Si Uds analizan los dictamenes que hace referencia la circular 56/2011, los mismos tratan del inicio de un segundo proceso, donde PREVIO A RESOLVER, reitero PREVIO A RESOLVER, la UDAI solicita la remisión de un primer expediente para analizar por ejemplo si hubo acto propio en el anterior. Una vez que el expediente es remitido a la UDAI, lo utilizan como prueba y resuelven en el segundo expediente como corresponde, sin violar el derecho de defensa en juicio y del debido proceso.
Esta circular 56/2011 viola el principio de la irretroactividad de las normas, viola el debido proceso y el derecho de defensa en juicio, ya que introduce una cuestión nueva que fue ajena a la Resolución. Si la UDAI resolvió denegar un recurso por “falta de pruebas” y en el recurso se ofreció y/o salió la verificación positiva, la UDAI ahora no puede pedir el expediente anterior e introducir una nueva cuestión ajena a la resolución, y denegar por una nueva cuestión, esto viola todos los principio constitucionales.
Habla del acto propio, cuando es la propia UDAI la que lo comete, menciona la buena fe, cuando es la propia UDAI quien actúa de mala fe. La Anses busca que todo termine en juicio. Denegar por denegar. Es la propia UDAI no puede alegar su propia torpeza y pretende imponérsela al recurrente.
Es lamentable que la Presidenta pretenda reformar la Justicia. Una Presidenta quien admira a Napoleón Bonaparte (considerado Hitler por los países de Europa), o admira a Rosas (quien cortaba la cabeza de sus oponentes y la dejaba clavadas en un poste por semanas para generar miedo y terror).
Si hace lo que quiere con el ANSES no me quiero imaginar que hará con la justicia. Pobre del pueblo si reformara la justicia y pusieran jueces de la capacidad mental de Diego Bossio y de los que dictan las circulares, calculo que estos últimos son abogados, estos si que son verdaderas aves de rapiña como los presidentes de los colegios de abogados provinciales, que no hacen nada ante la ilegalidad y en defensa de sus matriculados lo cual demuestra no tener sentido su existencia salvo el tributario (pero eso es otro tema).
Violar el derecho a la vida, Violar el derecho de defensa en juicio y del debido proceso consagrado por el artículo 18 de la Constitución Nacional entre otros artículos y violar el orden constitucional, en si se violan derechos constitucionales y eso es gravísimo mas cuando lo comete un gobierno constitucional.
A los de Anses que ingresan al portal de abogados, informen estas graves circunstancias a los que se encargan de dictar las circulares y de resolver los recursos.
Sinceramente me extraña que los abogados del foro no hayan debatido este tema tan grave, pero quizás sea el miedo o la complicidad lo que los hace callar y eso es lamentable ya que esto es una democrácia.