismas tareas dado que la relación laboral fue concluida por decisión de la patronal.-
Un perjuicio más es el derivado de la imposibilidad de obtener nuevos empleos con tal incapacidad ya que en la práctica nunca podrá superar un examen preocupacional en tales condiciones, situación que se agrava por la edad del actor.-
Finalmente se debe considerar el Daño Moral.-
Es ya unánime la Jurisprudencia en cuanto a admitir la viabilidad de la indemnización por Daño Moral, que está incita en todos los padecimientos físicos de carácter irreversible, los dolores, incomodidades, etc., todo lo cuál se agrava por la edad del mandante y las vicisitudes que habrá de soportar para procurarse su sustento(Daño emergente) en tan inferioridad de condiciones.-
También debe atenderse a sus posibilidades de progreso, ya que al verse limitada su capacidad laboral, sus posibilidades de conseguir trabajo son casi nulas, produciéndose lo que se conoce como “ lucro cesante ”, por cuanto el trabajador pierde de ganar como consecuencia de su minusvalía laboral. Esto último es lo que jurisprudencialmente se ha señalado como “ chance ”, y por lo tanto, no puede estar ausente en la determinación de todo monto indemnizatorio.-
En consecuencia, la liquidación y rubros señalados atienden al concepto de la reparación indemnizatoria integral que no sólo se mide por la culpa sino también en el daño que se halla en relación causal adecuada con la actividad riesgosa o viciosa generadora y que se aplica tanto en materia de responsabilidad contractual como extracontractual, y de la cuál el daño moral es parte de la reparación integral.-
6. - RESPONSABILIDAD POR EL DAÑO:
Su mandante hace uso de la opción que permite la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, desde que la misma no prohibe expresamente para los accidentes, la aplicación del Código Civil.-
En efecto, podemos decir genéricamente que la responsabilidad es la atribución jurídica de la obligación de reparar las consecuencias de un daño. Nuestro sistema de responsabilidad civil parte del presupuesto de que la misma no existe si no hay daño: menoscabo de los bienes vitales de la persona (integridad psicofísica) o de su patrimonio, según reza el art. 1067 del Código Civil.-
La doctrina ha referido la cuestión de la responsabilidad a dos grandes factores de atribución: el subjetivo (dolo o culpa) y el objetivo (riesgo creado, garantía, etc.).-
Si partimos de un concepto objetivo de antijuridicidad, podemos coincidir con Atilio Alterini en que “ el sistema legal no puede dejar sin repudio toda serie de conductas no vedadas, pero cuya prohibición surge de la consideración armónica del sistema jurídico, como plexo normativo ” ( Responsabilidad Civil , p. 73 , n° 75 . De allí que la actividad que implica un riesgo no siempre es ilícita, sino que en muchos casos resulta plenamente lícita, aunque el legislador contemple in abstracto la eventual producción de un daño derivado de dicha actividad. Es aquí donde el ordenamiento jurídico recepta el régimen de responsabilidad objetiva, en razón del riesgo que conlleva, a posteriori, un daño y califica al evento dañoso como antijurídico. De tal modo que no se trata de acciones lícitas que provoquen daño o acto lícito de consecuencias ilícitas, sino que es el propio factor de atribución objetivo (riesgo) el que, tomando como referencia el daño producido, permite formular el juicio de antijuridicidad, también objetiva, del obrar humano (la actividad riesgosa, en sí misma lícita) que ha sido causa adecuada (nexo causal) de aquel daño en concreto.-
La actividad riesgosa entraña una potencialidad dañosa que el derecho no desconoce, pero sólo surge el reproche de antijurídica, cuando causa daño. Allí actúa el factor de atribución objetivo contenido en el ordenamiento jurídico, que no requiere acreditar que en concreto, existe culpa.-
De esta apreciación del factor objetivo de atribución de responsabilidad, pasamos al que nos ocupa en el sub-exámine, por culpa de la empleadora, esto es, el factor de atribución subjetivo de responsabilidad.-
