Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • A MERCED DE LA MALDAD DE TERCEROS

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #768633  por fito657
 
Ustedes compañeros del foro se dieron cuenta que todos quedamos a tiro de un malvado de que nos haga un aporte de sdm y no solo nos arruine el beneficio de la declaración jurada del art 3 sino que nos mandaría al oscuro mundo de la verificación de sdm con todas sus implicancias donde opina el cartonero baez sobre si yo tengo o o no derecho a jubilarme.
Nunca vi algo así. Se supone que anses tiene abogados que asesoran.
Por lo pronto hay que darle derecho al titular a DESESTIMAR APORTES DE SDM AL JUBILARSE .
 #768639  por molinag
 
fito657 escribió:Ustedes compañeros del foro se dieron cuenta que todos quedamos a tiro de un malvado de que nos haga un aporte de sdm y no solo nos arruine el beneficio de la declaración jurada del art 3
Siempre fue asi.....como autonomo tambien, no es condicion excluyente de sdm que el aporte te modifique el art 3....
 #768643  por fito657
 
Pero con sdm se hace muchisimo más facil porque al no haber inscripción alguna previa con solo saber el cuit de la persona se le hace el aporte y despues quien te cree que vos no fuiste.
 #768646  por molinag
 
fito657 escribió: porque al no haber inscripción alguna previa con solo saber el cuit de la persona se le hace el aporte y despues quien te cree que vos no fuiste
con saber el nombre y apellido sacas el cuil/cuit, vas a constancia de inscrpicion ( page afip) y tenes la corroboracion de que esta inscripto, si queres perjudicar a un R:I, lo podes hacer igual, la unica diferencia es el valos del sdm, y del autonomo...
 #768659  por arandu2
 
fito:

Separemos las cosas.

Si te hacen falta los periodos los invocas y los peleas a muerte.

Si no te hacen falta , los renuncias, como vos decis seguun circular 56 y 30.
 #768669  por fito657
 
Hola arandu, no podés renunciarlos porque intenté hacerlo ya que eran posteriores a tener 30 años invoqué la 30/10 porque todavía no existía la 56/11 y me dijeron "NO" a verificación de cabeza. Por lo que tengo entendido (tengo otro caso igual) la 56/11 dicen que al inicio no y que tiene que ir igual a verificación.
 #768716  por noelin
 
A MI EN LA UDAI ME ACONSEJARON EN ESE CASO SOLICITAR NO SEAN CONSIDERADOS ESOS AÑOS DE SDM. ES LO MISMO, PERO ME SALIO BIEN.
 #768725  por fito657
 
Hola noelin, por lo que leo hay udai que son más accesible a ésto, yo no tuve suerte y no tengo muchas chances que me toca otra por el domicilio. Lo lógico sería que en todas estos aportes pudieran ser desestimado por el titular cuando le complican un trámite en el que sobran aportes.