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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #587033  por enzo fernando costa
 
Estaba trabajando febrilmente en un caso de mi especialidad medicoasistencial, cuando se me ocurrió ventilarme un poco con la lectura de los periódicos on line. Y hallé motivo para tener que escribir más. Todos los grandes matutinos se ocupan de este "blooper" (¿o astuta avivada?) de alguien dentro del Ministerio de Salud, que dio a publicidad una "Guía para la atención de los casos de abortos no punibles", -novísima versión 2010- en la que podemos leer que:
"...el médico tratante debe pedir que se le exhiba constancia de la denuncia de la violación, o que la mujer suscriba una declaración jurada, según lo previsto en el acápite 6.3.2. supra (pág. 31)"
Y yendo a la norma referida, acápite 6.3.2., leemos :
"...Cuando el embarazo se hubiere producido como consecuencia de una violación, se debe solicitar constancia de la denuncia de la violación, si se hubiera interpuesto, o en su caso declaración jurada de la mujer..."
¡Qué manera astuta de legitimar el aborto libre, sin pasar por los fastidiosos trámites legislativos...!
Podrán encontrar el texto de esta "Guía..." en la URL http://contenidos2.tn.com.ar/2010/07/21/guiaaborto.pdf, donde lo "googleé" yo.
Por supu que esto merece ocuparse un poco más. Lo haré en mi blog, bajo el título: "SI CE N'EST PAS CLAIR..."
 #587190  por cdiriarte
 
Y... es lo que suponía de ésa nefastamente famosa guía práctica. ¿Qué otra cosa se les ocurrirá a nuestros beneméritos funcionarios? :evil:
 #587302  por DAL
 
En realidad, la guia era del Gobierno de Santa Fe, y relevaba a los médicos del deber de denunciar penalmente a las mujeres que acuden al hospital publico a atenderse luego de un aborto clandestino y tambien admitia que la interrumpción de un embarazo producto de una violación no sea punible, tal como surge del codigo penal. Porque convengamos, que nunca nadie me va a convencer que el legislador llamó "violación o atentado al pudor" como sinonimos, sienod solo pasibles sobre mujer idiota o demente, cuando dos articulos antes había tipificado claramente la violación, y nada tiene que ver con un "atentado al pudor".
Por lo menos acá y conforme yo aprendí en la facultad, la reticnecia de los medicos a practicar abortos en casos de violación, por más que la mujer tenga notorias muestras de haber sido ultrajada, provenían de una interpretación erronea de la norma penal, más directivas del codigo de etica de lso profesionales del arte de curar-
Creo que interpretar rectamente la norma penal, esto es, no es punible el aborto de un embarazo proveniente de una violación, suamdo a que no sea obligación de los médicos "alcahuetear" a las mujeres que se hicieron un aborto clandestino y buscan asistencia médica, podríamos estar mucho mejor, sin necesidad de permitir ni despenalizar el aborto.
 #587383  por enzo fernando costa
 
Hola, DAL:
En esta materia, gústeles o no a los juristas de biblioteca, los médicos se han comportado a lo largo de toda la historia con total autonomía, y sus decisiones han sido por lo general mucho más sensatas que las sanatas teóricas de las escuelas de derecho. Y si no, dale una leída al libro de Maximo Deysine que comenté tiempo atrás en mi blog, o leé memorias de famosos médicos, desde Alex Munthe en adelante. Si los guardapolvos blancos se han vuelto ahora timoratos, ha sido porque la aparición de las Obras Sociales y la Prepagas los han proletarizado a tal punto que han perdido su autonomía, y ante cualquier amague de complicaciones legales corren a esconderse bajo las faldas de los coordinadores...que a su vez corren a esconderse bajo las de los directores...que a su vez corren a preguntarles a los mandamases administrativos...que corren a batir todo por las dudas.
Hay un caso princeps en nuestro medio (creo que fue el "Caso Olivero", pero no logré a las apuradas encontrarlo en mis archivos; te lo debo. En ese caso quedó bien claro lo que desde el siglo XIX dejaron establecido grandes maestros de la Medicina, como Fournier: el secreto médico tiene un contenido cuasisacerdotal cuando ampara al paciente damnificado o autolesionado, y no admite ser relevado contra los intereses del mismo por ninguna orden judicial. ¡Tomá...!
En cuanto a que la norma del art. 86 C.P. debe cumplirse, no hay discusión. El "quid" de la cuestión es: ¿quién está legitimado para acreditar el cumplimiento del tipo penal...? ¿El médico...? Por supuesto que no. Entonces, el médico espera la orden judicial. Que en nuestra realidad, se eterniza, de modo que la autorización para abortar recae sobre un infante de dos años...por ejemplo.
En fin, es largo, y los plazos para entregar trabajo me asedian. La sigo en mi blog, cuando me dé el tiempo. Cordial saludo.
 #587429  por DAL
 
