Vino un señor por el tema de un reajuste de haberes. Esta persona se jubilo bajo el amparo de la Ley 25994 (Jub. Anticipada por Desempleo). El calculo del haber le da una diferencia importante con respecto a lo que cobra actualmente.
La pregunta es la siguiente : en el reclamo adm. debo mencionar a la ley con la que se jubilo (Ley 25994) o directamente la ley 24241 ?
Desde ya muchas gracias.
La pregunta es la siguiente : en el reclamo adm. debo mencionar a la ley con la que se jubilo (Ley 25994) o directamente la ley 24241 ?
Desde ya muchas gracias.