A ello debe sumarse el hecho de que su mandante no realizó ninguna falta que le sea imputable, desde que, por el contrario, el mismo cumplió con las exigencias laborales impuestas por la patronal.-
Es innegable pues, la culpa de la patronal, como factor subjetivo de atribución de responsabilidad, por cuanto estamos en presencia de una tarea impuesta por el principal sin tomar las precauciones del caso que permitan salvaguardar la integridad física del operario.-
Así se ubica a la culpa como fundamento de la responsabilidad de la empleadora.-
PLANTEA INCONSTITUCIONALIDAD
Que se plantea la inconstitucionalidad de los arts. 2, Inc. b, arts. 39, 49 y concordantes de la Ley 24.557, que introduce la tercera modificación a la ley 24.028 al reemplazar el art.15 estableciendo un procedimiento previo administrativo de conciliación.-
1) El art. 2, Inc. b de la Ley 24.557 es inconstitucional por significar la violación del principio de igualdad ante la ley, amparado por los arts.16 de la Constitución Provincial y de la Constitución Nacional.-
También es inconstitucional el art. 39 de la Ley 24.557 en cuanto exime a los empleadores de toda responsabilidad civil, emergente de accidente y enfermedades ocasionadas por el trabajo. Se afecta en ambos casos la igualdad ante la ley, el adecuado servicio de justicia a que tienen derecho los ciudadanos, amparados por los Preámbulos de las Constituciones Nacional y Provincial y se crea un irritante y arbitrario privilegio en favor de las empresas.-
La desigualdad es irritante manifiesta y aberrante, quedan violados la defensa en juicio, el debido proceso legal y el derecho de propiedad amparados por los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional y los arts. 35 y 43 de la Constitución Provincial. Y en especial, el adecuado servicio de justicia a que tienen derecho los ciudadanos, garantías amparadas por las constituciones de la Nación y de la Provincia, y en el caso de esta última, mas grave aún resulta la violación ya que el art. 11 establece el principio de inalterabilidad de las garantías constitucionales, que no pueden ser modificadas por leyes de menor rango y posteriores.-
Ya que se elimina un derecho, se produce un cercenamiento, determinando así un privilegio y una violación al derecho de igualdad al cuál todo ciudadano tiene derecho.-
Este art. imposibilita, en principio, la aplicación del art. 1109 del Código Civil. Una ley especial no puede negar una ley general, una ley sobre la Seguridad Social no puede derogar una norma del Derecho Civil, salvo que se modifiquen o deroguen los arts. 1109 y 1113 del Código Civil, lo cuál no ha ocurrido ni ocurrirá. El daño debe ser reparado en cualquier circunstancia. Además, el art. 39 de la referida ley, atacado de inconstitucional, viola también expresamente los derechos del trabajador en los términos del art. 14 bis de la Constitución Nacional (art. 17) y la Constitución Provincial (art. 35).-
2 ) En relación al art. 49 y concordantes de la Ley 24.557, al introducir reformas al art. 15 de la Ley 24.028, inherentes a leyes procesales, cuyo dictado y modificaciones son de competencia de las Provincias, cercena también las garantías constitucionales. Ello en virtud de que fueron y son facultades no delegadas a la Nación. Todo lo referente a leyes de procedimiento es materia reservada a al jurisdicción de cada Provincia de acuerdo a lo establecido en los arts. 121 de la Constitución Nacional , en concordancia con lo establecido en el art. 144, Inc. 21 y 22 de la Constitución Provincial, que se reserva la facultad del dictado entre otras, de las leyes que rigen la administración de justicia, es decir, las leyes de procedimiento.-
En consecuencia de tales facultades no delegadas a la Nación, la Provincia ....... ha dictado sus códigos de Procedimientos Civiles, Penales, Administrativos, Laborales, etc.–
En los Códigos de Procedimientos Civiles y Laborales de la Provincia de ...... no está prevista la Conciliación obligatoria previa en los supuestos de daños causados por una persona o empresa contra obreros o particulares o con motivo de la prestación de trabajo.-
