Buenas tardes, les consulto si saben si es común en la actualidad que los contratos de locación comercial tengan cláusulas que prohiben que el contrato continue entre las partes en forma tácita o por acuerdo verbal, imponiendo una multa en caso de que así sea, para evitar que dejen fuera a los negociadores inmobiliarios. Entiendo que está bien esto, si tenemos en cuenta el artículo 1197 del cc, pero alguien conoce algo que se pueda decir al respecto, o con lo que se pueda pelear.
desde ya estoy muy agradecido.
desde ya estoy muy agradecido.
