ailen escribió:HoLa Marimo estoy interesada que me envies el programita de prorreteo ya que tengo a mi viejo que es taxista con 10 años aproximadamente con aportes de autonomo y 19 años anteriores en relacion de dependencia y si me enviarias tambien el instructivo para darme cuenta como hacerlo. Desde ya muchisimas graciuas y te paso mi correo PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar
HOLA LA FORMULA QUE TE PASARON, ESTA HECHA PARA AQUELLAS ACTIVIDADES
QUE REQUIERAN EN INSALUBRIDAD 25 AÑOS TAREAS COMUNES 30 AÑOS
Y EN CUANTO EDAD PARA INSALUBRE 50 AÑOS Y 60 AÑOS PARA TAREAS COMUNES, PERO
ESTO ES PARA MUJER, ENTONCES PARA HOMBRE SERIA 65 AÑOS, O SEA LA FORMULA
ES UN EJEMPLO Y TENES QUE IR CAMBIANDO LOS VALORES DE ACUERDO A LA ACTIVIDAD
DESARROLLADA
PERO COMO TU PADRE FUE TAXISTA, TENES QUE IR REEMPLAZANDO LOS VALORES
LA FORMULA ESTA BIEN, PERO TENES QUE IR CAMBIANDO LOS VALORES FIJOS, PORQUE PARA TAXISTA DIFIEREN CON LA DE LA FORMULA, TE PASO LOS REQUERIMIENTOS PARA PROPIETARIOS DE TAXI,
Y PARA LA RELACION DE DEPENDENCIA, FIJATE SI LAS TAREAS EN CERT. DE SERV.
DICE ALGUN DECRETO DE INSALUBRIDAD O ESTAN COMO COMUNES SI ES ASI, NO LA PODES
PRORRATEAR
22. TAXI
Decreto 629/73 (vigente desde el 1.1.74), Art.1º: Tendrán derecho a la jubilac. ordinaria con 60/30, los propietarios de automóviles de alquiler que exploten personalmente y en forma habitual sus vehículos.
Art. 2º. Las personas mencionadas en el art. anterior deberán acreditar en forma fehaciente ante la Caja Nac. Trab. Aut. el ejercicio de actividades comprendidas en el presente decreto en las condiciones fijadas en el citado artículo. Res. 664/74 CNTA: art. 1º. Se deben acreditar los servicios con la certificación municipal que acredite la titularidad del taxi y la habilitación legal para conducir.
Art. 2º. En lugar de la certificación municipal se podrá presentar constancia de autoridad nacional, provincial o municipal que haya tenido a su cargo el control de los vehículos y la habilitación para conducir.
Art. 3º. La acreditación de los servicios y la modalidad de su prestación podrá hacerse por otros medios de prueba, excepto la declaración jurada o la prueba testimonial exclusiva.