ariel648 escribió:Si hablamos de que hoy el Salario minimo, vital y móvil es de $ 1440 a partir de Octubre de 2009 y de $ 1500 desde Enero de 2010 y la jubilación minima hoy es de $827 y que recién será aumentado a partir de marzo de 2010. Dónde esta el principio de proporcionalidad?. Indudablemente que los aumentos dados por ANSES para quienés perciben hoy la mínima son insuficientes.
Es entendible tu posición y no obstante sea justa o injusta la minima, es cierto que los aumentos generales del anses son insuficientes NO SOLO PARA LOS DE LA MINIMA SINO PARA TODOS.
NO importan que cobren la minima o 3 veces mas, el hecho es que a todos tienen que incrementarle el haber en base a las pautas constitucionales y los fallos jurisprudenciales, por eso en siempre solicito la inconstitucionalidad de la 26417 y solicitar la aplicacion del INGR para el periodo posterior al 29/02/09.
Recordemos que desde Badaro para aca, la Corte viene aceptando la movilidad (o como se dice en capa "perdida de poder adquisitivo") aplicando el INGR (badaro, elliff,zaragi, cirillo, beron, etc).
Respecto a la REMUNERACION, eso es otro tema, y aqui la Corte para los que obtuvieron el beneficio esta de acuerdo con la Actualizacion de remuneraciones al cese y aplicacion del INDICE SALARIO BASICO INDUSTRIA Y CONSTRUCCION (isbic).
Ahora bien, he leido en algun post por alli que hay una sentencia de primera instancia del juzgado 8 (y si no lo interprete), que el recalculo del haber sera el 70% de uno que esta actulmente en el mismo cargo y actividad, la verdad no entendi bien lo que se colgo en ese post, pero una primaria interpretacion me lleva a pensar que el magistrado feredal nos ahorra camino.
1.-NO hay actualizacion de haberes
2.- NO hay MOvilidad.
Basicamente determina, TOMEN UN ACTIVO AL DIA DE LA FECHA, CON LA MISMA CATEGORIA, LA MISMA FUNCION, LA MISMA ACTIVIDAD Y .....CALCULEN EL 70%, esa sera la jubilacion.
Se escapa de las Actualzaciones de Remuneraciones al Cese + la MOvilidad del periodo posterior a la obtencion del beneficio y dictamida (interpreto yo), tomar el informe de una persona que actualmente trabaja y a ese SUELD, le aplican el 70%. Si como bien dice el colega,el sueldo vital y movil asciende a 1440, hoy el minimo hoy seria de $ 1000 (70% segun sentencia de J8) y 1050 a partir de enero 2010.
No se como resuelve el retroactivo, pero infiero que no solo tomaran el ultimo SULEDO de un activo, sino todo sueldo desde el momento que adquirio el benefio y aplicar la tasa judicial correspondente y alli tendriamos el nuevo haber y el retroactivo.
Pero, llendo mas atras, este magistrado NO resuelve la ACTUALIZACION DE REMUNERACIONEs AL CESE. bue, siento lo extenso, pero al tener expedeintes en todos los juzgados federal, me llama la atención esta sentencia.
Slds