Yermangold escribió:adessoma escribió: ↑
Jue Jul 13, 2017 4:20 pm
La inconstitucionalidad que vos querés plantear ya la resolvió la CSJN. La resolución no es inconstitucional; solo marca un límite temporal para interponer las demandas.
Estimado, hace una hora que estoy buscando la resoluciòn de inconstitucionalidad de la csjn y nada encuentro, me puede ud dar una pista de como buscarlo?
Gracias.
Hola, Yermangold. La constitucionalidad de las comisiones médicas se resolvió, justamente, en el caso "Castillo".
Si leés el fallo de la CSJN verás que, en puridad, no declara inconstitucional a las CC.MM., sino a la federalización del sistema de reparación creado por la ley especial, que al decir de Ackerman, es un subsistema de la Seguridad Social.
Es que, en realidad, lo que la Corte critica no son las CC.MM. en sí, sino la sustracción del trabajador del fuero natural -que es el del trabajo- para hacer que sus decisiones sean revisables por la justicia federal. Como verás, lo que la Corte criticó es el fuero. Y de ahí en adelante se cae también la vía especial.
Dejando de lado mi propia opinión en contra del nuevo procedimiento, habrá que esperar hasta que la CSJN dicte un criterio definitivo desbaratando este absurdo creado por la ley 27348.
Saludos.