Es cierto, los tiempos judiciales son largos.
El problema es que nosotros partimos de la base que quien presenta o suscribe una declaración jurada de que ha sido violada para hacerse un aborto, esta mintiendo en haber sido violada y lo hace al solo efecto de lograr un aborto seguro y no punible.
Sin embargo, lo cierto es que el delito de violación es de instancia privada, y nadie puede ser obligada a denunciarlo, y debemos legislar para la regla y no teniendo en miras la excepción (siendo la excepción, la falsedad). Aunque sobre esto ultimo, Dr. House me va a decir que la mentira es la regla!!
 #587437  por GU
 
DAL escribió:Sin embargo, lo cierto es que el delito de violación es de instancia privada, y nadie puede ser obligada a denunciarlo, y debemos legislar para la regla y no teniendo en miras la excepción (siendo la excepción, la falsedad).
Excelente comentario. Justamente, como se legisla para la regla, no hace falta que sea el medico el que acredite el cumplimiento del tipo penal, para eso esta la declaracion jurada.

Si bien estoy a favor de legalizar el aborto, creo que es una contradiccion por un lado no permitirlo y por otro, autorizarlo en caso de violaciones. El caso en que peligre la vida de la mujer es distinto, porque en definitiva el bien juridico protegido es el mismo, la vida. En fin... me fui de tema.

Salutes!
 #587470  por enzo fernando costa
 
Sí, DAL, el delito de violación es de instancia privada, pero la autorización para realizar el aborto toma carácter público, porque interesa a una vida de tercero, amparada por el principio de los arts. 63, 66, 67, 70, y cctes. del C.C.
No, no voy a decir que la mentira sea la regla, pero tampoco voy a hacer depender la vida de un nasciturus de una declaración jurada así nomás. Por otra parte, la decisión de ejecutar el aborto le corresponde al Magistrado, con anuencia del Ministerio Pupilar. No al médico. Éste practicará el legrado, si no tiene objeción particular de conciencia: será la mano, no el cerebro jurídico de la decisión.
Aclaremos desde ya: no pretendo dármelas de moralista; tengo bien claros los papeles, y un criterio nada ortodoxo sobre el tema "ético-moral". Pero se requiere analizar muy bien caso por caso: la carga para todos los intervinientes es muy gravosa. Espero disponer de tiempo para explayarme más luego. Saludos.
 #587480  por enzo fernando costa
 
Ah!, se me quedaba en el tintero: todo este embrollo formidable que armó el Ministerio de Salud se debe a que básicamente confundió los sujetos y el fin teleológico de la norma penal del art. 86 C.P.
La norma tiene como sujeto al MÉDICO, y apunta teleológicamente a exonerarlo de responsabilidad penal por llevar a cabo el aborto subsiguiente. Nada más.
Pero de la forma en que se tramó la "Guía Técnica para la Atención de Abortos no Punibles", el médico viene a ser el gil de goma que va a creer que POR SÍ puede tomar la decisión de eliminar una vida en gestación. La mano más rápida que el ojo... Es como introducir el aborto libre por vía medicinal.
Fijate que en el Clarín de hoy, el padre Alberto Bochatey, director del Departamento de Bioética de la UCA, en seguida se avivó de la segunda intención, y lo hace notar. Así que no soy yo solo el que vislumbra el truco....
 #587494  por DAL
 
