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  • Reapertura de mediación. Bono y acta de cierre.

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 #673411  por APVA
 
En el caso de una reapertura de mediación porque se omitió citar a una de las partes, ¿alguien sabe si es necesario volver a pagar el bono?

En el caso de que no se hubieran presentado ninguna de las partes a la audiencia (una de ellas porque fueron varias veces del correo y no encontraron a nadie y por lo tanto le dejaron aviso), en el acta debe constar que la mediación se cierra por "imposibilidad de notificar" o "por incomparecencia de las partes"?

Ultima pregunta: si el domicilio al cual se citó a una de las partes es el fiscal (el que surge de su constancia de CUIT), ¿se entiende bien notificado?

Muchas gracias!!
 #673477  por emn
 
Hola

Soy Norma
Abogada-Mediadora Judicial Inscripta en el Ministerio de Justicia de la Nación desde el año 1997.-

En caso de re-apertura de Mediación tenés que abonar nuevamente el bono, como así también las notifiaciones.-

Si la Mediación fué notificada por Correo Argentino, éste hace dos (2) intentos de entrega y deja su aviso de visita en cada uno de ellos.-
El destinatario de la CD deberá pasar a retirarla dentro de los 5 días hábiles.- En caso de no retirarla, regresa al Remitente.-
Para la Ley de Mediación dicha persona se encuentra legalmente notificado,por lo tanto la Mediación se cierra por incomparecencia en caso de que no concurra a la misma.-

Se notifica la fecha de Audiencia de Mediación al domicilio real.-

Espero te sea útil la información.-

Saludos
Norma.-
 #673773  por APVA
 
Norma, te agradezco mucho la respuesta.

Con respecto a la notificación al domicilio fiscal de uno de los codemandados, el inconveniente que tengo es que sólo tengo ese domicilio (que entiendo coincide con el real pero no lo sé con seguridad). Sin perjuicio de que debería notificarle la demanda al mismo domicilio que al que le fue notificada la audiencia de mediación, ¿me obligarían a reabrir nuevamente la mediación siendo este domicilio el que surge en la AFIP?
Desde ya muchas gracias por tu ayuda.
 #769377  por gero
 
hola, para el caso de haber cerrado la mediacion por no comparecencia, cuanto tiempo tengo para iniciar juicio por alimentos? gracias
 #769397  por enzo fernando costa
 
Hola, APVA:
Te doy mi encuadre de los temas , sin pretender ser apodíctico, ya que estamos estrenando nueva ley de mediación, reciencito reglamentada, y hay que masticarla un poco y digerirla con tiempo.
Me parece tus planteos caen en áreas de silencios de la ley, o "agujeros negros", como suelo llamarlos en broma.
Que en la reapertura de la mediación por omisión de una parte demandada haya que pagar nuevo arancel parecería ser la lógica (aunque discutible), teniendo en cuenta la avidez del fisco, que siempre debe tenerse por descontada;
En cuanto a si el "aviso de visita" del correo configura notificación válida, opino que no; porque de ser así también daría lugar a la prosecución de la multa, y no se ve que queden cumplidos los requisitos de la reglamentación para ello. Así que creo que corresponde declarar la "imposibilidad de notificar" en el acta como causa de finalización de la mediación, que el juez deberá reabrir intrajudicialmente luego.
 #774606  por libertador
 
Estimada Norma y colegas en general, les cuento lo que me sucedió a ver que opinan: soy designado como abogado en un juicio ya iniciado, en donde se declaro la cuestión como de puro derecho y se fijo una audiencia de conciliación como medida de mejor proveer.

Advierto sobre la marcha y a tres días de la audiencia, que la notificación cursada "POR EL MEDIADOR, NO POR LA PARTE" (PRIMER ERROR) fue realizada a un domicilio erróneo, confundió un número y la misiva jamás llegó. Lo tuvieron como no presentado a la audiencia de mediación a mi cliente y los juicios comenzaron, se contestó demanda y todo.

Que me aconsejan, CORRESPONDEN LA REAPERTURA DE LA MEDIACIÓN Y LA NULIDAD DEL TRASLADO DE LA DEMANDA POR HABER SIDO EFECTUADA EN UN DOMICILIO DIFERENTE AL DENUNCIADO ANTE EL MEDIADOR? Me parece que es lo correcto (al menos en cuanto a la erapertura).

