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  • DEMANDA CONTRA ART. CONSEJOS!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #827313  por MARCO82
 
Hola comento un poquito el tema y espero puedas ayudarme.
Un trabajador (en blanco) hoy esta operado por a) tendinitis de codo, a su vez tambien fue operado (no se si hace mas de 2 años o no) del b) tendon de aquiles, tambien tuvo una c) hernia inguinal siendo operado y lo mande a hacerse una audiometria la que concluyo d) hipoacusia bilateral.
El solo quiere reclamar a la ART porque no quiere "ni molestar" al empleador (cobra un lindo sueldo). Y según sus dichos la incapacidad proviene del trabajo que realiza.
Si no me equivoco, de todos los problemas que tiene solo reconoce la ART la hipoacusia.
Aquí viene la primer duda: la empresa hacía examenes periodicos pero nunca los notifcaban fehacientemente de incapacidad alguna. Le decían "estas perfecto" y que firmara y listo. Por lo que nunca tomo conocimiento real de alguna incapacidad de oido (hasta ahora), pero me da un poco de miedo por el tema de la prescripcion que me presenten alguna documental firmada por el trabajador.
La segunda duda es por la hernia, ya que lo atendio un seguro, pero no le abonó nada y ya paso un año. Prescribio por ley de seguros? Puedo reclamar tambien a la ART?
La tercera duda es en cuanto a las enfermedades no enlistadas: el cliente cada vez que tenía un problema de salud debía dirigirse a una empresa de salud (que trabaja con las ART) la cual decide si es conveniente para el empleador enviarlo a la obra social o denunciar ante la ART (incluso dice eso en la pagina de internet!!!). Por lo que nunca obviamente nunca denunciaban nada a la ART.
Que me aconsejan para encarar el tema y reclamar la incapacidad de todo esto???, comento que soy de Rosario.
Cualquier consejo es bienvenido.
Saludos cordiales.
 #827355  por andresxeneizes
 
me parece que tenes que ir a hacerle el juicio a la ART por la incapacidad, salvo que hayan pasado mas de 2 años no prescribe, y lo firmado por el trabajador no le veo mucha validez si despues aparece una pericia que dice lo contrario
 #827381  por IVANNAOC
 
Opino igual que el anterior colega, Andres. Y agrego, buscate un medico legista y que te de un certificado donde consten todas las afecciones que tiene tu cliente con el grado de incapacidad y teclea nomas la demanda, pidiendo la indemnizacion con la clasica formulita, la inconstitucionalidad de la LRt y la impugnacion de lo actuado en sede administrativa, si hizo el tramite por ante la ARt y la CM de tu jurisdiccion. Al medico que te de el certificado ponelo como perito de parte y testigo de reconocimiento, entre la prueba. Y respecto de lo que haya firmado tu cliente, en lo laboral, es la parte mas debil, y se entiende que hay abusos por parte de las ART y las CM de cada provincia, ya que los trabajadores asisten sin asesoramiento juridico alguno en su afan de sanarse y de recibir la indemnizacion (de caracter alimentario) como damnificados que son. Hay fallos de la SCJN que asi lo dicen. Tengo modelo de demanda que presente hace poco. Si te sirve, ya sabes.
Suerte y saludos.
 #827384  por IVANNAOC
 
Me falto decirte que por la hernia y las enfermedades no enlistadas, tambien hay fallos (que son clasicos ya) de la SCJN que samarrearon el Decreto 1278/00 y se abrio una via de reclamacion para el reconocimiento de enfermedades no enlistadas.
Tengo los fallos, si los queres, te los mando.
 #827422  por MARCO82
 
gracias a todos.
En cuanto a la prescripción la duda es que validez tiene lo que ha hecho la empresa de salud intermediaria, porque siempre de todo inconveniente se debía atender con esta y puede tener documentacion que desconozco. Que se toma como primer manifestación invalidante? La primer consulta con el medico?.
Saludos y felices pascuas.
 #827427  por agentil
 
MARCO82 escribió:gracias a todos.
En cuanto a la prescripción la duda es que validez tiene lo que ha hecho la empresa de salud intermediaria, porque siempre de todo inconveniente se debía atender con esta y puede tener documentacion que desconozco. Que se toma como primer manifestación invalidante? La primer consulta con el medico?.
Saludos y felices pascuas.
En cuanto a las enfermedades laborales la prescripcion comienza a correr a partir de que el trabajador es despedido o deja de trabajar por cualquier causa, ya que a partir de ese momento deja de evolucionar la enfermedad.

