Buenos Dias: les planteo el siguiente caso de pensión, para ver si les parece si resulta viable:
-El causante trabajó desde el año 1977 al 1994 como agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires. Falleció hace 2 meses. La concubina (solicitante) no puede tramitar pensión ante el IPS con los servicios detallados, pues de acuerdo a la Ley del SPB el causante debia contar con 25 años de servicios o hallarse en actividad.
Respecto a la posibilidad de tramitar el beneficio en Anses, está muy complicado, pues el causante no registra afiliación como trabajor autonomo, sin perjuicio de que no se si resulta posible comprar por moratoria 18 años (para superar los de pcia), pues en tal caso se estaría alterando el rol de Caja otorgante con la compra de años.
Bueno, espero opiniones!
Saludos!
-El causante trabajó desde el año 1977 al 1994 como agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires. Falleció hace 2 meses. La concubina (solicitante) no puede tramitar pensión ante el IPS con los servicios detallados, pues de acuerdo a la Ley del SPB el causante debia contar con 25 años de servicios o hallarse en actividad.
Respecto a la posibilidad de tramitar el beneficio en Anses, está muy complicado, pues el causante no registra afiliación como trabajor autonomo, sin perjuicio de que no se si resulta posible comprar por moratoria 18 años (para superar los de pcia), pues en tal caso se estaría alterando el rol de Caja otorgante con la compra de años.
Bueno, espero opiniones!
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