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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #623978  por sog
 
En un laboral de capital en el cual acredito haber diligenciado embargo e inhibición gral de bienes pidiendo se ordene cedula para notificar las medidas al demandado, el proveido sale con "tengase presente y hagase saber" Estos actos no deberían notificarse por cédula? Si el juez lo saco así, yo ta cumpli con mi obligación de notificar?
 #623986  por dradilella
 
Hola, si en el fuero civil te lo hacen notificar, pero a mi me paso que en el laboral a veces me hacen notificar la efectivización del embargo y a veces no, ponen como vos decis un tengase presente. Asi que no podes notificar. Saludos.
 #623988  por sog
 
Muchas gracias