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  • indemnizaciones por antiguedad y fallecimiento

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #967980  por adanita
 
segun el art. 262 de la LCT "Los privilegios de los créditos laborales se transmiten a los sucesores del trabajador". esto significa que se considera que todos los derechos que tenia de cobrar el empleado incluyendo antiguedad y preaviso (que no fue enviado debido a su fallecimiento) constituyen parte de sus creditos?
la viuda tiene derecho a cobrar el 50% de la antiguedad.
estos dos item son acumulables? se pueden cobrar los dos? o solamente la indeminizacion por fallecimiento?
 #968223  por soni1000
 
por como lo expreso , entendi qe la relacion laboral se extingio por la muerte del trabajador, si es asi, corresponde indemnizacion por antiguedad, en este caso 50% del art 245 lct . sueldo del mes de fallecimiento, y liquidacion del seguro de vida obligatorio , si se le aplicara algun convenio en particular , leerlo , quizas tambien le corresponde otro seguro
y claro si de la indemnizacion estuviera mal liquidada , reclamar las diferencias . suerteee