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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional

 #158379  por anya
 
FREDY44 escribió:Norabe muchisimas gracias, Maria me parece bueno lo de hacerlo ademas de con el programita con Uds. que ayudan a corregir los desastres que hago....jajjajuaaa

Anya, tanto tiempo, por donde andabas, bueno me alegro que estes nuevamente con nosotros y como siempre ayudando desde la Feliz...

Te contesto realmente tengo listado del SIJP y voy a presentar el Anexo I y II para que den como valido esos años, moratoria si creo que tengo que hacer, por que me falta ese tiempo que me ayudan las colegas a determinar.

Besos y FELIZ DIA DEL TRABAJADOR A TODOSSSSSSSSSSSSS

FEDE.
Fede, si tenes el sijyp y le figuran todos esos años que decis, con la prob. 980 y circular 10 podrias tomar ese tiempo que te falta sin necesidad de hacer Sicam..ni adherirlo a la moratoria...fijate creo que en otra jubi te explique como se usaba....de la totalidad de años que invoques por cada empresa, el 35 % tiene que figurar si o si en el sijyp..y por lo que se ve en tu caso se aplicaria perfectamente.

 #158382  por FREDY44
 
Anya, algo me acuerdo, igual nunca hize ninguna asi invocando la cantidad de años que tengo segun lo que este en el listado el SIJP, al menos esta por mas que sea poca la cuota, quiero para mas seguridad mia hacerla comprando ese poquito de años x moratoria, despues si voy a tener una de un familiar que necesito que me ayudes con eso...

Respecto a esta esta bien entonces

Situacion de revista
01/1955 a 04/1956 = 1 año y 3 meses. por las dudas compro 2 meses mas??

y donde dice Beneficio en el mismo programa del SICAM / AFIP no tomo nada correcto? lo dejo vacio?

Si me das el o,k calculo la cuota y envio el plan y pido el turno, correcto?

Gracias Anya siempre ayudandome.

Besos FEDE.

 #158384  por anya
 
segun las cuentas necesitas comprar 1 año y 3 meses.

la situacion de revista que pones es del 01/55 al 04/56= son 1 año y 4 meses , esta bien.

en beneficios nada, porque no vas a usar ninguno..

estaria bien, no la hagas en 60 cuotas, hacela en menos asi se la saca de encima rapido a la moratoria :P

 #158385  por FREDY44
 
Anya tuve que tomar el minimo de cuotas por que me decia que no podia ser inferior a $ 25 cada cuota, entonces tome 31 cuota que es lo minimo que te deja tomar el sistema y me estaria dando una cuota de $ 28 x 31 meses, correcto??

Si me das el O.k la mando?

Gracias x tu ayuda como siempre excelente y muchas gracias a Maria tambien que me reayudo y a todos...

Besos

FEDE.

 #158392  por FREDY44
 
Si, si tenes razon tome 12 cuotas y me sale $ 63 x mes, gracias, y te debo chocolate enorme con dulce de leche ..., el tema es como la hago llegar a la feliz??? me encantaria llevarlo personalmente, pero que no haga frio, asi de paso disfruto un poquito...

Salu2

y muchas gracias

FEDE.

PD: Mañana la mando por que ahora ya me estoy durmiendo jajajuaja.

 #158409  por MARIMO
 
Hola Anya. Maestra. Por fìn estàs de vuelta. Gracias por venir a ayudarnos.

Te cuento que por Fredy llegamos hasta acà. Hasta nuestro conocimiento.
Yo tampoco, por temor y por no saber utilizarla , nunca utilicè la circular 10.

Necesitarìamos nos expliques, para este caso concreto, como tendrìamos que utilizar la 10 para no tener que pagar.

Según como interpretè ¿ sería asì?


tiene 6 meses año 1977 si es el 35 % de lo que podrìan reconocer
podrìamos tomar entonces 1/77 al 12/77


Tiene 2 meses años 1978 que podrìa tomar otros 6 meses o màs.


O SEA QUE TOMANDOLO ASÌ YA ESTARÌAN COMPLETOS LOS 30 AÑOS QUE NECESITAMOS

¿ ES ASÌ ?


besitos y muchas gracias

 #158459  por anya
 
Hola Maria!! maestra?? quien??? Imagen

El tema es asi, hay que sumar el tiempo trabajado en cada empresa, ese tiempo lo tomaremos como el 35 % de la totalidad de servicios invocados, si?
La parte de la circular 10 que se aplica en este caso es:

2) Servicios posteriores al 1/1/70 hasta el 30/6/94:
Se considerará acreditado el período laboral invocado por el afiliado sin la
presentación de la certificación de servicios, siempre que figure un 35 %
del tiempo denunciado por cada empleador en el informe del SIJP.
Si en el informe del SIJP tuviera un tiempo menor al 35 % del período
laboral invocado, sólo se considerará acreditado el período que figure en
el SIJP.


solo para el periodo del 01/70 al 06/94, entonces, en el caso de Fede seria asi:

En una empresa tiene 9 meses aportados (años 77-78, no pone la fecha exacta, pero lo hacemos igual)

Esos 9 meses lo tomamos como el 35 % de la totalidad... hacemos la regla de 3..y da 25 meses que podriamos tomar...ejemplo, sin tener las fechas de Fede, del 01/77 al 01/79.

En otra empresa tenemos del 01/87 al 03/08, en este caso para saber cual es el 35 % tenemos que contar los meses trabajados del 01/87 al 06/94 que es la fecha limite de la circular 10, si? 7 años y 6 meses...podria tomar aproximadamente 21 años por la circular 10..(creo, no hice la cuenta :P )

aunque la circular exime que se presenten certificaciones o pruebas en ese periodo (siendo el unico requisito que figure en sijyp el 35 %), yo mando telegramas a las empresas, por las dudas..depende el iniciador que te toque te pedira o no.

Se entendio algo?

 #158494  por MARIMO
 
Si Anya. Maestra nuestra en todo.

Ahora voy a imprimir la respuesta para que me quede en la carpeta.

Por supuesto que se entiende todo. Como siempre.

Y como siempre muchìsimas gracias y ¡ FELIZ DIA ¡

besitos


Maria

 #158859  por MARIMO
 
Bueno. Realmente no tiene desperdicio.

¡¡ GENIA ¡¡¡ ESOS CIERRES SON GENIALES

muchas gracias y besitos

Maria

 #159692  por FREDY44
 
ANYA COMO SIEMPRE UNA genia, excelente al igual que MARIMO (MARIA) que me ayudo desde el principio, despues me encantaria que me ayuden con lo de la circular 10 de donde la bajo chicas??

Bueno cuando tenga mas dudas las volvere a molestar GRACIASSSSSSS

SALU2

FEDE.