Hola. Mi consulta es la siguiente: a un cliente una empresa le envió una notificación para llegar a un acuerdo de pago por un credito que supuestamente sacó en una casa de zapatillas en 1993, que hoy día asciende a $ 2000. El dice que en esa época habia perdido el DNI, pero no le creo mucho ya que luego al preguntarle yo con que documentación creía que contaban los acreedores el dice que puede ser que tengan algo firmado por el. Mas allá de eso: el no puede oponer que la deuda está prescripta ya que data del 93 y este es el primer reclamo que recibe? Si no es así cuales serian los pasos a seguir? Gracias!
como lo planteas en la medida que el documento que intentas ejecutar, (cosa importante y que no aclaras cual es), lo haya firmado el deudor, poco importa si a esa epoca extravio o no el D.N.I., por otro lado si te guias por la prescripción generica, en mi modesta opinión te diria que si, la deuda esta prescripta.-
suerte