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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #690674  por periquita
 
guisil25 escribió:Hola: Le comento que tengo 42 años de edad, 10 años de aportes como administrativo en la Universidad de la Plata (no docente), y hace 7 años que trabajo como docente en provincia aportando al IPS, ¿docente primario, secundario, terciario, universitario, a cargo de alumnos?? ¿ a que edad podre jubilarme? según respuesta anterior ¿los 10 años de ANSES cuentan como años de SERVICIO en educacion provincial ??, o solo como aporte jubilatorio?, SI en fin deberia trabajar 18 años mas u 8 años mas? depende respuesta pendiente Muchas gracias¡¡¡
 #700529  por Anyweb
 
No es una Jubilación docente pero en este post probablemente sepan la respuesta.
Una Sra. trabajó como profesora en una Univ. Privada desde el año 91 al 93. Por los que veo en la CSR los salarios fueron bajísimos porque tendría muy pocas horas cátedra. Mi consulta es si esos años se pueden computar para la jubilación.
Gracias por la ayuda que me puedan brindar.
 #700540  por Anyweb
 
Gracias Periquita
Lo que ocurre es que no sé cual era el mínimo requerido.
En la CSR figura:
Año 1990 (9 meses) Total 349.000 Australes
Año 1991 Total 1.964.000 Australes
Año 1992 Total 240 pesos
Año 1993 (5 meses) 162 pesos
 #700543  por periquita
 
Preguntá en ANSES, ellos lo tienen o fijate al final de la 524 que me parece que está.

A lo mejor algún otro forista lo tiene presente y lo aporta.
 #701297  por Mlpino
 
Hola! supongo que debes hacer jubilaciones de provinic apor eso te molesto, tengo una clienta enfermera de hospital provincial que tiene aportes previos en anses y ahora hace unos 10 años aportes en la provinicia. Quiere hacer lamoratoria por lso aportes que le faltan previamente a cumplir la edad jubilatoria para no tener descuentos en el haber.. por donde la hago por anses o ips?? si la hago por anses después en ips me reconocen todos los años??? GRACIAS
 #701670  por periquita
 
Mlpino escribió:Hola! supongo que debes hacer jubilaciones de provinic apor eso te molesto, tengo una clienta enfermera de hospital provincial que tiene aportes previos en anses y ahora hace unos 10 años aportes en la provinicia. Quiere hacer lamoratoria por lso aportes que le faltan previamente a cumplir la edad jubilatoria para no tener descuentos en el haber.. por donde la hago por anses o ips?? solo por ANSES, IPS no tiene esa posibilildad si la hago por anses después en ips me reconocen todos los años??? en principio sí pero OJO, tenés que repasar el tema del rol de la Caja Otorgante del beneficio que es aquella donde hay más aportes y en este caso sería ANSES. No se podría jubilar por el IPS
GRACIAS
 #701677  por fito657
 
Periquita, hay una nueva ley sancionada para los provincializados que le dá la posibilidad a estos con 15 años de provincia jubilarse por IPS independientemente que se tenga mas años de nación. Se que es por 180 días pero no se si publicó todavía en el Boletín oficial. ¿sabes algo?
 #701877  por genesis2011
 
Hola Kiara, soy de Nqn,hace poco comenzando en esta rama... tengo el siguiente caso . una selora de 54 años de edad, tiene 20 años trabajados en nacion en YPF, luego ingreso a la docencia tiene 12 años. En mediado de mayo queda fuera del sistema. en breve( se ha tomado todo tipo de licencias hace años tuvo una mala praxis en rodilla y nunca concigui un alta laboral para volver a su trabajo menos un cambio d efunciones... ya esta esta parte via judicial) .- ahora bien ya pedi el reconocimiento de servicios en educacion que me enviaron 12 años e indica pasado el tiempo de licencia que cobraba primero 100% depsues 50 y despues nada , puede acogerse a los beneficicos d ela jubilacion...) Entiendo que los docentes se jubilan a los 52 pero ella trabajo parte y parte no siempre en docencia. se podra jubilar juntando ambos años tabajados ???? la edad la tiene...
o le hago un retiro por invalidez?

desde ya gracias Kiara.-
saludo.Dra Tatiana.
 #702057  por periquita
 
fito657 escribió:Periquita, hay una nueva ley sancionada para los provincializados que le dá la posibilidad a estos con 15 años de provincia jubilarse por IPS independientemente que se tenga mas años de nación. Se que es por 180 días pero no se si publicó todavía en el Boletín oficial. ¿sabes algo?
Es como vos decís, se sancionó a fines de marzo pero aún no se promulgó, y por lo tanto no se publicó, habrá que seguir esperando....
Saludos fito.
 #702160  por Mlpino
 
Periquita, mil gracias por la respuesta. Aunque los últimos años sean en IPS la van a hacer jubilar por anses?? igual con la documentación voy a contar bien los años para no errarle. Gracias!
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