Estimados Colegas:
Un trabajador fue privado de su libertad (se dictó prisión preventiva). El supuesto delito no fue cometido en ocasión del trabajo).-
Vino a verme su concubina para saber qué hacer.
PREGUNTAS:
1) ¿Debe notificar fehacientemente (SU CONCUBINA, NATURALMENTE) que está privado de su libertad denunciando la causa penal respectiva? ¿Si lo hace, no es esa una causa para que el empleador rescinda vínculo y lo despida con causa?
2) ¿Existe algún plazo durante el cual el empleador debe conservar el puesto de trabajo (si es que está obligado a hacerlo)?
Agardeceré me guien,
Muchas gracias
Un trabajador fue privado de su libertad (se dictó prisión preventiva). El supuesto delito no fue cometido en ocasión del trabajo).-
Vino a verme su concubina para saber qué hacer.
PREGUNTAS:
1) ¿Debe notificar fehacientemente (SU CONCUBINA, NATURALMENTE) que está privado de su libertad denunciando la causa penal respectiva? ¿Si lo hace, no es esa una causa para que el empleador rescinda vínculo y lo despida con causa?
2) ¿Existe algún plazo durante el cual el empleador debe conservar el puesto de trabajo (si es que está obligado a hacerlo)?
Agardeceré me guien,
Muchas gracias