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  • CUANTO COBRO?: GUARDA. ADOPCION, INSCRIPCIÓN, ETC.

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #807664  por fabius
 
Estimados colegas y Foristas:
Mi pregunta es porque vinieron a verme unos clientes (futuros adoptantes) que quieren que los represente para:
. que un juzgado les de en guarda una criatura (por ahora solo les dio una vinculación).
. que consiga que el juzgado inscriba en el registro a la criatura (hasta ahora no fué inscripto).
. que vaya monitoreando la causa por abandono de personas que de oficio el estado le inició a los presuntos padres biológicos
. que consiga la adopción de esa criatura.
La ley de aranceles dice 20 IUS, pero no dice nada de todo el resto de las cosas que como en este caso se deben hacer.
Desde ya muchas gracias. Fabius.
 #807727  por fabius
 
Gracias FabianaA: 20 IUS es aproximadamente 3000. 00 pesos (tres mil). Mi pregunta es si esta suma incluye además de la adopción: la guarda, la inscripción en el registro de las personas y el seguimiento de la causa penal?
Gracias.
 #807851  por diegogvillamayor
 
Perdon pero no se permite hacer pacto de cuota en estos temas, pero si convenio de honorarios.
Por otro lado 3000 me parece poco.

Saludos
 #807905  por fabius
 
Gracias también a vos diegogvillamayor!!!
Me parece que voy a intentar hacer un convenio por unos 5.000.00, pagaderos como dice FabianaA, en cuotas mensuales.
Si alguien quiere agregar algo más: BIENVENIDO SEA!. FAbius.