Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Dedicación exclusiva

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #640392  por drmarcelop
 
Trabajo desde hace años en relación de dependencia en un organismo descentralizado del Estado Nacional, relacionado con la investigación agropecuaria. Hace tiempo, cuando me recibí y me matriculé, descubrí en toda su dimensión algo sobre lo que ya tenía una vaga idea: que mi matrícula, por esa circunstancia está absolutamente bloqueada, en otras palabras no puedo ejercer la profesión de forma independiente. Siempre supe que en algo me limitaría, pensé por ejemplo que no podría ir a litigar en contencioso administrativo, una situación análoga a la que tienen mis colegas de alguna fuerza de seguridad, que por obvias razones no pueden litigar en sede penal, pero nunca que el bloqueo fuera absoluto, estaba seguro que tendría alguna limitación de ejercicio pero no tan al extremo. Como en todo llega un día en el que te lo pones a pensar mejor y me pregunto ¿dónde está mi libertad constitucional de trabajo o de asociación? por ejemplo. Estoy cada día más seguro que el bloqueo de mi matrícula, por las razones que sea que tenga la APN, es inconstitucional. ¿Algún me puede arrimar opiniones, sugerencias, experiencias??? desde ya quedo agradecido.
 #689888  por Grace7564
 
Yo tambien trabajo en un organismo descentralizado del estado. Lo unico que no se puede es patrocinar a un particular contra el estado, pero en otros casos si se puede hacer uso de la matricula. En mi recibo de sueldo dice en uno de los rubros dedicacion exclusiva, pero eso no significa bloqueo de matricula.
 #690161  por doctoreduardo
 
Yo también trabajo en la Administración Pública y el impedimento es en juicios donde tenga parte el Estado de manera directa o indirecta. Pero por ejemplo, he llevado y llevo algunos casos de materia civil y ningún problema. No existe tal bloqueo de matrícula.
Saludos
 #694406  por neldam
 
Me parece que hay algo que debe quedar en claro. El bloqueo de la matricula generalmente se refiere a no ejercer en forma particular cuando esas tareas profesionales deban tener relación directa con el organismo o repartición donde el agente se desempeña.

Por ejemplo, un arquitecto no puede firmar planos particulares y presentarlos en obras particulares municipales si este se desempeña dentro de la órbita de obras particulares, pero sí puede presentar planos en obras públicas provinciales, o realizar cualquier trabajo profesional que no tenga que ver con con la repartición.

un agrimensor o ingeniero no puede presentar planos particulares en catastro, si éste trabaja dentro de su órbita, pero sí puede hacerlo en cualquier otro contexto.

Esta situación está enmarcada en lo que se llama incompatibilidad con la función pública y a nivel consejo profesional con el código de ética.
 #694506  por Squonk
 
A ver si entendi:
Estuviste pagando religiosamente tu matricula todos estos años y nunca te informaron que estaba absolutamente bloquedada?
 #694680  por neldam
 
Vuelvo a repetir el comentario porque es algo que conozco bien. No decís quien te informó que tu matrícula está totalmente bloqueada, lo que es falso, eso no puede ser.

La incompatibilidad se da cuando tus tareas profesionales se relacionan con tu repartición, pero no para el resto.

La única forma de que puedas tener un 'bloqueo total de la matricula', es la de adherirte a una 'dedicación exclusiva' en la administración pública, esto es, si preferís que tu sueldo se aumente un 30 ó 40 ó 50 % más por dedicación exclusiva, entonces declarás una renuncia a toda actividad profesional fuera del organismo. Y a veces se le informa al colegio profesional de tal situación.

Pero ese sería el caso en que vos voluntariamente te sometas a la 'dedicación exclusica' y hagas tácita el bloqueo de tu matrícula. Eso significaría que con lo que te pagan por la dedicación exclusiva no necesitás ni te conviene ejercer afuera. Pero es una elección del profesional, no una imposición.

La dedidación exclusiva y el pago de la misma debe estar reglamentada mediante un decreto o una resolución, de lo contrario te han mentido.