Hola a todos!
A una clienta mía,docente de una escuela privada en Prov. Bs.As., la escuela le realiza los descuentos a la obra social OSDOP.
Cuando su esposo quedó sin trabajo, ella lo declara y lo pone a cargo.
Como necesitaba trabajar, tomó el cargo de secretaria en una escuela pública y al declarar su grupo familiar a cargo, IOMA le efectúa los descuentos también.
Ahora bien, a mi clienta no le interesa pertenecer más OSDOP porque sus médicos de cabecera atienden por IOMA, pero pese a los reclamos efectuados ante OSDOP
para que sus descuentos vayan a IOMA, le contestan que eso no se puede hacer, y que la única posibilidad que tiene es estando separada judicialmente o en caso de fallecimiento.
(Ella está felizmente casada y de ningún modo pretende dejar sin cobertura a su esposo).
Es esto tan así? No es que cada uno puede optar por la obra social que desee?
( Conozco gente que deriva sus aportes a la prepaga de su cónyuge sin ningún problema)
Por favor si alguien me puede ayudar, se lo agradezco mucho.
Saludos.
A una clienta mía,docente de una escuela privada en Prov. Bs.As., la escuela le realiza los descuentos a la obra social OSDOP.
Cuando su esposo quedó sin trabajo, ella lo declara y lo pone a cargo.
Como necesitaba trabajar, tomó el cargo de secretaria en una escuela pública y al declarar su grupo familiar a cargo, IOMA le efectúa los descuentos también.
Ahora bien, a mi clienta no le interesa pertenecer más OSDOP porque sus médicos de cabecera atienden por IOMA, pero pese a los reclamos efectuados ante OSDOP
para que sus descuentos vayan a IOMA, le contestan que eso no se puede hacer, y que la única posibilidad que tiene es estando separada judicialmente o en caso de fallecimiento.
(Ella está felizmente casada y de ningún modo pretende dejar sin cobertura a su esposo).
Es esto tan así? No es que cada uno puede optar por la obra social que desee?
( Conozco gente que deriva sus aportes a la prepaga de su cónyuge sin ningún problema)
Por favor si alguien me puede ayudar, se lo agradezco mucho.
Saludos.