MIra en si no hay establecida en forma forma legal otra jornada que la que fija la ley 11544, si la pregunta es si esa actividad es insalubre te digo que no, por lo menos en la ciudad de Bs As y la Pcia no es insalubre. Pero si te puedo decir que en Cordoba hay un convenio colectivo especifico para esos trabajadores que establece una jornada maxima de 36 hs semanales. En la mayoria de los casos que yo conozco de aca ciudad y Pcia de Bs As la jornada acostumbrada no excece del 2/3 de la legal del cct 130/75 es decir 32 hs semanales( eso es para no pagarles la totalidad de la jornada de convenio) aunque ahora la jusrisprudencia esta estableciendo que a pesar de ello como la jornada normal de los telemarqueters es de 36 hs semanales ( y no las 48 hs) obligan a abonar en esos casos el 100 % de la remuneracion establecida en el convenio colectivo. Tambien tenes que fijarte si no se rigen por otro convenio, te doy el caso de los Bancarios cuyos telemarketers trabajan 30 hs por semana ( caso que lo se porque alli trabajan dos de mis hijos en bancos distintos) uno de ellos por las 30 hs le pagan ahora luego de reclamar desde hace largo rato el 100 % de lo que le pagan al que trabaja tiempo completo ( 7,50 hs por dia) y al otro le pagan solo el 75 % por ciento por el mismo horario amparandose la empleadora en un acuerdo firmado por la bancaria y los bancos que es ilegal ya que modifica derechos esytablecidos en la LCT que son mejores que los del acuerdo.
Abogado, Jurisconsulto y manyapapeles. Solo los estupidos y los fanaticos estan llenos de certezas, yo por mi parte estoy lleno de dudas.