Estimados colegas, tengo que iniciar un amparo contra IOMA, que tiene su sede central en La Plata, yo queria iniciarlo en Lomas por una cuestion de celeridad y disponibilidad. Es competente Lomas por el art. 5 inciso 3 que dice que en las acciones personales la competencia es en primer lugar donde debe cumplirse la obligacion?? Esto ya que el afiliado es de Lomas de Zamora. Espero me saquen del apuro. Exitos a todos
Estimado:
Así es, yo lo hice en un amparo contra IOMA unos dos años atrás, y lo tramité en Morón.
Lo que si te recomiendo es que leas la ley provincial que regula IOMA....eso al margen de la CN, y algo que me enseño el funcionario interviniente en ese momento, es que hagas reserva de demandar a la provincia de buenos aires que tiene una ley de protección de las personas discapacidas o enfermas y carentes de recursos
Despues contame
saludos!"