Con respecto a lo que decis que firmaba examenes y resultados, eso te puede jugar en contra solo cuando vas por reparacion integral (art. 1074 cc) pero no cuando vas por la indemnizacion sistemica.

Tenes que demostrar la relacion causal de las enfermedades con su trabajo y la incapacidad, no mas que eso.

saludos!!
 #827452  por MARCO82
 
ok, muchas gracias.
dos cositas mas.
1) de la tendinitis esta operado y con yeso, tengo que esperar el alta medica para ingresar la demanda?
2) Ahora tiene un ART que es mas complicada que la anterior, si pruebo con fecha de los estudios medicos que la enfermedad surge con la ART anterior puedo demandar a esta?. Se que hay una pagina que dice los cambios de ART del empleador y la fecha, pero no recuerdo cual. Si alguien la sabe le agradezco.
Saludos
 #827458  por juancho888
 
Tengo un caso similar pero mi cliente es mi hijo, ja.... lo despidieron de Walmart, teniendo lumbociatalgia cronica, el medico legista consultado por mi, informó que tiene un 20% de incap., mi pregunta es (creo que ya lo contestó mas arriba Ivannoc), presentarlo como perito de parte y como testigo al medico legista, pero ninguno quiere presentarse luego, o sea, despues desisto del mismo, para que no lo presenten como testigo las demandadas?. si alguien tiene una sugerencia, muy agradecido.... y si me pueden pasar un modelo de demanda, lo agradezco desde ya.. esto es en capital federal...
 #827465  por cianuro
 
Tengo un caso parecido es de hernia de disco, pero mi cliente solo quiere demandar a ART no al empleador, les agradecería si me pueden pasar un modelo , y tengo una duda con respecto a si ya puedo demandar ART, porque mi cliente todavia esta con las sesiones de kinesiologia ,tengo que esperar que termine o ya puedo presentar la demanda.-
 #827882  por MARCO82
 
ok, muchas gracias.
dos cositas mas.
1) de la tendinitis esta operado y con yeso, tengo que esperar el alta medica para ingresar la demanda?
2) Ahora tiene un ART que es mas complicada que la anterior, si pruebo con fecha de los estudios medicos que la enfermedad surge con la ART anterior puedo demandar a esta?. Se que hay una pagina que dice los cambios de ART del empleador y la fecha, pero no recuerdo cual. Si alguien la sabe le agradezco.
Saludos
 #831030  por DAL
 
Todo un tema. La gente, en general, siempre piensa que todo es culpa del empleador. Me acabo de llevar el gran chasco de mi vida con un cliente que se quejaba de multiples dolencias en las manos, todas achacadas a su trabajo en una multinacional, hastat tiene una deformacion en los dedos notable. Cuando vamos a pericia, yo, la demandada, el perito de parte, todos, pero lo peor del caso, YO, me entero, nos enteramos, que el cliente es saxofonista y que las dolencias en las manos son compatibles en un 50% con las tareas desarrolladas, pero en un 100% con la practica del saxo. Tema que ni me comento, a pesar que sabia, claramente, que las deformaciones en los dedos se debian a eso, puesto que toda su familia esta integrada por musicos. Lo quiero matar, a el y al legista. Gaste 400 mangos (año 2009) en un informe de legista!!! Cambie de legista, obvio.


