Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JUBILACION CHOFER DECRETO 4257/68?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #292794  por TuruZ7
 
Hola a todos, si pudisen pasarmelo a mi tambien, muy agraecido.. Desde ya muchas gracias y saludos
 #301894  por ferny82
 
Hola: Alguien me da una mano con una jubiloacion de un chofer de colectivo el Sr. tiene 57 años y alrededor de 15 años de aportes...Se hacer los calculos a mano..pero me gustaria si alguien me pasa el programa de prorrateo...para confirmar si hice bien el calculo. Muchas Gracias.
 #303017  por licoro
 
HOLA, LA VERDAD, QUE LEYENDO LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS COMO ESTA, TAN ACLARATORIA, DA GUSTO. GRACIAS A AMBOS POR QUE LEYENDOLOS ME DIERON RESPUESTAS MUY UTILES. SALUDOS
 #307621  por ailen
 
HoLa Marimo estoy interesada que me envies el programita de prorreteo ya que tengo a mi viejo que es taxista con 10 años aproximadamente con aportes de autonomo y 19 años anteriores en relacion de dependencia y si me enviarias tambien el instructivo para darme cuenta como hacerlo. Desde ya muchisimas graciuas y te paso mi correo PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar
 #307652  por amg
 
La formula manual que yo manejo y que me paso un forista es:

Tomás• el "tiempo que trabajó en la tarea insalubre (TI)", lo pasás a días : ej 13a 5m 13d =4843 días
Tiempo requerido legalmente para TI, en días, dividido 100 :• ej.25 x 360 ./.100 = 90
luego 4843 dividido 90 = 53,81% para TI y por• lógica 46,19% para tarea común (TC)

Para determinar la edad de TI• 53,81 x 50 (ej de edad legal requerida) dividido 100 : ej 26,90
Para• determinar la edad de TC 46.19 x 60 dividido 100 . ej. 27,71
luego• 26.90¨+27,71 = 54,61
la edad para solicitar el beneficio es : 54 a 7m (0.61• x 12 = 7,32) y 10d (0.32 x 30 =9,60)

Para determinar el tiempo• trabajado de TI 53,81 x 25 dividido 100 : ej.13,45
Para determinar el• tiempo trabajado TC 46.19 x 30 dividido 100 : ej.13,85
luego 13,45 + 13,85• = 27,30
el tiempo a acreditar para la solicitud es 27a 3m (0.30 x 12=3,60)• 18 días (0.60 x 30 =18)
 #307780  por MARIO1943
 
ailen escribió:HoLa Marimo estoy interesada que me envies el programita de prorreteo ya que tengo a mi viejo que es taxista con 10 años aproximadamente con aportes de autonomo y 19 años anteriores en relacion de dependencia y si me enviarias tambien el instructivo para darme cuenta como hacerlo. Desde ya muchisimas graciuas y te paso mi correo PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar
HOLA LA FORMULA QUE TE PASARON, ESTA HECHA PARA AQUELLAS ACTIVIDADES
QUE REQUIERAN EN INSALUBRIDAD 25 AÑOS TAREAS COMUNES 30 AÑOS
Y EN CUANTO EDAD PARA INSALUBRE 50 AÑOS Y 60 AÑOS PARA TAREAS COMUNES, PERO
ESTO ES PARA MUJER, ENTONCES PARA HOMBRE SERIA 65 AÑOS, O SEA LA FORMULA
ES UN EJEMPLO Y TENES QUE IR CAMBIANDO LOS VALORES DE ACUERDO A LA ACTIVIDAD
DESARROLLADA

PERO COMO TU PADRE FUE TAXISTA, TENES QUE IR REEMPLAZANDO LOS VALORES
LA FORMULA ESTA BIEN, PERO TENES QUE IR CAMBIANDO LOS VALORES FIJOS, PORQUE PARA TAXISTA DIFIEREN CON LA DE LA FORMULA, TE PASO LOS REQUERIMIENTOS PARA PROPIETARIOS DE TAXI,
Y PARA LA RELACION DE DEPENDENCIA, FIJATE SI LAS TAREAS EN CERT. DE SERV.
DICE ALGUN DECRETO DE INSALUBRIDAD O ESTAN COMO COMUNES SI ES ASI, NO LA PODES
PRORRATEAR



22. TAXI
Decreto 629/73 (vigente desde el 1.1.74), Art.1º: Tendrán derecho a la jubilac. ordinaria con 60/30, los propietarios de automóviles de alquiler que exploten personalmente y en forma habitual sus vehículos.
Art. 2º. Las personas mencionadas en el art. anterior deberán acreditar en forma fehaciente ante la Caja Nac. Trab. Aut. el ejercicio de actividades comprendidas en el presente decreto en las condiciones fijadas en el citado artículo. Res. 664/74 CNTA: art. 1º. Se deben acreditar los servicios con la certificación municipal que acredite la titularidad del taxi y la habilitación legal para conducir.
Art. 2º. En lugar de la certificación municipal se podrá presentar constancia de autoridad nacional, provincial o municipal que haya tenido a su cargo el control de los vehículos y la habilitación para conducir.
Art. 3º. La acreditación de los servicios y la modalidad de su prestación podrá hacerse por otros medios de prueba, excepto la declaración jurada o la prueba testimonial exclusiva.
 #307976  por Lorenaavellaneda
 
Hola, como andan?
Estoy necesitando la ordenanza 31420 del GCBA, si alguien la tiene a su alcance o sabe los requisitos de edad y servicios para dicha actividad (en la certificacion de servicios figura actividad riesgosa, Punto 4.7 - ord. 31420 - Carpintero), les pido una mano para ubicar la actividad ya que en Internet no la encontré por ningún lado. Muchas gracias. Saludos
 #313080  por PICASSO08
 
Hola soy nuevo en esto y necesito hacerles una consulta tengo una carpeta de un hombre que nacio el 28/09/46 es decir que esta por cumplir los 63 años, y trabajo 15 años como chofer pero no tiene ninguna certificacion, solo tiene los recibos de sueldo donde figura que es chofer y la empresa no existe mas; mi pregunta es si puedo jubilarlo y si me pueden enviar como funciona los prorrateos y mandarme el programa para poder hacerlo.-
Desde ya muchas gracias.-
Lucio Picasso
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 8