Patricia27 escribió: ↑Mar, 21 Ago 2018, 16:12tenia cancelada la moratoria antes de abril/18? porque si cobra PENSION a $14.000. es superior a la MINIMA, la ley 24476 no tenia ese limite antes de la reforma....de ser asi QUE BUENA NOTICIA...liliana1 escribió: ↑Mar, 21 Ago 2018, 00:44 habias cancelado la moratoria obviamente ?Así es Liliana, cancelando de contado la moratoria.
Otra pregunta cuando habla de las incompatibilidades respecto a beneficios contributivos y no contributivos , refiere a los cobrados en el pais? digo esto porque tengo un cliente que cobra un haber previsional no contributivo en España y quiere jubilarse aca en Argentina ya que tiene muchos años de aportes en RRDD , le faltan dos años que puede completar con ley 24476.