Bueno, catarsis terminada, les digo, hagan ver al cliente con un legista, y que el legista les determine lo siguiente:
a.- si el cliente tiene una incapacidad. La ART no indemniza "enfermedades" sino las incapacidades que estas, o los accidentes, dejan en el cuerpo de la persona,. No importa que enfermedad tenga, si no tiene incapacidad, no hay resarcimiento por ART.
b.- Si el cliente tiene una incapacidad, si esta es o sera de caracter permanente. No se indemnizan incapacidades no permanentes, estas se mantienen con otras prestaciones (medicas, farmaceuticas, etc). Si no va a quedar una incapacidad permanente, mas vale no meterse, porque cuando el caso llegue a pericia judicial, tener una pericia que diga 0% de incapacidad, juicio terminado, perdido, no le conviene a nadie. Y menos a nosotros, que vamos a riesgo.
c.- Si la incapacidad permanente. De cuanto es!!. Puede ser un 2, o un 40, o un 80. Usualmente el legista nos tira el maximo al que podemos aspirar, pero nos dice tambien un porcentaje menor que se consideraria aceptable. O tambien nos diria que no aceptemos nada por debajo de un punto determinado.
d.- Finalmente, pero no menos importante, EL LEGISTA NOS TIENE QUE DECIR QUE ESTA INCAPACIDAD, PERMANENTE, ES CAUSADA POR EL TRABAJO, POR LA FORMA DE DESARROLLAR LAS TAREAS, O POR CONSECUENCIA DIRECTA DEL ACCIDENTE, en su caso. Nosotros no podemos especular. Podemos versear en la demanda. Pero no podemos ser sujetos de verso! Tenemos que saber si nos vamos a meter en una demanda de estas, que son largas y dificiles y generan gran responsabilidad. NO podemos encontrarnos luego con que la incapacidad que tiene viene de una enfermedad inculpable que padecio de chico, o que esta sordo porque toda su familia lo esta, o que no fue el tunel carpiano dañado por las tares sino los años de practica en un instrumento.


Una vez que tenemos luz verde del legista, tambien tendremos "letra" de el para armar la demanda.
ACa podemos elegir entre presentar ese informe o reservarlo en nuestra carpeta, por si podemos sacar, con el correr del tiempo, una incapacidad mas alta. Otros abogados inescrupulosos, lo guardan para que si el perito de parte les sale como oficial, lo puedan conservar. Yo no hago eso, por supuesto ustedes, tampoco.


Respecto de ARTs anteriores, no se preocupen. Reclamen a la ultima. La ART misma tiene un sistema de responsabilidad respecto de las anteriores.

Si dudan, no duden en iniciar una medida previa de aseguramiento de prueba y pidan a la ART las constancias de los exámenes médicos practicados, dolencias constatadas, incapacidades determinadas. O mas concreto, como en el caso del consultante, que informen estudios de oido, que se determino en cada uno, si hay hipoacucia, desde cuando, etc.


Listo, con esto creo que quedan contestadas las preguntas de MARCO. Rosarino!! otro mas. Valga esto como respuesta a tu privado.
Me voy a comer!!!
 #831420  por andresxeneizes
 
DAL escribió:Todo un tema. La gente, en general, siempre piensa que todo es culpa del empleador. Me acabo de llevar el gran chasco de mi vida con un cliente que se quejaba de multiples dolencias en las manos, todas achacadas a su trabajo en una multinacional, hastat tiene una deformacion en los dedos notable. Cuando vamos a pericia, yo, la demandada, el perito de parte, todos, pero lo peor del caso, YO, me entero, nos enteramos, que el cliente es saxofonista y que las dolencias en las manos son compatibles en un 50% con las tareas desarrolladas, pero en un 100% con la practica del saxo. Tema que ni me comento, a pesar que sabia, claramente, que las deformaciones en los dedos se debian a eso, puesto que toda su familia esta integrada por musicos. Lo quiero matar, a el y al legista. Gaste 400 mangos (año 2009) en un informe de legista!!! Cambie de legista, obvio.
un garronazo es para matarlo, y decir que estabas en emocion violenta
 #833082  por MARCO82
 
DAL muchas gracias por tu aporte.
La verdad que ayudan mucho los consejos de gente con tanto conocimiento como vos.
Igual me quedaron algunas dudas:
1) Fue operado de tendinitis y esta con yeso, tengo que esperar el alta medica para ingresar la demanda?
2) Con respecto a la ART actual y anterior. Se que puede reclamar todo a la actual, pero la anterior es mas accesible para conciliar, pensas que si pruebo con fecha de los estudios medicos que la enfermedad surge mientras estaba vigente el contrato con la ART anterior puedo demandar directamente a esta?
3) Por ultimo, respecto del tema de la hernia inguinal de la que fue operado. Tiene un seguro aparte de la ART que contrata la empresa, pero el no presentó el reclamo y ya paso un año. ¿Prescribio por ley de seguros? Puedo reclamar esto tambien a la ART si demuestro la vinculación laboral?
Muchas gracias. (Por lo menos mi consulta sirvió para que hagas catarsis, jaja)
Saludos