Por lo tanto, resulta inconstitucional el art. 49 de la Ley 24.557. Este ordenamiento, en cuanto introduce una reforma de naturaleza procesal el art. 15 de la Ley 24.048, es violatorio del art. 121 de la Constitución Nacional (facultades no delegadas a la Nación) y del art. 144, Incs. 21 y 22 de la Constitución de la Provincia de ......, en virtud de haberse reservado esta, las facultades de dictar las leyes de procedimiento.-
En consecuencia, dicha norma es inconstitucional y así debe ser declarada por el tribunal requerido. El art. 49 impugnado de inconstitucionalidad es además nulo, al establecer una instancia administrativa previa, no prevista en los ordenamientos procesales de la Provincia de ....... y restringe los derechos consagrados por los tratados internacionales, como la “ CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS ” , “ PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA ” y la “ DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS ”, aprobados por resolución 217 de la “ASAMBLEA DE LAS NACIONES UNIDAS ” e incorporadas en la Constitución Nacional definitivamente en 1994. Y la aludida instancia administrativa previa es violatoria de la igualdad ante la ley, consagrada por los arts. 16 y 18 de la Constitución Nacional y de la Constitución Provincial, al exigirle al trabajador o a sus causahabientes por el sólo hecho de serlos, CUMPLIR CON UNA INSTANCIA PREVIA, para acceder al servicio de justicia. Se viola también el preámbulo de la Constitución Nacional y Provincial, al privar a un causahabiente de un trabajado , de un adecuado servicio de justicia a que tienen derecho todos los ciudadanos.-
La declaración de Inconstitucionalidad de una ley nacional puede ser declarada tanto por un juez de la Nación como por jueces provinciales. El art. 116 de la Constitución Nacional establece en forma implícita esta facultad. Por otro lado, el art. 10 de la Constitución de la Provincia de ......, establece que los jueces aún de oficio pueden y deben declarar la inconstitucionalidad de leyes violatorias de garantías y derechos de índole constitucional. Esto en virtud de del principio de contralor de constitucionalidad. En relación a este tema y por razones de economía procesal, nos remitimos a los fundamentos volcados por el tribunal de Trabajo N° dos de Lanús (Buenos Aires), de fecha 20-03-96, publicado por DERECHO DEL TRABAJO 1996-B , como así también a diversos fallos originados en el Juzgado Civil y Comercial N° TRES de esta ciudad.-
Las razones esgrimidas para articular la inconstitucionalidad, y en el hipotético caso de que no se hiciere lugar a la misma, sirven por demás para introducir el caso constitucional, puesto que los derechos enunciados con una resolución en tal sentido estaría gravemente cercenados; es por ello que esta parte hace la reserva de ocurrir por ante el STJ y por ante la CSJN, mediante los recursos extraordinarios establecidos en la ley 310 y 48, respectivamente, por Inconstitucionalidad Provincial y Nacional.-
8.- DERECHO
Considerando las características del presente caso y habiendo planteado esta parte la inconstitucionalidad de las normas relativas a la ley 24.577 y en virtud de tratarse de una acción de naturaleza civil, es de aplicación al presente caso el art. 1109 y concordantes del Código Civil.-
La ley 24.028 ha sido derogada por la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, que mantuvo únicamente el art. 15, en virtud de la reforma introducida por el art. 49 de la ley citada, cuya declaración de inconstitucionalidad se pide por la presente.-
La ley 24.557 establece un sistema de seguro obligatorio para los empleadores, exclusivamente, pero no, para los trabajadores y operarios. Es una norma de la seguridad social e independiente del derecho civil, inclusive del laboral.-
Por lo tanto, es aplicable al presente caso el sistema del Derecho Civil común, normas que no han sido modificadas ni derogadas por la Ley 24.557, por ende, tienen plena vigencia desde que no ha sido prohibida expresamente para los accidentes.-
