Como vas a hacer reimputación de pagos?. La Afip en su momento no quería tomarlo., además demora mucho el trámite y que va a pasar con el empleador? vas a decir que se equivoco de periodos?
alejandra01 escribió:PARANA. Es exactamente lo que voy a hacer con mis clientas que han pagado sdm.Ale:
Habrá que reimputar en afip. No sé como será el trámite, pero el iniciador el otro día me dijo algo de que se podía si los sdm pagados se superponían con plan jefes. Asi que a reimputar a períodos más nuevos se ha dicho...
y sí, obviamente, nos quedaremos sin ddjj..
Pero también podemos poner sdm en períodos como 2004 y 2005 que creo que no son tan caros, y nos dan una cuota un poco más baja...(sería algo así como buscarle el equilibrio a los importes..)
Lamnetablemente es un trámite bastante denso en la AFIP
Tenes que presentar un Form. 399 por cada mes indicando el período pagado originalmente y al que lo queres reimputar. Los firma tu cliente.-
lo malo es que tenes que presentar uno por los pagos del 102 y uno por los del 575
con mas fotocopias de los ticket de pagos
por lo que es mucho papelerío
