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Un Sitio de Ley 

  • Que se puede hacer con el nuevo ABL de capital?

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #87603  por Felpudo
 
HOLA AMIGOS, ALGUIEN SABE SI SE PUEDE HACER ALGO CON EL AUMENTAZO DEL ABL QUE LLEGO CON MACRI A CAPITAL?, QUE SE PUEDE HACER CUANDO EL QUE TIENE QUE HACERSE CARGO DEL MISMO ES UN JUBILADO? DE $600 POR MES, SE LO LLEVARON A $2100. SI ALGUNO ME PUEDE ORIENTAR SE LO AGRECEDERE, SALUDOS PARA TODOS!!!
 #87675  por Pandilla
 
Hola Felpudo, primero habría que darle una vista a la Ley que hace referencia a los aumentos en el ABL, análizar si se la elaboró siguiendo las pautas fijadas por la Constitución de la Ciudad y si, a su vez, alguna de esas pautas no esta en oposición con algún artículo de la Constitución Nacional u otras Leyes Complementarias, tanto del Orden Local como del Orden Nacional.

Saludos, :lol:
 #87689  por Galatea
 
Estimados Colegas: creo que este impuestazo reviste caracter confiscatorio, violando por lo tanto claramente arts. de la C.N.; ademas de poner en peligro la salud, la vivienda, y otros derechos que la CN garantiza por cuanto resulta obvio que quien percibe $ 600 no puede afrontar un ABL que cuesta tres veces y media más que su haber jubilatorio. Indirectamente, se lo esta despojando de su vivienda, algo que el gobierno deberia garantizar.
 #87884  por Pandilla
 
Bueno, igual hay que ver si la Ley hace referencia a otras Leyes en las cuales se contempla la situación socio-económica de Jubilados/as y Pensionados/as u otras situaciones.
Creo que, entre otras opciones, se tendría que estudiar bien caso por caso, entre razones, porque, en su momento, una persona, debido a su por entonces bienestar económico, accedió a una vivienda que, en la actualidad, esta tasada en 150.000 o 200.000 dolares; pero, aquella bonanza económica, ya no es una realidad en la existencia actual de esa persona ni su edad o estado de salud le permite trabajar ni dedicarse a actividad económica alguna.

Saludos, :lol:
 #87904  por Galatea
 
Estimado Colega: Insisto en que ningun gobierno Nacional, Provincial y/o Municipal puede violar derechos que la CN garantiza. Aqui en provincia de Buenos Aires, tuvimos un caso similar pero con la entonces Aguas Argentinas, que, al colocar los medidores de agua las facturas mulitplicaron sus valores hasta alcanzar sumas siderales. Precisamente, en esto que expongo, los argumentos utilizados fueron los que ya expuse. No recuerdo los datos precisos, pero esto debe de haber ocurrido hace aproximadamente seis (6) años en Laferrere, La Matanza o algo parecido. Lamento no tener el dato preciso. Si alguien lo recuerda espero te lo haga llegar.

Saludos,
Claudia
 #87915  por Pandilla
 
Okay Galatea, pero, en esta situación ¿ cómo se aplica o se implementa esa violación a Derechos que la CN Garantiza....?. O sea, lo que quiero decir es que lo que Usted dice, digamos, como que casí se sabe: ¿ y después qué....?. Mire que hay departamentos ubicados en el Barrio de Recoleta habitados por Jubilados/as y Pensionados/as, que estan tasados en 500.000 o 700.000 dolares, en los cuales se pagan expensas bastante altas en términos de $$$. Igualmente, eso puede no significar nada, pues, "la Bonanza de ayer puede no seguir en la actualidad".
Ahora, ¿ cuál es el verdadero propósito de esa Ley....?:

1- ¿ Actualizar valores impositivos....?
2- ¿ Imnundar el mercado de propiedades que salen a la venta....?
3- ¿ Mandar a los que no pueden pagar a vivir los pobres con los pobres y a lo que pueden pagar los ricos con los ricos.....?
4- ¿ Otras opciones...........???

En fin, decir que una Ley tiene efectos confiscatorios, es decir algo, pero, a su vez, es decir poco. El Código Civil, el Penal, etcétera, también tienen efectos regulatorios y confiscatorios de nuestra Libertad, la cual esta consagrada y garantizada por la CN.
Por otro lado, sería de una gran utilidad que suba la información sobre los casos que mencionó, ( aunque sea algún dato de referencia ).

Saludos, :lol:

 #87937  por Galatea
 
Estimado/a: no entiendo el porque de su agresividad frente a mi opinion.

Sigo manteniendo firme lo que digo;luego como decida cada colega articular las acciones no es mi decisión y escapa a mi opinion.

Por otro lado seria usted tan amable de indicarme cuales son los arts. del codigo civil y/o penal que tienen efectos confiscatorios?

Demas esta decirle que no acostumbro decir"algo" ni decir "poco"; simplemente digo lo que pienso ó creo intentando colaborar con quien consulta, como usted lo habra hecho en muchas oportunidades.

Con relacion a las expensas que usted menciona, fijese que la naturaleza juridica es muy diferente a la de un tributo como ABL.

Por ultimo, con respecto a los datos de la informacion de referencia que usted me solicita, fijese que en la ultima parte de mi opinion digo muy claramente lo siguiente: "No recuerdo los datos precisos, pero esto debe de haber ocurrido hace aproximadamente seis (6) años en Laferrere, La Matanza o algo parecido. Lamento no tener el dato preciso. Si alguien lo recuerda espero te lo haga llegar".

Que tenga usted un buen comienzo de año y una buena feria.

Saludos,
Claudia Emma
 #87940  por Pandilla
 
Bueno, pero, no te enojes.

:roll: :arrow: :lol:

 #87942  por Galatea
 
Estimado/a: No me enojo ni mucho menos; simplemente le hago saber mi opinión como usted me hace ver la suya.

Saludos,
Claudia Emma
 #87946  por Pandilla
 
Bueno, Okay, pero opine diciendo algo, ( espero que no tome eso como una agresión ).

:lol:

 #87952  por Galatea
 
Bueno, Ok, lo tendre en cuenta, pero haga usted lo mismo (espero que no lo tome a mal)

Saludos,
Claudia Emma

 #87954  por Pandilla
 
Muy gentil de su parte, prometo esmerarme y ser un buen opinante.
Ahora, ¿ qué tal si relee mís preguntas?
:arrow: :lol:

 #87995  por Galatea
 
Justamente por eso se lo digo.
Saludos