Hola Colegas! Recurro a ustedes porque tengo poco y nada de practica profesional y se me presento una sucesión quizas algo compleja...
Sucesión del padre.
Herederos: dos hijos: A= con domicilio en el pais y B= con domicilio en España
Único bien: inmueble ganancial.
Cónyuge superstite (que recibe el 50% por socia conyugal)
1- Puede la madre hacer cesion de derechos a favor de A, excluyendo a B? (por cuestiones practicas...)
Me surge la duda porque legalmente se afectaria la legitima de B...
2- Teniendo en cuenta que B tiene domicilio afuera...y podria complicarse fiscalmente en un futuro vender la casa...Se podria omitir en la demanda sucesoria el domicilio de B, y denunciar solo su existencia??? (asi me eximo de notificarlo de la sucesion) y que salga la DH a favor de A (junto con la cesion que mencione antes)...y posteriormente por acuerdo privado (sin que conste en el expte. )" A" le de la parte que corresponda a B por la venta??
Por otro lado, coinciden conmigo que si no denuncio el domicilio, me eximo de notificarlo por exhorto?
3-Comento que esta toda la intencion de que B, reciba su parte en el sucesorio (en lo posible de forma privada), pero que este domiciliado afuera veo que es una complicacion, no solo fiscal, sino para el impulso de la sucesion y para la futura venta ya que B, no suele venir a este pais....
4- Aplicarian la renuncia de derechos o la cesion?
Que solucion tomarian ustedes?? Que coonsejo podrian darme¿¿
Desde ya, muchas gracias!!!
Sucesión del padre.
Herederos: dos hijos: A= con domicilio en el pais y B= con domicilio en España
Único bien: inmueble ganancial.
Cónyuge superstite (que recibe el 50% por socia conyugal)
1- Puede la madre hacer cesion de derechos a favor de A, excluyendo a B? (por cuestiones practicas...)
Me surge la duda porque legalmente se afectaria la legitima de B...
2- Teniendo en cuenta que B tiene domicilio afuera...y podria complicarse fiscalmente en un futuro vender la casa...Se podria omitir en la demanda sucesoria el domicilio de B, y denunciar solo su existencia??? (asi me eximo de notificarlo de la sucesion) y que salga la DH a favor de A (junto con la cesion que mencione antes)...y posteriormente por acuerdo privado (sin que conste en el expte. )" A" le de la parte que corresponda a B por la venta??
Por otro lado, coinciden conmigo que si no denuncio el domicilio, me eximo de notificarlo por exhorto?
3-Comento que esta toda la intencion de que B, reciba su parte en el sucesorio (en lo posible de forma privada), pero que este domiciliado afuera veo que es una complicacion, no solo fiscal, sino para el impulso de la sucesion y para la futura venta ya que B, no suele venir a este pais....
4- Aplicarian la renuncia de derechos o la cesion?
Que solucion tomarian ustedes?? Que coonsejo podrian darme¿¿
Desde ya, muchas gracias!!!