Finalmente, pienso aconsejar a mi cliente de no asistir a la audiencia fijada, no me parece que tenga consecuencia alguna. Que piensan?
 #775683  por enzo fernando costa
 
Opino y coincido en el sentido de la exigibilidad de la reapertura de la mediación ; pero por un principio de realidad y economía procesal no me parece pertinente la nulidad del traslado de la demanda. Entiendo que sería de buena fe procesal la comparecencia de tu cliente a la audiencia de conciliación, si esta vez fue debidamente notificada.
 #775689  por libertador
 
Querido colega, le cuento lo sucedido: decidimos finalmente no comparecer y pedir ademas de la reapertura la suspension de la audiencia.

Presente un escrito de 20 hojas solicitando lo propio, que fue resuelto en el día y en casi tres renglones: En atención a la proximidad de la audiencia fijada a fs. x no corresponde hacer lugar a la suspensión solicitada. A lo demás, atento el estado de autos (ver fs. x) se
desestima el pedido de reapertura de mediación.
 #775762  por enzo fernando costa
 
Hola, libertador:
Bueno, te diría que aunque contraría la aplicación rígida de las normas, en realidad era previsible ese proveído. Si no entendí mal, la cuestión se plantea como de puro derecho: ¿a qué mediar entonces...? O corresponde, o no corresponde, es una clara disyuntiva judicial. La litis está trabada, puro sentido de realidad. Por otra parte, la audiencia de conciliación asegura una -al menos en teoría- inmediación judicial que sin duda es mejor que cualquier mediación, así la haga el mismísimo William Ury. Me parece que lo mejor es que te concentres en sacar el mejor provecho posible de esa audiencia, con un sólido planteo jurídico. ¡Suerte, y al toro!, como dicen los españoles.
 #775766  por libertador
 
Agradezco tus apreciaciones. Finalmente no concurrimos a la audiencia de conciliacion, y ahora debo decidir si apelar o no. Realmente entiendo que la ley me asiste, pero me parece una barbaridad que por más razones de economía procesal se alejen de lo que dice expresamente la ley: la habilitación de la vía judicial está condicionada a la realización de la mediación, no hay interpretación posible....
 #776155  por enzo fernando costa
 
Sí, estimado libertador, pero la interpretación de las leyes no se agota en el análisis gramatical de las mismas: es muy importante la dimensión teleológica y sociológica del encuadre interpretativo. La mediación no es una institución sacrosanta de inspiración divina: cumple la pedestre finalidad de suplir una inmediación judicial y una propuesta conciliatoria que por motivos diversos -plétora de trabajo, falta de presupuesto, burn-out judicial, o lo que fuere- los códigos mandaron siempre, pero es letra muerta. Entonces, alguien tiene que hacerlo, y se copió al mediador anglosajón...pero en versión "obligatoria" Río de la Plata, con todas las chapucerías de nuestros hábitos, como chingarla en la notificación, que es lo que perjudicó a tu cliente. Pero si el Tribunal decide cumplir con la facultad conciliatoria que desde los principios de nuestra codificación adjetiva le competía...¿dónde está el gravamen irreparable...? Más bien me parece que deberías concentrar tu recurso en exigir el apercibimiento del mediador descuidado, y la nulidad de su actuación, con todas las consecuencias arancelarias correspondientes. En fin, como decía Nimo, al menos así lo veo yo...
Un cordial saludo.
 #1029100  por ludovica1
 
Pregunto:
Tengo que hacer reapertura de una mediación en provincia de Buenos Aires luego de haber cerrado la misma ya que antes de promover la demanda verificamos que uno de los codemandados fue mal citado. Tengo que volver a notificar a todos al reabrir la mediación o solo a ese codemandado?, volver a citar a todos implica un gasto importante y ya dejaron claro que no hay acuerdo. Y entiendo que solo debería citar al que quedó afuera.
Gracias de antemano por sus respuestas!!!
 #1187446  por vanesafernandez
 
El tema es así mi cliente quisiera poder arreglar en una mediación. pero la misma no le fue notificada nunca. Una por estar incompleto el domicilio y la segunda vez plazo vencido. Le llega ahora la demanda. Puedo solicitar se reabra la mediación.
Por otro lado. Desde que se cierra un acta de mediación. Cuando tiempo tengo para iniciar el juicio (es por un daños)
Gracias