Amigos tengo un par de casos en los que pienso plantear la inconstitucionalidad del art. 16 del decreto 1694/09, atento que los accidentes (primera manifestacion invalidante) ocurrieron antes de la entrada en vigencia del decreto.-
El fundamento de mi planteo sera que el art. 16, es violatorio de los arts. 14, 14bis, 17 y 75 inc. 23 de la CN, todo ello fundado en lo resuelto por la corte en el fallo "Arcuri Rojas, Elsa c/Anses", entre otras cosas.-
El problema es como encarar el reclamo? mi intencion es que una vez que cobren la indemnizacion mis clientes, intimar a la ART el pago de la diferencia conforme el decreto 1694/09 y ante la negativa, intentar una accion de amparo planteando la inconstitucionalidad del art. 16., no se que les parece a Uds. ya que mi principal dilema es la cuestion formal.
Ademas tengo dudas respecto de donde iniciar el reclamo, es decir que juez seria competente en el mismo??
Bueno escucho cualquier idea al respecto, ya que es un tema que todavia no ha sido muy planteado, o en su defecto no ha sido resuelto a la fecha.
El fundamento de mi planteo sera que el art. 16, es violatorio de los arts. 14, 14bis, 17 y 75 inc. 23 de la CN, todo ello fundado en lo resuelto por la corte en el fallo "Arcuri Rojas, Elsa c/Anses", entre otras cosas.-
El problema es como encarar el reclamo? mi intencion es que una vez que cobren la indemnizacion mis clientes, intimar a la ART el pago de la diferencia conforme el decreto 1694/09 y ante la negativa, intentar una accion de amparo planteando la inconstitucionalidad del art. 16., no se que les parece a Uds. ya que mi principal dilema es la cuestion formal.
Ademas tengo dudas respecto de donde iniciar el reclamo, es decir que juez seria competente en el mismo??
Bueno escucho cualquier idea al respecto, ya que es un tema que todavia no ha sido muy planteado, o en su defecto no ha sido resuelto a la fecha.
