Buenas tardes colegas, en esta oportunidad les escribo para que me den su opinion de un caso en el cual es un sucesorio donde represento a 4 de los 5 herederos. el sucesorio se dirimio por acuerdo en la etapa de mediacion homologado el mismo en el año 2009. posteriormente la hija del sr. al cual yo no represento presento un escrito acompañado con escritura publica donde su padre le cedia a ella los derechos hereditarios con usufructo vitalicio a su ex mujer. la escritura es del año 2007 pero la presentaron posteriormente ante el juzgado. la cuestion es la siguiente, en el acuerdo homologado esta parte presta autorizacion para la venta de un inmueble, quedando la obligacion de los demas coherederos de reservarle el 20% del producto de la venta. el problema se radica en que este sr. ahora le esta haciendo juicio de redargucion de falsedad a la escritura publica presentada por la hija y la ex esposa via civil, excusandose de que el fue declarado alcoholico y que no tiene efecto esa firma en el 2007. la cuestion es que yo presente un escrito solicitando la autorizacion a la venta del inmueble en cuestion con las cuatro firmas de mis respectivos representados, y sustituyendo la firma de la parte conflictiva transcribiendo el punto del acuerdo homologado que por ese acto el prestaba autorizacion a la venta. bien ahora el juzgado me pide un informe del reg. inmobiliario para saber si sigue a nombre del causante y ademas que luego pida que se libre oficio para traer copia certificada del expte de la redargucion de falsedad, y me dijeron que explique en una reiteracion del pedido de la autorizacion a la venta del tema de la mala fe manifiesta de esa parte conflictiva y que diga que el 20 % se hara un deposito judicial quedando a reserva del juzgado la definicion de a quien le corresponde. y que pida una medida cautelar de ejecucion preventiva de sentencia. esto es asi?? uds que opinan? muchas gracias por su tiempo desde ya.- saludos