Colegas estoy con un problemita, les comento hace un par de años inicie un alimentos en provincia por derecho propio ya que el hijo es mayor de edad, tenia en ese entonces 19 años, estábamos en la etapa previa con alimentos provisorios fijados, cerramos la etapa previa pero nunca presente la demanda, desgraciadamente entre idas y venidas recién ahora pude ubicar al progenitor, el tema es que la demanda nunca la presente, los alimentos cesaron de ipso iure, a los 21, hay alguna posibilidad que presente la demanda ahora peticionando alimentos hasta los 25 años ya que mi cliente estudia?- fundando la misma en las relaciones de familia.- alguno tiene fallos donde condenen al padre abonar alimentos a los hijos que superaron la mayoria de edad.- el progenitor nunca pago alimentos desde que los padres se separaron a los 8 años del menor en ese entonces. la madre nunca le reclamo alimentos por que le tenia miedo, y una vez mayor de edad ella si quiso reclamarlos por derecho propio. que me aconsejan? escucho opiniones. o mejor dicho las leo gracias
Hola, marielafernanez. Si pedís alimentos ahora vas a tener que reformular tu demanda, pues la obligación ya no surge de la patria potestad, sino de las relaciones de parentesco creo que el Art. 367 del CC en adelante.
Tenés que demostrar la falta o necesidad de medios suficientes de subsistencia y la imposibilidad de proveerselos por si mismo.
La cuestión de que el padre nunca aportó ya no viene al caso, pues en estos dos años, si no hubo movimiento en el expte, se entiende que fue porque no necesitaba la cuota, lo cual te deja a cero.
Espero te sirva. Éxitos.