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  • VENTA DE INMUEBLE POR PRESUNTO INSANO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #826883  por maratta
 
Amigos tengo un caso complejo: me viene a ver una clienta cuya madre en el año 2008 vendió su único inmueble, a una abogada que lo tenía embargado (embargo ejecutorio por honorarios que le debía ya su abuelo a su padre, también abogado). Le estában pagando en cuotas, y eso mas o menos mantenía parada la ejecución. LO TERRIBLE de todo esto no es la venta, sino que la mamá gastó todo el dinero, y no sólo eso, se puso a arreglar esa misma propiedad donde todavía habita. En estos años, esa abogada le hizo firmar un contrato de comodato, y después, a modo de compensación por los arreglos que hizo en esa propiedad, le hizo firmar una ampliación del plazo del comodato. Ahora ya inició juicio de desalojo por comodato. Se celebró la audiencia preliminar (juicio sumario), la mamá se presentó sin abogado, y la causa se declaró de puro derecho.-
Desde el año 2006 mi clienta no tenía contacto con su madre, ya que tuvieron problemas de familia. La mamá vivía sola con su hija de 13 años. Ahora al enterarse, mi clienta fue a verla a su madre, y me comenta que ella no tiene conciencia real de todo, deja todo en manos de dios, a la vez es prepotente y está muy tranquila. Al contrario, quiere ir a juicio con la compradora de la casa. (?!)
Mi idea es hacerle una insanía, y de ahí en más atacar el contrato de compraventa por vicio del consentimiento. Pero alguien por ahí me dijo que la insanía no prosperaría porque ella dirijía su persona y bienes. En todo caso sería una persona irresponsable, o una mala comerciante, etc. (ya que con la plata de la venta de su casa, alquilo un local, instaló un ciber, y a los pocos meses cerró el ciber, le remataron las computadoras y fotocopiadora por deudas de alquiler, etc.
Quisiera saber sus opiniones, más que nada para frenar el inminente desalojo. Esto está muy avanzado.-
SALUDOS A TODOS!!!
 #827283  por Tiburcio
 
En ninguna parte del relato decís que el precio de la venta fué vil.
Pero, de todas maneras, si había una ejecución la abogada no podía comprar la casa y la venta es nula (art. 1361 del C.Civil).
De todas maneras, la nulidad importa devolver el precio recibido. ¿Tiene fondos para eso? Parece que no.
Declararla insana...
Convencete primero vos de que la señora necesita protección en ese sentido.
No pareciera el caso, como bien señalás en tu mensaje.
Se me ocurre que la clienta llegó demasiado tarde.
 #827412  por Cecilia1964
 
Si yo no entendi mal la deuda corria a favor del padre de la abogada (tambien abogado) por lo cual la compra por parte de la ultima colega seria legal...
No creo q corra una insania porque que hubo acciones de la señora que demuestran absoluta cordura... reparar su casa, abrir comercios, hacer compras... q le haya ido mal no implica q este insana no?
Creo q nada podes hacer...Y por el tiempo q aparentemente corrio de las deudas de esta mujer y, sumale, sus posteriores errores, creo q es hasta justo q la gente se cobre de donde algo queda...
A la hija sugerile que se ocupe de su madre, es lo q yo haria... Perdon, no suelo ser tan dura pero esto no lo veo de otra manera...
 #827469  por maratta
 
Tiburcio escribió:En ninguna parte del relato decís que el precio de la venta fué vil.
Pero, de todas maneras, si había una ejecución la abogada no podía comprar la casa y la venta es nula (art. 1361 del C.Civil).
De todas maneras, la nulidad importa devolver el precio recibido. ¿Tiene fondos para eso? Parece que no.
Declararla insana...
Convencete primero vos de que la señora necesita protección en ese sentido.
No pareciera el caso, como bien señalás en tu mensaje.
Se me ocurre que la clienta llegó demasiado tarde.
Estimado Tiburcio, agradezco enormemente tu aporte. Sin embargo, estudiando el art. 1361, no lo veo aplicable, si te estás refiriendo al inciso 6º que reza: (...Está prohibida la compra...) A los jueces, abogados, fiscales, defensores de menores, procuradores, escribanos y tasadores, de los bienes que estuviesen en litigio ante el juzgado o tribunal ante el cual ejerciesen, o hubiesen ejercido su respectivo ministerio; (...)
Esta abogada es una particular que compró el mismo inmueble que tenía embargado (embargo ejecutorio)... *abrazo*
 #827596  por Tiburcio
 
Parece que tenés razón:
El presupuesto contenido en el art. 1361 inc. 6° del CC refiere concretamente "al abogado en ejercicio de sus funciones", no resultando de aplicación en el caso que actue en derecho propio, es decir, en su carácter de acreedor de honorarios que le habían sido regulados y se encontraban impagos.-
CCI Art. 1361 Inc. 6
CC0000 PE, C 1254 RSD-89-95 S 6-10-1995 , Juez MARTIN (SD)

CARATULA: Gritti, Luis A. c/ Ozafrán, Manuel F. s/ Ejecución de honorarios s/ Incidente de nulidad de subasta
MAG. VOTANTES: MARTIN-GOMEZ-FRIGERIO
TRIB. DE ORIGEN: JC0100
:oops:
 #831204  por maratta
 
Estimados tengo novedades: Ayer vino la hija llorando y a la vez "contenta" puesto que se jugó la última ficha y llevó a su madre a un psiquiatra particular.Y así me comentó que en una entrevista de aprox. 45 minutos, el Dr. le confirmó que una insanía prosperaría perfectamente puesto que él, con la experiencia que tiene, ya pudo darse cuenta que esta señora padece una PSICOSIS CRÓNICA, y eso sería la base. Por supuesto que en sucesivas entrevistas, más profundas, irá encontrando mejor el cuadro. Les aclaro que el Dr. es médico legista con más de 25 años de experiencia, muy renombrado en este lugar.
Así que pienso que podría funcionar...
Saludos!!