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  • Ceder partes de una propiedad

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 #750682  por Ignacio2011
 
Estimados los consulto para comentar un caso.
Situación: 1 Propiedad, a nombre de 5 hermanos, uno fallecido y con 1 hijo (casado antes de que sus padres compraran la casa y la pongan a nombre de los 5 hermanos).
El padre de familia fallecio, la madre de los 5 vive junto a 2 de los hermanos que ya son mayores de edad.
Mi consulta es, estos dos que viven con la madre en la propiedad en cuestión quieren que 2 de sus hermanos les cedan sus partes, pero sin abrir sucesión porque la esposa y el hijo de su hermano fallecido no saben de que heredan esa parte del padre. La idea es tener todo preparado para el día que la esposa e hijo reclamen su parte pagarle la correspondiente y escriturar a nombre de los dos que viven en la casa junto a la madre. Que pueden recomendar! Muchas Gracias.
 #750888  por dramcflores
 
lo q se puede hacer es una cesión de derechos la cual puede ser a título gratuito u oneroso a favor de los hermanos q viven en la casa, para q en el momento de iniciar la sucesión presentar esta cesión. La cesión se debe hacer ante escribano público y la verdad no tengo idea del precio, es una idea, espera otras
saludos cecilia
 #752700  por MariaAna16
 
Si hacés cesión sin abrir sucesión, sin que esté la Declaratoria de herederos, la cesión puede caer. No se pueden ceder Derecchos Hereditarios que no se tienen.
Un heredero sólo puede ceder sus derechos hereditarios cuando una Declaratoria de Heredero lo instituye. Además nuestro derecho prohíbe desheredar a Herederos Forzosos.
Tenelo en cuenta.