La noticia se dio distnta en Rosario que en Capital.
Aca se aclaró que era un protocolo de actuación a los medicos de establecimientos publicos. Un protocolo nuevo, que actualiza el que ya había. Cuando lo leí me llamó la atención lo de la declaración jurada, pero el resto me pareció normal.

Ahhh, por las dudas, yo estoy EN CONTRA del aborto, en todas las circunstancias. Pero con los años, me voy dando cuenta de que las circunstancias son muchas, y no puedo imponer mi criterio a todas las circunstancias.
Me opongo a permitir el aborto, no creo que el estado deba garantizar aborto seguro, y gratuito como pretenden varias feministas, pero no creo que punir a la madre sea una gran solución tampoco. Cada vez creo que punir a la madre, con pena de prisión, es desacertado. Yo estaba en la facultad cuando se derogó el tipo penal de adulterio, y me horroricé, y por más que me decían que ello no implicaba permitir el adulterio, yo no lo entendía. Hoy la mayoría de mis amigas, y la gente, entiende que no punir y permitir es lo mismo. Nosotros sabemos que no.
Igual cuando pienso estas cosas se me viene a la mente el hijo que adoptó mi amiga hace un año. Yo leí su expediente y la madre biológica ingresa al hospital relatando que su embarazo es fruto de una violación y que lo ocultó a su familia y que por ello quería darlo en adopción, y así lo reiteró a todas las instancias donde fue interrogada (tribunales, minoridad, medico legista). NO se si esto es verdad, pero ella lo tuvo en un hospital y hoy ese nene es el hijo de mi amiga. Cada vez que lo veo al gordo le doy gracias a esa mujer que tuvo los huevos suficientes para encarar el embarazo y soportar toda la burocracia que trataba de que ella no diera a su hijo en adopción, y tenia en mente casos de bebes muertos encontrados en los contenedores de basura. Y pienso que suerte que no abortó. Y que suerte que no lo mató, y que suerte que lo dio en adopción. Lejos me parece la opción más moral, ética y responsable que se puede tener. Pero si realmente fue violada, el bebe no tiene la culpa, esto es claro, pero podemos obligarla a tener el embarazo si ella firmemente no lo quiere??? Realmente para mí el caso de violación rompe con todas las reglas sobre aborto. Y esta bien que sea un aborto no punible. Y debemos también aceitar los mecanismos existentes para que exista la alternativa de la adopción sin tortura burocrática. Pero reitero, tampoco debemos legislar pensando en que todas las personas que dicen ser violadas mienten, porque las que verdaderamente lo han sido, han pasado por algo atroz, y requiere comprensión. Tal vez el aborto, en ese caso, sea lo que preserve su vida.
 #587518  por Amorina
 
En Chubut, esa guía que no fue, es ley desde hace unos meses
 #587527  por enzo fernando costa
 
Interesante saberlo, Amorina; pero imagino que allá, que son pocos y se conocen todos, habrán puesto las cosas en claro. Acá, en la ciudad de Cabalandia y sus alrededores, somos alrededor de 14.000.000 de habitantes, y los médicos deben andar por la matrícula 150.000. El embrollo rioplatense puede ser gigantesco; y a río revuelto...
 #587531  por enzo fernando costa
 
Estimado DAL: por supuesto que el tema del aborto tiene numerosas facetas, que no se pueden observar desde el ping-pong instantáneo de un foro. Creo que quienes damos el grito de alerta estamos pensando en la ecuación: mujer embarazada + invocación simple de violación + llenado de un protocolo de declaración jurada de víctima = aborto libre "a sola firma" (y flor de lío para los médicos intervinientes, cuando todos los funcionarios del hospital público se fuguen por los fondos en un pandemonium de "sálvese quien pueda", y los dejen "pegados" a ellos). Tengo experiencia en esos lavados de manos.
 #587550  por ezequielunr
 
