Buenos Dias Colegas. Soy nueva en el fuero y bastante inexperta. Tengo un 1er caso que me derivo un contador amigo.
Resulta que estoy patrocinando a un contribuyente al cual la AFIP le inicio un Jucio Ejecutivo por una deuda por la que el ha entrado en moratoria dias antes de la notificacion de la demanda.
Bien, el caso es asi: Me presento en el expte, contesto demanda y opongo la excepcion correspondiente.
El asunto es que, suciamente, el colega de la Afip, al recibir el traslado de la excepcion interpuesta, no solo me "puentea" (quiero decir, no se contacta conmigo para negociar) sino que ademas, lo llama a mi cliente PARA APRETARLO.
Logicamente, entiendo que se dio cuenta al recibir el traslado y la documental que el jucio ejecutivo que incio es improcedente... y trata de asustar y chatajear a mi cliente ( dejandome afuera,reitero) diciendole cosas como que " si le lleva X cantidad de dinero lo arreglamos, dejo sin efecto el juicio y bla bla bla"...
Ok, el tema es que quiero pedir la caducidad de instancia ante la inaccion de la actora (que presumo que no impulsara mas el proceso), con costas a cargo de la actora, claro esta. Por el 310 del CPCCN se que en estos procesos el plazo es de 3 meses corridos... El escollo es que no se desde que fecha computarlos (perdon por mi torpeza), si los cuento desde la fecha de inicio de la demanda, o desde que la actora quedo notificada del traslado de mi contestacion...
Y, logicamente, luego de que todo termine y libere a mi cliente... ire al Colegio de Etica...
Gracias!
Resulta que estoy patrocinando a un contribuyente al cual la AFIP le inicio un Jucio Ejecutivo por una deuda por la que el ha entrado en moratoria dias antes de la notificacion de la demanda.
Bien, el caso es asi: Me presento en el expte, contesto demanda y opongo la excepcion correspondiente.
El asunto es que, suciamente, el colega de la Afip, al recibir el traslado de la excepcion interpuesta, no solo me "puentea" (quiero decir, no se contacta conmigo para negociar) sino que ademas, lo llama a mi cliente PARA APRETARLO.
Logicamente, entiendo que se dio cuenta al recibir el traslado y la documental que el jucio ejecutivo que incio es improcedente... y trata de asustar y chatajear a mi cliente ( dejandome afuera,reitero) diciendole cosas como que " si le lleva X cantidad de dinero lo arreglamos, dejo sin efecto el juicio y bla bla bla"...
Ok, el tema es que quiero pedir la caducidad de instancia ante la inaccion de la actora (que presumo que no impulsara mas el proceso), con costas a cargo de la actora, claro esta. Por el 310 del CPCCN se que en estos procesos el plazo es de 3 meses corridos... El escollo es que no se desde que fecha computarlos (perdon por mi torpeza), si los cuento desde la fecha de inicio de la demanda, o desde que la actora quedo notificada del traslado de mi contestacion...
Y, logicamente, luego de que todo termine y libere a mi cliente... ire al Colegio de Etica...
Gracias!
"Todos somos ignorantes. Pero no todos ignoramos lo mismo" (Albert Einstein)