Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • HONORARIOS SUCESION 1 SOLO INMUEBLE

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #438436  por diegogvillamayor
 
las valuaciones de las inmobiliariras tomaran en cuenta, en el unico caso que asi lo hice paso eso.
igual me pidieron la cedula catastral.
Pero por un tema con mi cliente, se aclaro que todo se hacia con valores reales, y en un escrito se pidio regulacion en base a esas tasaciones ya presentadas.
ojo que aumenta todo lo que es aportes, tasa, sobre tasa y demas cosas.
si no esta hablado te van a querer matar.,
 #439199  por fabidoc
 
Parece que es bastante común.- Hoy pasé por 2 inmobiliarias y en las 2 me preguntaron si era para presentar en sucesión...
Gracias, voy a ver que resulta. En provincia las valuaciones son mejores que en Capital, pero también los valores están muy desfasados de la realidad.-Total que si no pagan los honorarios el Juzgado no le libra los testimonios...
 #439405  por marielsg6
 
Con todo respeto a la totalidad de las opiniones de los colegas, realmente no todos los clientes son iguales y tenemos que ver con quien tratamos... tal vez una opcion, seria explicarles el tema de que la propiedad no tiene declarada su valor real de mercado ... y que como poco cobramos la regulacion de honorarios, que nunca es el minimo...esta en un 10 o 12 de la fiscal... tal vez no sea ni tan poco ni tanto..pero es una alternativa...saludos a todos!
 #444010  por Monig
 
mechi2008 escribió:Monig, no se como es la ley de honorarios en tu provincia, pero debe ser similar, en capital para pedir regulación haces una estimación (propia) del valor del inmueble, y de eso se da traslado a la otra parte, que presentará lo que crea conveniente. Si querés fundamentar un poco tu estimación podés acompañar alguna tasacio de inmobiliciaria reconocida, que obviamente te cobran por eso, porque son por escrito. La inmob. dará valores aproximados ya que no podrán ver el inmueble, por zona, metros, estado general, etc.
Espero te sirva. Saludos
Gracias Mechi por haberme aclarado tamaña duda. Era lo que no podía entender sobre el modo de tasar de las inmobiliarias. Tu respuesta me aportó una gran solución para un caso que tenía postergado.
 #447731  por adrianne
 
Hola a todos yo siempre pido tasaciones en inmobiliaria y le hago pedir tasacion tambien al cliente y pido regulacion judicial en una sucesion dde el acervo eran 100000 U$S me regularon $26000 yo no le cobre eso porque era un conocido pero lo mejor es ir a regulacion nunca baja del 8% del valor real besos Adri
 #599262  por santacruz2010
 
Respecto al tema en cuestión, tengo q pasarle honorarios a mi cliente por una sucesion de 1 solo inmueble en Capital, me han dicho varios colegas que estaba Ok pasarle el 10% del valor real del inmueble (es ganancial) + los gastos.. en cuanto a lo que fueron posteando me parece q me estoy excediendo.. quisiera saber sus opiniones.. Gracias!
 #599651  por fabidoc
 
Dejalo a regulación judicial. Y de ahí ves si querés hacerle una rebaja al cliente. No tenemos que ir por el mínimo (6%) que generalmente no es lo que regula el juez, por miedo, porque siempre va a ver alguien dispuesto a hacer el trabajo por menos de lo que cobre uno.
Por lo menos aquí quedan con la duda. Aunque una estimación se le dá, obvio. :D.
Aclaro que en Capi es más o menos lo que regulan.(el 10%)
 #600104  por GAVA
 
Entiendo lo de pedir la regulacion, pero especialmente en las sucesiiones los clientes quieren saber de antemano cuanto vamos a cobrarle, jamas me paso y tengo muchas sucesiones en mi haber que un cliente deje librado ese tema al momento de la regulacion, creo que en este tema especificamente no podemos subestimar a los clientes.
Si me ha pasado que me consultan y luego vuelven a pelearme los honorarios con un presupuesto mas bajo, ahi les hago una atencion -nunca tanto como dice el presupuesto- pero me reconforta que vuelvan a plantearme el tema ya que ello demuestra que les interesa que el tramite lo haga yo. Distinta es la situacion cuando ya la relacion con el cliente no va mas ahi se pide regulacion de honorarios pero la verdad es que a mi me interesa cuidar al cliente si es que vale la pena. no?
 #600112  por fabidoc
 
EL tema planteado era un solo inmueble. Y se parte de la base que las valuaciones fiscales son bajas. Yo litigo en provincia de Bs:AS. EN qué le afecta al cliente pagarme sobre un valor fiscal de $100.000 si vendió la propiedad a U$S120000.- Hasta ahora no he tenido problemas. Saludos
 #983084  por Mary
 
Hola! Yo tengo que hacer la sucesión en capital y no quiero cobrar en exceso x que son parientes, es el 75% de un depto y el 50% de otro, yo pensaba en un 12% del valor real, pero de acuerdo con sus post es el 10 lo que correspondería, aclaro que viven afuera y me estarían haciendo un poder especia judiciall, gracias x sus comentarios.
 #983137  por DRA. MACA
 
Capital 10% del valor real.

Provincia entre el 13% y el 15% de la valuacion fiscal.

Mas gastos de inicio y despues los demas de todo sucesorio.

Si es un cliente que le parece mucho, lo dejo a regulacion y me desligo del problema, total el juez regulará.