Coincido con la vulnerabilidad del médico a la que refiere el Dr. Costa. Mismo tema, años atrás se planteó con respecto a la mala práxis, nadie las hacía, hoy hasta el recién salido de la facultad lo promociona como una de sus "especialidades".
Respecto del aborto mi opinión, solamente el terapéutico, que ciencia y profesional determinen si hay riesgo de muerte y en ese caso, no habiendo otra alternativa... bueno, la solución.
El resto me parecen intercambios subjetivos inconducentes e infundados y me banco la típica e impotente afirmación de quienes me dicen "vos porque sos hombre" :roll: .
 #587572  por Euje
 
Estimados, valoro las opiniones de todos. Pero seamos claros en algo solo hay dos excusas legales que tornan no punible el aborto en Argentina: 1)Aborto Terapéutico y 2) Aborto Eugenésico. Y solo por ley de la nación puede modificarse el Código Penal. Esa guía del Ministerio de Salud (que circula por lo menos desde el año 2008) y cualquier ley provincial que legitime el aborto fuera de estas dos excepciones son inconstitucionales. Y cualquier medico o profesional de la Salud que aborte tomando como base dicha guía esta delinquiendo.-
Agrego lo que me enseñaron en mi querida UNC (Córdoba): El aborto eugenésico previsto en el art. 86 inc 2 C.P. es para el caso de violación de mujer con discapacidades mentales (idiota o demente). Cual es la razón: evitar la proliferación de descendencia que padezca los mismos problemas que la madre. Cuestionable o no esta era la ratio legis de la norma (ley 11.179) y nuestro legislador de principios de siglo pasado estaba preocupado por poblar este país y que ello ocurriera con gente que no padeciera problemas mentales o deficiencias ( Eugenesia es la ciencia que estudia el perfeccionamiento genético de la descendencia). Además dos cuestiones mas: 1) “Violación y Atentado al pudor” son lo mismo para el legislador que creo la norma, solo con una violación puede quedar embarazada una mujer. Con cualquier otro significado que se le dé a la frase "atentado al pudor" que no sea sinónimo de violación, no queda embarazada ninguna mujer. En todo caso puede haber una relación de genero especie, pero igualmente el genero se subsume en la especie, por la razón ya expresada. y 2) Solo se trata de violación a mujer discapacitada mental (Idiota o demente, como dice la norma).-
Por lo tanto la supuesta interpretación, según la cual se puede abortar cuando hay violación de una mujer que no padece problemas o alteraciones mentales no es un caso de aborto no punible.- Por que como bien destacan Uds. esta interpretación –la de la guía- es abrir la puerta al aborto libre y si el legislador así lo hubiese querido no hubiera regulado el caso de la mujer idiota o demente, sino directamente la violación de toda mujer. Se entiende ¿??
Finalmente estoy en contra del aborto. Y a favor de la educación sexual. El mayor problema, cuantitativamente hablando, es el caso de las mujeres humildes, muchas veces del interior , y en especial del norte de nuestro país, que viven una situación de total subordinación a la figura de su pareja masculina, y así viven quedando embarazadas con todo lo que ello implica, pues su realidad cultural las subsume en una situación de dependencia y aislamiento que las priva de su derecho a elegir tener un hijo o no. Muchas de estas mujeres terminan muriendo por abortos ilegales, practicado en la total clandestinidad en el medio del monte. Pero esto no se termina con la legalización del aborto, sino con la educación sexual y programas de planificación familiar.-
El tema es largo, solo pensemos que el ser mas vulnerable del mundo es quien no puede defenderse y todos estuvimos en esa situación al principio.-
Gracias por compartir sus ideas y tolerar las mias.-
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