Con las leyes 9688 y 24.028 se reconoció la existencia de dos sistemas de reparación integral: uno tarifado, posterior y otro anterior, de reparación integral o del derecho común. Al derogarse el sistema de la Ley 24.028 , quedó únicamente en vigencia el sistema de reparación del derecho común anterior en el tiempo a la ley de accidentes de trabajo y a las normas de seguridad social.-
Por ende, fundo la presente demanda en los arts. 1068, 1069, 1078, 1079, 1083, 1109 y subsiguientes y concordantes del C.C.; y demás disposiciones de la legislación vigente favorables a mi mandante.-
9.- PRUEBA
Sin perjuicio de la prueba que oportunamente se ofrecerá, ofrezco la siguiente prueba que hace al derecho de mi mandante. Invoco y me acojo a la inversión de la carga de la prueba:
DOCUMENTAL: Recibos de sueldo: correspondientes al actor en ......; en caso de desconocimiento al momento de exhibir los libros de sueldos y jornales se cotejara por Secretaria con los recibos; Certificados Médicos: Se acompañan ..... certificados médicos donde constan las dolencias e incapacidad del actor; en caso de desconocimiento se citará al Dr. ........ en su domicilio de ........ para que reconozca firma y contenido; Carta Documento: Se acompaña la carta documento enviada por la demandada, donde da por terminada la relación laboral; en caso de desconocimiento se oficiará con la copia simple a la Suc. Local de Correo Argentino, para que informe sobre su autenticidad, fecha de emisión y recepción; Certificación de Servicios y Remuneraciones: Se acompaña la certificación de servicios y remuneraciones extendidas por la accionada; en caso de que la copia sea desconocida se oficiará a la ANSES con copia de la misma, para que informe sobre la autenticidad de la certificación; Audiometría: Se acompaña una audiometria del actor; en caso de desconocimiento se citará a la Lic. ........, para que reconozca la misma; Radiografías: Se presentan cuatro radiografías del actor y su respectivo informe; en caso de desconocimiento se citará al Dr. ........, con domicilio en ......., para que reconozca placas y el informe: Toda la documental en cuestión en original, se encuentra agregada en los autos rotulados “............– D. y Perjuicios –“ , que tramitó por ante el Juzgado Civil y Comercial ......, de esta ciudad.-
INSTRUMENTAL: Se oficiará al Juzgado Civil......, de esta ciudad , a fin de que remita a effectum videndi et probandi los autos rotulados “ ..........– D. y Perjuicios –“.-
EXHIBICION DE LIBROS: A los fines de determinar las indemnizaciones correspondientes, como así también la remuneración Normal y Habitual del trabajador que percibía al momento del la producción del accidente de trabajo, solicito se designe fecha de audiencia a los efectos de la exhibición de libro de sueldos y jornales, recibos de sueldos pertenecientes al actor.-
DOCUMENTAL EN PODER DE LA DEMANDADA: Se intime a la demandada a presentar el legajo del actor, examen medico preocupacional, exámenes médicos periódicos, tarjetas horarias y demás documentación, todo ello bajo apercibimiento de los dispuesto en el art. 388 in fine del CPC.- en idénticos términos se intimará a la accionada a presentar la acreditación por su parte del cumplimiento de la Ley de Seguridad e Higiene en el Trabajo y sus Decretos reglamentarios.-
ABSOLUCION DE POSICIONES: Del demandado a tenor de los pliegos que se presentarán el día de la audiencia que V.S. deberá fijar a tal efecto, bajo apercibimiento legal.-
EXHIBICION DE D.N.I.: Se fije fecha de audiencia a los efectos de que el actor proceda a la exhibición de su Documento Nacional de Identidad.-
PERICIAL MEDICA: Solicito se designe Perito Medico de oficio para que determine si el actor presenta las lesiones de las que da cuenta los certificados médicos; si las mismas son incapacitantes para el trabajo; causales o concausales con el trabajo, si generan incapacidad laborativa, si es total o parcial, permanente o transitoria; Desde ya proponemos como perito de parte al Dr. ........., con domicilio en .........-
INSPECCION OCULAR Y RECONSTRUCCION DE TAREAS: Se designe día y hora de audiencia a fin de que el tribunal conjuntamente con el actor y los testigos ofrecidos, se constituya en los lugares de trabajo del actor y produzca esta medida probatoria.-

