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 #947377  por fzanolo
 
Buen día colegas!!

Les quería hacer una consulta con respecto a una sucesión ya qude no es la rama del derecho con la que trabajo:

Una Sra. amiga de la flia me quiere obsequiar un lote. Son cuatro hermanos de los cuales uno esta muerto dejando su mujer y dos hijos. La sra junto con sus 2 hermanos vivos no tienen problema en firmar lo que sea para inscribirlo a mi nombre. El problema radiaca con los dos hijos del hermano fallecido que no quieren abrir la sucesión ya que no quieren realizar trámites que le recuerden al padre.

La escritura del lote está extraviada, pero al realizarle un informe de dominio, salieron los 4 titulares de dominio por partes iguales y el escribano interviniente.

Aquí las consultas:

1) Cuales son los procedimientos a seguir?
2) Tendría que abrir la sucesión del hermano fallecido y llamar a sus herederos (por más que no de quieran presentar?) o primero tramitar alguna nueva escritura?
3) Algún otro informe a realizar?
4) Podría hacerles firmar a los 3 hnos un poder general judicial para agilizar los trámites?


Desde ya muchas gracias por todo!!!!
 #947382  por ebarreyro
 
De hecho, no sólo no les haría firmar un poder sino que tampoco los patrocinaría. Y respecto de los herederos reticentes, puede iniciar la sucesión aunque ellos no quieran... de ahí a forzarlos a donar hay un abismo.
 #947404  por fzanolo
 
ebarreyro escribió:De hecho, no sólo no les haría firmar un poder sino que tampoco los patrocinaría. Y respecto de los herederos reticentes, puede iniciar la sucesión aunque ellos no quieran... de ahí a forzarlos a donar hay un abismo.
No entiendo lo que me decís. No les harías firmar ningún poder? mi idea era que figure como una compraventa y no como donación. Saludos y gracias
 #947518  por avani
 
la titularidad del lote corresponde a los tres hermanos que te queren firmar y al hermano fallecido? Que proporciòn tiene cada uno? si tuvieran un 25% c/u y fuera a tìtulo de bien propio tenès que considerar: que podès hacer una compra-venta pero solamente vas a adquirir (y te van a transferir) el 75% de la titularidad, porque el otro 25% corresponde a los sucesores del causante (hermano fallecido), es decir: a su esposa e hijos. Si tendrìas que iniciar declaratoria de herederos, pero mi consejo es que lo hagas patrocinando y no con poder. Espero que te sirva mi opiniòn, saludos.
 #947670  por fzanolo
 
avani escribió:la titularidad del lote corresponde a los tres hermanos que te queren firmar y al hermano fallecido? Que proporciòn tiene cada uno? si tuvieran un 25% c/u y fuera a tìtulo de bien propio tenès que considerar: que podès hacer una compra-venta pero solamente vas a adquirir (y te van a transferir) el 75% de la titularidad, porque el otro 25% corresponde a los sucesores del causante (hermano fallecido), es decir: a su esposa e hijos. Si tendrìas que iniciar declaratoria de herederos, pero mi consejo es que lo hagas patrocinando y no con poder. Espero que te sirva mi opiniòn, saludos.
Hola Avani, gracias por responder!! Si, el porción que le corresponde a cada uno es del 25%. Y al no tener escritura que debo hacer antes de la declaratoria de herederos? Saludos!!!
 #948866  por avani
 
Estimada, la declaratoria de herederos deberìa realizarse previo a la venta o cesiòn que le quieren hacer los herederos que representan el 75% de la titularidad del bien, el otro 25% corresponde a los herederos del causante fallecido que le pueden vender- ceder o no, en cuyo caso ud. adquirirìa la titularidad del 75% del bien solamente.
Sdos.