anibal martin escribió:Buenos dìas a todos. Me vino el caso de una señora con Monotributo Social en el que se incribiò en Enero de 2010. Abonò un año y luego en Anses le informaron - asì como les digo - que eso no le servìa para su jubilaciòn por lo que dejò de abonar. Se trata de una verdadera Artesana y sigue estando inscripta ¿podrà abonar estos dos años que adeuda aunque sea con recargos...? Por ahì leì algo que de diò la impresiòn como que el Reco para la Jubilaciòn es independiente del pago de los ($ 50.00) y que sòlo exigen el Formulario 09.001 de Inscripción en el Ministerio de Desarrollo (...de ser asì no comparto esto...). Gracias por sus opiniones. amf.
EL PAGO DE LA OBRA SOCIAL NO ESTA SUPEDITADO AL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO JUBILATORIO, YA QUE NO HAY APORTE DE AUTOMO,EL UNICO REQUISITO ES LA AFILIACION AL MISMO Y LA PRESENTACION DEL FORMULARIO 09.001, EL UNICO PERJUICIO QUE LE ACARREA AL NO PAGAR LOS APORTES DE O. SOCIAL, ES LA BAJA DE LA COBERTURA MEDICA, SEGUN AFIP RESPECTO AL TEMA DICE LO SIGUIENTE, NO OBSTANTE ESO, TIENE DEUDA EXIGIBLE Y HAY QUE PAGARLA
¿Qué ocurre si se atrasa en el pago del Monotributo Social?
Si no se ingresa el pago por 3 meses consecutivos o 5 meses alternados se pierde
el carácter de activo en la obra social. En estos casos, para poder pedir el alta
nuevamente, la persona deberá saldar los meses impagos y acercarse con los
comprobantes a la obra social para regularizar su situación.
Tengamos en cuenta que los inscriptos en este régimen pueden elegir libremente
una obra social nacional de las referidas en el Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes (consultar padrón de obras sociales disponibles en
www.sssalud.gov.ar).
El acceso al Plan Médico Obligatorio que debe brindar la obra social es
progresivo y se encuentra dividido en 3 niveles:
Desde la adhesión al régimen
A partir de los 3 meses
A partir de los 6 meses
Además, podrán acceder a la obra social el cónyuge y los hijos, realizando
mensualmente por cada uno de ellos el pago del 50 % del importe correspondiente a
obra social (actualmente $ 50 por c/u al 10/08/12). Las altas y bajas de adherentes se
tramitan en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social o
sus delegaciones.
El cambio de obra social puede ser efectuado luego del primer pago del
Monotributo Social en cualquier momento del año. Si ya realizó un cambio de opción
deberá esperar 12 meses para poder realizar el próximo. Dicho trámite es personal y se
realiza en la sede de la nueva obra social, a través del formulario de opción de cambio.
Para cualquier inquietud relacionada con el tema de obras sociales se puede
consultar al 0800-222-72583 o a
www.sssalud.gov.ar o dirigirse personalmente a: Av.
Pte. Roque Sáenz Peña 530 P.B, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
En caso de existir problemas con la afiliación o cobertura, los monotributistas
sociales podrán asesorarse en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y
Economía Social para efectuar los reclamos correspondientes.