POR LO EXPUESTO A V.S., SOLICITO:
1.- Tenga por presentado, por parte, en el carácter invocado. Por denunciado Domicilios y constituido Domicilio Procesal.-
2 .- Por promovida Formal Demanda por Accidente de Trabajo en contra de ........-
3 .- Por acompañada la documental, la cual deberá reservarse en Caja de Seguridad.-
4 .- Tenga presente la inconstitucionalidad denunciada.-
5 .- Oportunamente se dicte sentencia haciendo lugar a la demanda en todas sus partes, condenando a las demandadas al pago de la suma reclamada, por los conceptos aludidos, con más sus intereses, gastos y costas y desvalorización monetaria.-
6 .- Se libre mandamiento CON HABILITACION DE DIA Y HORA de Embargo Preventivo sobre bienes muebles de propiedad de la demandada, hasta cubrir el monto reclamado con mas lo que V.S. presupueste provisoriamente para responder a intereses, costas y desvalorización monetaria.-
SERA JUSTICIA -
 #104123  por martins
 
Necesito un modelo de demanda por daños y perjuicios, aplicable para un ciclista que fue embestido por un colectivo. Si incluye doctrina y jurisprudencia, mejor. Muchas gracias.

 #105419  por amg
 
Alguien tiene algún modelo de demanda en el cual se incluya la solicitud de beneficio de litigar sin gastos.
Tengo que hacer una acción de escrituración con beneficio pero no me doy idea de como incluir en la misma el beneficio.

 #105422  por amg
 
Alguien tiene algún modelo de demanda en el cual se incluya la solicitud de beneficio de litigar sin gastos.
Tengo que hacer una acción de escrituración con beneficio pero no me doy idea de como incluir en la misma el beneficio.

 #105424  por amg
 
Alguien tiene algún modelo de demanda en el cual se incluya la solicitud de beneficio de litigar sin gastos.
Tengo que hacer una acción de escrituración con beneficio pero no me doy idea de como incluir en la misma el beneficio.

 #105460  por sergiosky
 
entablá primero el BLSG y luego la demanda, cuando te salga el proveido de que pagues la tasa denunciá que existe BLSG dando datos del juzgado, caratula etc. por secretaría se va a constatar si realmente existe y de ser asi tenes que ver una cosa... en tu jurisdiccion el BLSG suspende la tramitacion de la demanda principal o no? para eso recurri a tu CPCC tiene que haber un articulo que lo diga, si por esas casualidades dice que SI suspende te puedo dar un modelo para pedir la inconstitucionalidad de ese art. ya que existe varia jurisprudencia que han declarado la inconst. de ese art. pero sería bueno que investigues como resuelven esos casos en los juzgados de donde seas, no vaya a ser que ahi acepten la suspencion de la demanda. no se si se puede incluir junto con la demanda, siempre vi que o inician BLSG y luego la demanda, o primero la demanda y luego BLSG, pero siempre en forma independiente aunque podes presentar ambos escritos en el mismo dia por mas que caigan por sorteo en distintos juzgados en razon del turno.
si queres un modelo de BLSG avisame por privado y te lo paso.

 #106132  por Pandilla
 
No decaigas, Modelos.

Saludos.

 #106593  por sabri79
 
coincido con vos Pandillo, este post no tiene que decaer!!!
A ponerse las pilas colegas!!!!!!!!!!!!!!!!!!
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