Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • modelito inconstitucionalidad art. 4 Ley 26773

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #943196  por cordobaLawyer
 
Estimados estuve armando un modelo para solicitar la inconsticionalidad del art. 4 Ley 26773 para introducir una demanda apenas mi cliente cobre la incapacidad definitiva de la ART, ya que discrepamos en unos puntos con el dictamen oficial y lo reclamaremos judicialmente. Estuve sacando algunos fundamentos en base a lo que normalmente utilizo para solicitar la inconstitucionalidad del viejo art. 39 de la ley 24557, ustedes tienen algo mas o menos armadito como para cotejar? Yo no tuve aún la oportunidad de ver alguna demanda en el marco de la LRT modificada ni tampoco pude advertir si alguna edición actualizada de Shick la trae. Desde ya agradezco si algún colega me acerca algún modelito pero no creo que diste mucho de lo que antes hacíamos al solicitar la inconstitucionalidad del viejo 39.
 #987492  por sergiosky
 
tengo una duda, normalmente al demandar por la via comun tratabamos de sortear el art. 14.2 de la LRT que le otorgaba a nuestro cliente una prestacion dineraria inferior, para ello utilizabamos la formula vuotto o mendez, o dejabamos que sea el juez quien determinara la formula aritmetica al momento de sentenciar, siempre pensando que cualquier monto seria superior al que nos de el art. 14. 2 de la LRT.
pero he notado que muchos colegas aun habiendo iniciado demandas en plena vigencia de la LRT, es decir antes de la sancion de la nueva ley, pedian la aplicacion inmediata de los beneficios que otorgaba la ley 26.773 y dto. 1694/09, asimismo pedian la derogacion del art. 14. 2 de la LRT por perdida de razonabilidad en comparacion con la nueva norma.
pues como queda en aquellas demandas que se iniciaban por la via civil, es decir anterior a la nueva ley de riesgo. ¿como se hace la adaptacion a la nueva ley de riesgo? realmente conviene pedir los beneficios de la ley 26.773 o siempre la formula vuotto o mendez sera superior a la nueva ley?
digo... porque si me conviene... a todas las demandas por via civil que tengo aun en curso voy a pedir que se aplique inmediatamente los beneficios de la ley 26.773 y del decreto 1694/09 que es el que actualiza la forma de calcular las prestaciones dinerarias, por el incide RIPTE. pero no me la quiero mandar. quiero saber en cuanto se incrementa la prestacion por la nueva ley y si conviene pedir la adaptacion en una demanda que se inicia por la via civil y donde se pidio la formula vuotto, falta que la formula me de menos que si reclamara la vuotto.
gracias!!
 #988761  por dramar3
 
Estimados: necesito iniciar demanda por accidente de trabajo de un empleado que se encontraba en negro y con esto de la nueva ley estoy media perdida con las inconstitucionalidades.
Por un lado tengo que demandar al empleador por la reparación integral y por el otro ya no se puede reclamar subsidiariamente por la LRT? o se puede planteando inconstitucionalidad?
Les agradeceria si tienen un modelo de demanda para poder orientarme un poco sobre como reclamar, si ya tuvieron un caso parecido luego de la reforma.
Desde ya muchas gracias, los modelos de demanda pueden enviarlo a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com
 #1064778  por sergiosky
 
de la misma manera que demandabas por reparacion integral, pidiendo la incons. del art. 39 de la 24557, ahora demandas por reparacion integral, pidiendo la inconst. del art. 4 y 17 inc. 2 de la 26.773. yo pediria reparacion integral pero con la actualizacion del indice ripte
 #1083250  por leonardopastor
 
Estimados:
Alguien planteo la inconstitucionalidad de la obligatoriedad del Dictamen médico de la Comisión Médica para la determinación de la incapacidad (como pre-requisito para poder acceder a la justicia en cualquiera de los dos sistemas, adjuntando la notificación de la ART)?.