Buenas, soy nuevo en el foro. Les comento que la semana pasada me he ausentado dos días del trabajo por una festividad judía (año nuevo). Me han dicho que me van a descontar esos días. Pero gente me comentó que la ley de trabajo contempla estos feriados laborales. Es por esto que les quiero consultar en donde está contemplado, en qué artículo de cual ley...
Cualquier información será bienvnida.
Sds.
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