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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #5683  por gabita
 
tengo un caso de un sr que no le dio la baja pero tampoco aporto resulta que fue al turno de anses y no me tomaron el tramite porque tenia deuda y no se puede renunciar por la ley 25321 porque no son periodos prescriptos es una nueva?
 #6020  por raúl moreno
 
gabita escribió:tengo un caso de un sr que no le dio la baja pero tampoco aporto resulta que fue al turno de anses y no me tomaron el tramite porque tenia deuda y no se puede renunciar por la ley 25321 porque no son periodos prescriptos es una nueva?

Estimada gabita: A mi modo de ver y entender, tiene que pedir se aplique cese ficto. Antes de esto, debe realizar en el SICAM los pasos correspondientes (aplicación Ley 25321). cordialmente. Raúl.
 #6021  por gabita
 
raúl moreno escribió:
gabita escribió:tengo un caso de un sr que no le dio la baja pero tampoco aporto resulta que fue al turno de anses y no me tomaron el tramite porque tenia deuda y no se puede renunciar por la ley 25321 porque no son periodos prescriptos es una nueva?

Estimada gabita: A mi modo de ver y entender, tiene que pedir se aplique cese ficto. Antes de esto, debe realizar en el SICAM los pasos correspondientes (aplicación Ley 25321). cordialmente. Raúl.
es lo que estaba hecho pero la que me atendio considero que exisitia deuda y no me lo tomo ni bajo insistencia ya me habia pasado en una afjp
 #6031  por raúl moreno
 
gabita escribió:
raúl moreno escribió:
gabita escribió:tengo un caso de un sr que no le dio la baja pero tampoco aporto resulta que fue al turno de anses y no me tomaron el tramite porque tenia deuda y no se puede renunciar por la ley 25321 porque no son periodos prescriptos es una nueva?

Estimada gabita: A mi modo de ver y entender, tiene que pedir se aplique cese ficto. Antes de esto, debe realizar en el SICAM los pasos correspondientes (aplicación Ley 25321). cordialmente. Raúl.
es lo que estaba hecho pero la que me atendio considero que exisitia deuda y no me lo tomo ni bajo insistencia ya me habia pasado en una afjp

Sra/rta Gabita: No conozco en detalle este caso. Aún así, me atrevo a indicarle que corrobore, si tiene deuda o no, en ese período no prescipto, después de haber efectuado las renuncias correspondientes. Atentamente. Raúl