Buenos días foristas,
quería hacerles una pregunta. Mí hermano es un trabajador discontinuo. él presta servicios en un club de fútbol como control. Los domingos cuando el club juega de local y cuando juega alguna copa internacional. O sea que trabaja 2 o 3 días al mes. él hace 9 años que esta en negro y quiere irse. como prueba tiene testigos.
ahora le arme la liquidación, teniendo en cuenta la escala salarial, su mejor remuneración la cual asciende a $ 350 por partido y teniendo presente las copas internacionales que haya jugado. Ahora me surgieron varias dudas sobre el tema
para un trabajador discontinuo: se le arma una liquidación normal ? teniendo en cuenta los días trabajados durante estos nueve años?
Arme la liquidación del siguiente modo.
$ 350 x 3 (tres partidos al mes de local) : 1050
1050 x 9 años : $ 9450
preaviso 2 meses : $ 3150
Sac : 3150 x 8,33 % : 262,40
vacaciones
4 X 21 : 84 /365 : 0.23
1050 /25 : 42 x 0,23 : $ 9,66
sac : $ 9,66 x 8,33 % : $ 0.80
sac proporcional
1050 / 2 : $ 525 /182,50 : 2,87 x 2 : $ 5,74
multas
art 80 lct (certificado de servicios) $ 3150
art 132 bis lct $ 2100 ( conte 2 meses suponiendo el tiempo en que se llegue al seclo)
ley 25323 art 2 : 9540 + 3150 (50 %) : $ 6345
ley 24013 art 8 (relación no registrada) $ 1050 x 117 meses mas el meses de sac ( 9 años) : $ 122.850 / 4: $ 30712,50
ley 24013 art 15 (esta la ingreso por si se produce el despido)
no hay integración de mes de despido.
Quería preguntarles mas que nada si hay tenido algún caso parecido, porque no tengo mucha experiencia como abogado, sobre todo en materia laboral. Ya que la jornada laboral es de solo 2 días los domingos (también teniendo presente que es un día inhábil) o 3 tres si se juegan partidos internacionales de local . Me surgen algunas dudas, sobre todo en la liquidación y aplicación de multas (hay algunas que no si es acorde aplicarlas).
Saludos y Muchas Gracias colegas