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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #900658  por Jacko17
 
Estimados, buenas tardes.

Alguien sabe si las planillas de relevamiento que confeccionan los inspectores del MTEySS prescriben?? no encuentro al normativa que regula la accion de "fiscalizar" ni si lo actuado prescribe o no.
Tengo dos casos en donde una inspeccion es en 2008 y otra en 2007!

Saludos!
 #901906  por Ro2012
 
En provincia de buenos aires 10149 art 50, dos años salvo interrupcion por juicio.
 #904504  por maximartinez
 
hola analia estuve leyendo un poco y mi caso es bastante similar al de la mayoria, tengo una multa de $5000 por tener un supuesto empleado en negro que en realidad es mi amigo, me cubrio 2 dias porque yo estaba enfermo y cayo justo el ministerio. me pasarias el modelo que vos hiciste y yo lo adapto?
cual fue el resultado de tu apelacion?

muchas gracias por leer

maxi
 #912121  por llamgo
 
Hola Analia , tengo un caso similiar al del post en donde le aplican una multa a mi cliente porque consideran mal registrado a alguien que prestaba tareas como monotributista. Se que ya has enviado un modelo de apelacion en un caso similar . Te pediria si sos tan amable de facilitarmelo atento que me vence la semana entrante. Desde ya muchas gracias!!
 #929030  por LUZBELITO
 
Hola Analia, me sumo al igual que mis colegas al pedido del famoso escrito, te comento que me llego un cliente el cual le cayo una inspeccion del ministerio nacion, y la empleada estaba registrada como domestica y justo en ese momento la empleadora salio a la farmacia y dejo a la domestica a cargo del negocio y cayo el ministerio, al margen si nuestros clientes mienten o no, luego del relevamiento se hace el descargo, el cual no lo realize yo y tampoco pude ver el acta de relevamiento, y resulta que luego llego la multa por 10.000 pesos y me quedan pocos dias para contestar, de los 15, y en la resolucion me dice a lo ultimo que "la presente resolucion podra ser inpugnada administrativamente por la via prevista por el art. 10 inc a de la resolucion del mtess nº 655/05modificada por la resolucion nº 37 del 29 de enero de 2007.......... dentro de los 15 dias habiles adm.....
por lo que he leido sos una generosa integrante del foro por lo cual desde ya muchas gracias por tu ayuda y comentarios
 #933554  por RomiA
 
Hola foristas!
Tengo un caso similar.
Se labro un acta en Moron porque 2 trabajadores tenian una fecha de ingreso anterior a la registrada.
Llego una cedula donde se lo intimaba a que presente dentro de los 5 dias un descargo por escrito con prueba.
Dentro de los 5 dias lo presento diciendo que los trabajadores estaban bien blanqueados, que se pusieron "nerviosos".
Luego llego la sentencia que dice que el empleador no se presento a la audiencia (que audiencia??????? creo que no se entero) y se lo declaro rebelde.
Se le pone una multa de $ 9000.
Me lo trajeron ayer el caso. No se que hacer. Hago laboral, pero nunca hice temas del ministerio.
Se que tengo que impugnar la sentencia, que tengo 15 dias.
Pero no se mas.
Alguien tiene un modelo???
Analia?
Mil gracias!!!!
 #933929  por RomiA
 
Si, el escrito esta sellado en plazo. Es el descargo, pero ahi no ofrecieron ninguna prueba.
Deberia haber una citacion a una audiencia?
Mi cliente dice que fue una vez, pero que no quedo constancia.
 #933938  por analiaTorres
 
Supongo que todos las delegaciones del ministerio funcionan de la misma manera... hay dos cosas...
Una... que es extraño que no le llegara cédula de citación a una audiencia.. ya sea para presentar su descargo por escrito o en forma oral y aportara pruebas...
Tu cliente presento un escrito.. que ahora vos tenes que levantar.. no aporto pruebas de sus dichos... solamente baso en su defensa que los empleados estaban nerviosos...
Dos: para apelar tenes que pagar la multa.....
Con la mano en el corazón... este caso esta perdido... podes apelar igual.. sin pagar (para tirarte el lance) ... pero no podes alegar nerviosismo de los empleados... podes pedir una reducción de la multa.. atento que los trabajadores se encuentran en blanco.. y presenta una declaración de ellos con la firma certificada ... alega que no sos rebelde.. y que nunca le llego una citación a audiencia alguna... pero lo veo verde...
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