HOLA a todos! quisiera saber si alguien me puede ayudar con lo siguiente: Tengo un cliente jubilado en el año 1991, a partir de allí (despues de jubilado) empezo a dar clases en un colegio de la pcia de cordoba, ya lleva 24 años dando clases y tiene 74 años, la pregunta es no habria ningún inconveniente es jubilarse por la pcia? Sé que cuando los aportes son de manera simultanea la caja otorgante es la de mayor años y el beneficio es uno solo pero en este caso tengo dudas. Muchas gracias!
Ley 24241 = principio de beneficio único.
No puede jubilarse por la prov. de Córdoba teniendo la de ANSES.
Podría estudiar el caso, si cabe, de renunciar a la que tiene para acogerse a la otra.
Saludos
