Hola, soy nueva en el foro. Espero poder ayudar en lo que pueda. Quiero empezar mi estadia con una pregunta. Para hacer una pensión por fallecimiento estoy aplicando la ley 24476 para comprar los 30 años ya que se trata de un aportante irregular. El problema que se me presenta es que desde los 18 años del fallecido y 09/93 no hay 30 años (faltan 2).
Estos años pueden pagarse de contado. Si es asi como se calcula, es en el mismo sicam donde lo inscribo en la moratoria.
Desde ya les agradezco su atención.
Dra. Campos Marcela
Abogada
Estos años pueden pagarse de contado. Si es asi como se calcula, es en el mismo sicam donde lo inscribo en la moratoria.
Desde ya les agradezco su atención.
Dra. Campos Marcela
Abogada